Criptomonedas, blockchain y una nueva visión del mundo
Ponencia presentada en el marco del XXXIII Congreso De Derecho Comercial Sociedades, Comercio Electrónico, Financiación Y Sistemas Normativos.
Por Erick Castellanos[1]
“Algún día los ciudadanos preferirán las monedas virtuales” (Lagarde, 2017). Así lo señaló recientemente la Directora del Fondo Monetario Internacional, al presentar su visión del mundo en el año 2040, resaltando que las criptomonedas harán parte de nuestra cotidianeidad, junto a otros desarrollos tales como Internet de las cosas o inteligencia artificial. Explicó que las monedas virtuales tienen el potencial de asimilarse al efectivo, pues no generan “riesgos de liquidación, retrasos de compensación, registro central ni intermediarios para verificar cuentas e identidades” (Lagarde, 2017).
Por su parte, la UNICEF está empleando Blockchain (registro distribuido de transacciones que permite el funcionamiento de las criptomonedas) para brindar mayor transparencia al manejo de sus recursos. Como veremos, la transformación generada por Blockchain trajo consigo la segunda era de Internet, habilitando la posibilidad de realizar contratos inteligentes y autoejecutables (“Smart Contracts”), así como un nuevo enfoque que transformará cualquier tipo de transacción social. Por esto, la UNICEF está desarrollando programas basados en Smart Contracts (UNICEF, 2017) e incluso está abierta a la posibilidad de emitir su propia moneda virtual, tener un fondo de inversión en criptomonedas o efectuar una Oferta Inicial de Moneda (Initial Coin Offer – “ICO”) (Coindesk, 2017).
Las iniciativas de estas prestigiosas instituciones confirman que debemos dar a las criptomonedas y a Blockchain el papel protagónico que merecen. En efecto, generan una transformación radical del mundo que conocemos, que se fundamenta en registros centralizados e intermediarios, planteando un enorme reto a estos últimos, exigiéndoles que se apropien de esta transformación y se adapten a ella.
Teniendo en cuenta que las instituciones financieras y los abogados son los ejemplos icónicos de intermediarios, cobra enorme importancia este escenario que ha abierto la Cámara de Comercio de Medellín, el Colegio de Abogados de Medellín y la Universidad Externado de Colombia, a quienes agradezco la invitación para compartir algunas ideas sobre las criptomonedas, Blockchain y esta nueva visión del mundo.
Enfoquémonos en el bosque, antes de analizar cada árbol [arriba]
Recientemente, el Banco de la República publicó un interesante documento de trabajo sobre Criptomonedas, resaltando que las mismas son “unidades digitales que pueden ser usadas como medio de pago en el intercambio de bienes y servicios, como depósito de valor y como unidad de cuenta” y que son una especie de las monedas virtuales, las cuales define como “representaciones digitales de valor denominadas en su propia unidad de cuenta y susceptibles de ser obtenidas, guardadas y transferidas electrónicamente”. Otros tipos de monedas virtuales son las millas o las monedas emitidas en juegos digitales. (Banco de la República, 2017).
Las criptomonedas se encuentran aún en una etapa inicial y por esta razón existe multiplicidad de monedas en el mercado, más de 700, entre las cuales no sólo está Bitcoin, sino también Ether y XRP), que hoy se caracterizan por una alta volatilidad (Banco de la República, 2017). Sólo para citar un ejemplo, la cotización de 1 Bitcoin pasó de aproximadamente USD$2.700 a comienzo de agosto a alcanzar USD$5.800 hace unas semanas (Coindesk, 2017).
La puerta tecnológica abierta por las criptomonedas y Blockchain ha permitido el surgimiento de las Initial Coin Offers (“ICO”) como mecanismos de financiación que ha generado volúmenes históricos de capital en Estados Unidos, al punto que ya superan los dos mil millones de dólares. De hecho, hace unos días una sola ICO (Filecoin) recaudó 200 millones de dólares en una hora (Shin, 2017).
Sin duda, estos montos resultan llamativos; la tensión y posiciones encontradas por estos nuevos modelos son gigantes; los retos regulatorios (incluyendo los asociados a la protección del consumidor) son enormes. No obstante, con el fin de dimensionar la transformación y disrupción detrás de este fenómeno resulta necesario que antes de estudiar cada árbol, demos un paso atrás y contemplemos el bosque, teniendo así un panorama que nos permita referirnos a la esencia de las criptomonedas y de Blockchain. Por esto, al conversar con el doctor Jorge Villegas acerca de esta intervención, coincidimos en la importancia de centrar la ponencia en el origen y relevancia de estos desarrollos, brindando elementos que serán de utilidad para la apropiación y adaptación a los nuevos paradigmas. Viendo el bosque, se podrá analizar mejor cada árbol.
Por esta razón, los invito a que abordemos esta temática con mente abierta y en tres pasos: (1) El problema: Este bloque explorará el contexto en el que surgieron las criptomonedas y las problemáticas que pretenden superar, resaltando que por robusto y conveniente que parezca el statu quo, siempre existen oportunidades de mejora. (2) Bitcoin; En segundo lugar, teniendo en cuenta que las blockchains más importantes y de mayor alcance se fundamentan en el modelo de Bitcoin (Tapscott & Tapscott, 2016), haremos una breve reseña de cómo funciona, pues entender su operatividad permite dimensionar las transformaciones que introduce Blockchain, dejando de lado los registros centralizados y apoyándose en el mecanismo de consenso distribuido. (3) Blockchain, Internet 2.0: Por último, resaltaremos que Blockchain representa “la segunda era de Internet; un internet del valor, no sólo la capa de valor en la pila de internet” (Blockchain Research Institute, 2017). De esta forma concluiremos que la importancia de las criptomonedas no reside en sí mismas, sino en la nueva visión del mundo que éstas trajeron consigo. Empecemos.
1. El Problema [arriba]
Por siglos, el papel de los intermediarios ha sido fundamental para la interacción social, toda vez que emplean sus registros centralizados para brindar la confianza requerida para hacer transacciones. Basta con pensar en el registro inmobiliario, que está centralizado en la Superintendencia de Notariado y Registro, que es la entidad que actúa como intermediaria entre los interesados en hacer la transacción sobre un inmueble, brindándoles certeza acerca de la titularidad del bien, las limitaciones al dominio y la trazabilidad de su historial.
En todo caso, el rol del intermediario siempre será accesorio al deseo de las partes de tranzar directamente (transacciones “Peer-to-Peer” o “P2P”) y sus registros centralizados muchas veces generan ineficiencias y dificultades, entre las que se encuentran las siguientes:
1.1. Dificultades para transacciones P2P: Pensemos en Ana, quien entra a una librería y paga con una tarjeta de crédito. Su única intención es celebrar una compraventa con la librería (transacción Peer-to-Peer, o si se prefiere, “Business-to-Consumer”). No obstante, quizá sin saberlo, activa un complejo proceso de validación, compensación y liquidación que involucra a más de seis partes y puede tomar más de tres días. De esta manera, aunque su transacción aparezca aprobada y Ana termine de leer el libro el mismo día en que lo compró, un par de días después los intermediarios podrían concluir que la transacción no fue exitosa.
Otro tanto ocurre con las transferencias de dinero de un país a otro. Seguramente han participado en transacciones en las cuales el dinero enviado por una compañía local a su matriz en el exterior toma varios días en procesarse. Esto sucede porque, aunque la única intención de ambas compañías (Business-to-Business) es interactuar de manera directa: Peer-to-Peer, la transferencia debe transitar por los registros de diversos intermediarios.
Sucede lo mismo con las remesas. Carlos, quien vive y trabaja en Houston, desea hacer una transacción Peer-to-Peer con su esposa que vive en Envigado: enviar USD100 para cubrir gastos médicos urgentes. No obstante, el envío de esta remesa está sujeto al pago de un porcentaje como comisión y al transcurso de determinado tiempo (el cual puede ser mayor o menor según la disponibilidad del servicio y del monto de la comisión acordada). Para Colombia, un país esencialmente receptor de remesas (Banco de la República, 2017), este es un aspecto que resulta sensible y por lo tanto sería bastante benéfico contar con una alternativa que haga más eficiente el proceso de transferencia de dinero de un país a otro.
Blockchain y las criptomonedas brindan una solución eficiente que habilita la realización de transacciones Peer-to-Peer a través de Internet. La segunda era de Internet ha llegado.
1.2. Exclusión financiera: El sistema financiero mundial enfrenta enormes oportunidades de mejora en materia de inclusión, lo cual requiere una solución disruptiva. ¿Por qué no sacar provecho de la enorme penetración de los servicios de Internet? Tengamos en cuenta que un gran porcentaje de la población tiene acceso a un teléfono inteligente (Alta Consejería Distrital de TIC, 2017) y por esto Blockchain se presenta como una alternativa al alcance de la mano. En efecto, “los dos mil millones de personas actualmente excluidas de los sistemas de pago centralizado podrían preferir el uso de criptomonedas” (Tapscott, Don; Tapscott, Alex, 2017).
1.3. Seguridad de la información: Los intermediarios brindan confianza apoyados en sus registros centralizados, que les permiten realizar y validar transacciones. No obstante, al estar centralizados, los registros son supremamente vulnerables, pues al existir un solo intermediario que custodia la información, se genera un punto de quiebre único, que de ser vulnerado permitiría a los atacantes acceder de manera no autorizada a la misma. Los incidentes de seguridad que cada vez son más frecuentes (piénsese por ejemplo en los ataques de los que ha sido víctima Home Depot, Target, JP Morgan Chase, eBay) demuestran que sin importar lo grande y robusto que sea el intermediario, existe una oportunidad de mejora en relación con la seguridad de la información en los esquemas centralizados de información (Tapscott & Tapscott, 2016). Blockchain funciona de manera distribuida, evitando así que haya un solo punto de quiebre, ofreciendo una solución eficiente.
1.4. Transparencia: Los registros contables están centralizados en las compañías que los registran y custodian. La compañía certifica la veracidad de sus propios libros y en ocasiones cuenta con el apoyo de un auditor independiente que ratifica la confiabilidad de los registros. Sin duda, la mayoría de compañías y auditores actúan de manera correcta bajo este esquema actual de registros centralizados. No obstante, los desfalcos corporativos más grandes del mundo han sido protagonizados por empresas de primer nivel que en su momento gozaban de gran prestigio. Pensemos en Enron y su auditor Arthur Andersen. También basta con recordar los casos de Parmalat o Lehman Brothers. Por esta razón, se hace necesario implementar alternativas a estos registros centralizados, para así impactar positivamente, no sólo a los accionistas (habilitándolos para ejercer un control corporativo de los administradores), sino a la sociedad en general. Recuérdese que los esos desfalcos corporativos caracterizados por manipulaciones contables han estado en el centro de las mayores crisis financieras de la historia reciente. Blockchain resulta útil, dado que favorece la transparencia y trazabilidad de las transacciones.
En resumen, los intermediarios y sus registros centralizados juegan un papel fundamental en la interacción social. No obstante, también generan ineficiencias y oportunidades de mejora que presentan un terreno fértil para el surgimiento de desarrollos disruptivos e innovadores: las criptomonedas y Blockchain.
2. Bitcoin [arriba]
En septiembre de 2008 Lehman Brothers se declaró en bancarrota, en medio de una de las crisis financieras más fuertes de la historia. Ese mismo año se publicó el documento titulado “Bitcoin: a Peer-to-Peer Electronic Cash System”, bajo el seudónimo de Satoshi Nakamoto.
En este documento, Satoshi resolvió el problema del doble gasto, el cual consiste en el riesgo de que se disponga de una unidad de moneda digital en dos lugares, de tal forma que uno de los pagos sea rechazado. Hoy, ese problema es solucionado acudiendo a intermediarios, que habilitan la transacción en línea, pero impiden la realización de pagos directos (Peer-to-Peer) a través de Internet. Bitcoin soluciona este inconveniente, al ser una “versión totalmente peer-to-peer de dinero electrónico que permite que una parte haga pagos en línea a otra de manera directa, sin tener que acudir a una institución financiera” (Nakamoto, 2008).
Don y Alex Tappscot resumen el problema del doble gasto de la siguiente manera: “Usted puede enviar la misma selfie a todos sus amigos, pero preferirá no darle a su amigo el dólar que ya le dio a alguien más. El dinero debe abandonar su cuenta y entrar a la de su amigo. No puede existir en dos lugares y mucho menos en múltiples lugares. Entonces hay un riesgo de gastar una unidad de moneda digital en dos lugares, de tal forma que uno de ellos rebote como un cheque sin fondos”. […] Tradicionalmente, cuando se hacen pagos en línea, solucionamos el problema del doble gasto compensando cada transacción a través de registros centralizados de dos o más terceros”. (Tapscott & Tapscott, 2016)
Entonces, Nakamoto propuso una brillante solución alternativa al problema del doble gasto, sin necesidad de acudir a registros centralizados de terceros de confianza. Sin perjuicio de las particularidades operativas de Bitcoin, podemos decir que consiste en un mecanismo criptográfico, cronológico y distribuido. Veamos:
2.1. Criptográfico
Satoshi define las monedas electrónicas como una “cadena de firmas digitales” (Nakamoto, 2008). Por esta razón acudió a elementos de encriptación ya existentes y ampliamente conocidos. Entre estas herramientas, haremos referencia a las claves públicas y privadas y a la función hash.
Para validar la cadena de firmas digitales, Nakamoto acudió a la conocida herramienta criptográfica consistente en la generación de dos claves asimétricas que se requieren para acceder al contenido: de una parte está la clave pública que se usa para encriptar la información, la cual permite que los terceros conozcan la existencia del elemento pero no su contenido; de otra parte está la clave privada que permite desencriptar el elemento cifrado y revelar la información.
Nakamoto también hace uso de la función hash, que permite transformar cualquier contenido digital en un código alfanumérico único que lo identifica y permite reconocer cualquier modificación. Esto significa que determinada versión de El Quijote puede ser representada en un código de letras y números que lo identifica de manera única. Si el documento en mención es objeto de cualquier modificación (por ejemplo, cambia una sola coma), el código hash será totalmente diferente.
Combinando estos elementos es posible validar la existencia y contenido de las transacciones y seguir la trazabilidad de la misma, lo cual permite verificar que la cadena de firmas digitales sea correcta.
2.2. Cronológico
Como vimos, lograr efectuar la trazabilidad histórica de cada transacción es fundamental para lidiar con el problema del doble gasto. Por lo tanto, cada bloque de transacciones cuenta con una estampilla de tiempo que además hace parte del código hash respectivo. De esta forma se puede verificar que esa cadena de bloques (blockchain) tiene un orden secuencial, impidiendo así que un individuo vuelva a disponer de recursos que ya gastó en el pasado.
2.3. Distribuido
Satoshi confía en la posibilidad de crear una versión pública de la verdad y por esto Bitcoin se fundamenta en un esquema de consenso distribuido.
Dado que hemos crecido en entornos de registros centralizados donde un intermediario valida cuál es la verdad, puede ser difícil imaginar este nuevo paradigma que elimina el protagonismo que hoy éstos tienen. Por esto, resulta útil pensar en un esquema consuetudinario de versión pública de verdad: el sistema de direcciones en Costa Rica.
Aunque pueda existir un sistema formal de calles y carreras, los habitantes de Costa Rica no emplean esa codificación, sino que navegan a partir de puntos geográficos de referencia. Por esta razón, si usted toma un taxi en San José y quiere dirigirse al restaurante Wing Yard, pida que lo lleven a “200 metros norte de la Cruz Roja de Santa Ana”. Los habitantes de la ciudad sabrán donde se encuentra, incluso si el punto geográfico de referencia desaparece. Así, por ejemplo, la Embajada de Panamá en San José está a “200 metros sur y 25 metros este del Antiguo Higuerón de San Pedro”. Obsérvese que el punto de referencia no sólo es un árbol, sino además un árbol que ya no existe. Si alguien llegase a indicar que el antiguo higuerón se ubica en otro lugar, los demás lugareños lo corregirán. Así se demuestra que es posible confiar en un sistema público de verdad, que no depende de la validación que haga determinado intermediario.
Satoshi resume de la siguiente manera los pasos de funcionamiento de la red de Bitcoin (Nakamoto, 2008), la cual está conformada por una red de nodos que están conectados de manera directa, sin una autoridad central y funciona de manera distribuida:
2.3.1. Cada transacción es distribuida a toda la red.
2.3.2. Cada nodo agrega las transacciones nuevas en un bloque de transacciones.
2.3.3. Los nodos compiten entre sí para resolver un complejo problema, acreditar la llamada “prueba de trabajo” (proof-of-work) y hacerse acreedores a un incentivo (Bitcoin). Por esta razón, no se debe perder de vista el papel protagónico que juegan las monedas virtuales en el funcionamiento mismo de Blockchain.
2.3.4. Cuando alguno de los nodos resuelve el problema, transmite su bloque al resto de nodos
2.3.5. Los demás nodos verifican que todas las transacciones sean válidas y no hayan sido previamente gastadas (lidiando así con el problema del doble gasto).
2.3.6. El bloque ganador es agregado a la cadena y los demás nodos expresan su aceptación usando el hash de ese bloque como punto de partida del siguiente bloque.
Esta operación se repite periódicamente (cada vez que un bloque es validado y agregado a la cadena), y por esto es válido asimilarlo a un corazón, que en cada latido agrega bloques a la cadena de transacciones.
De esta manera, se genera una cadena de bloques (Blockchain) fundamentada en un registro distribuido de transacciones (Distributed Ledger Technology o “DLT”), haciendo innecesaria la intervención de una autoridad central y reemplazándola por una versión pública de verdad. Ese mecanismo de consenso distribuido transforma los modelos centralizados actuales y habilita la posibilidad de transmitir, no sólo información, sino además valor. Internet 2.0 ha llegado, gracias a Blockchain.
3. Blockchain: Internet 2.0 [arriba]
Blockchain permite trascender de una era de “Internet de la información a una nueva generación de Internet del valor”, tal como se señala en un reciente documento del Foro Económico Mundial (Tapscott, Don; Tapscott, Alex, 2017).
Esta afirmación es suficientemente poderosa, pues si la versión 1.0 de Internet cambió radicalmente el mundo, abriendo posibilidades que antes eran inimaginables, es apasionante pensar en la transformación que podrá imprimir esta versión 2.0, caracterizada por la posibilidad de transmitir valor a través de internet.
La primera era de Internet transformó nuestras vidas al permitir transmitir información de manera directa y eficiente, generando enormes desarrollos que hoy hacen parte de nuestra cotidianeidad (redes sociales, comercio electrónico, videoconferencias, etc). Blockchain permite transmitir cualquier cosa de valor, permitiendo que en cuestión de segundos, un destinatario al otro lado del mundo no sólo reciba un email sino además elementos de valor, como por ejemplo una criptomoneda. Por esta razón, acierta el Banco de la República al señalar que Blockchain tiene el “potencial de transformar la manera cómo opera el comercio y los flujos de capital internacionales”.
Este potencial se deriva del cambio de paradigma que formula Blockchain y las enormes ventajas que presenta frente al sistema actual de registros centralizados, toda vez que nuevo modelo es más:
§ Eficiente: Dado que no está fundado en la existencia de una o varias autoridades centrales, eliminando procedimientos y tiempos de procesamiento innecesarios, reduciendo costos de transacción.
§ Seguro: Al fundarse en un registro distribuido de transacciones, ya no habrán puntos únicos de quiebre que comprometan la información almacenada en registros centralizados. Adicionalmente, el registro es difícil de modificar, pues está concebido para sólo agregar información y no para modificarla. Si se intentase alterar una transacción previamente validada, el atacante tendrá que hacerlo en un corto espacio de tiempo (entre un latido de la red y otro) y además asegurar consenso de más de la mitad de la red de nodos.
§ Transparente: Al ser un registro distribuido y auditable, se hará más confiable la información que es presentada, lo cual permitirá que los accionistas de una compañía (piénsese en la posibilidad de revisar los registros contables), los consumidores (por ejemplo revisando la trazabilidad de un alimento) y reguladores tengan acceso a la misma información y ejerzan el control que les corresponde.
Por esta razón, Blockchain abre un sinnúmero de posibilidades que impacta virtualmente cualquier tipo de transacción. Pensemos en registros inmobiliarios o automotores, sistemas de votación (elecciones públicas o en el seno de compañías), trazabilidad del origen y características de los productos, monitoreo y prevención de la corrupción pública y privada, propiedad intelectual, registro de información personal y muchos más. Aunque una referencia más detallada de estos apasionantes desarrollos escaparía del objeto de este panel, para la audiencia resulta especialmente relevante que haga un paréntesis resaltando que Blockchain habilita la posibilidad de crear contratos inteligentes e incluso compañías autónomas, los cuales están basados en códigos de programación y que son autoejecutables. Incluso, que existen mecanismos distribuidos para resolver disputas que se apoyan en Blockchain y resultan novedosos para el sistema de métodos alternativos de solución de conflictos. Por esta razón, cierro este breve paréntesis haciendo énfasis en que los abogados enfrentamos la imperiosa necesidad de conocer estos desarrollos, apropiarlos y adaptarnos a las transformaciones que representan para el ejercicio jurídico.
Estas enormes transformaciones y los cambios de paradigma que trae consigo el tren de la innovación generan dos alternativas. La primera es aferrarse al statu quo e intentar detener este tren que viene a toda velocidad, percibiendo el cambio simplemente como una amenaza. La segunda consiste en subir a ese tren, entendiendo las transformaciones, apropiándose de las mismas y adaptándose a ellas, percibiendo a las criptomonedas y a Blockchain como una oportunidad.
El sector financiero que aparentemente sería el más afectado con las transformaciones generadas por Blockchain da muestras de percibirlo como una oportunidad y hace esfuerzos por subir al tren de la innovación. Esta positiva apropiación se observa en los diversos actores del ecosistema financiero:
3.1. Se estima que la implementación de soluciones de registro distribuido permitiría a las instituciones financieras reducir sus costos operativos (pagos transnacionales, negociación de valores y cumplimiento corporativo) entre 15 y 20 mil millones de dólares anuales, hasta el 2022 (Santander Innoventures; Weyman Oliver; Andrew Veitch, 2015). Por esta razón, los bancos han efectuado enormes inversiones en el desarrollo e implementación de estas tecnologías, experimentando con ellas e incluso solicitando patentes relacionadas con Blockchain.
Empresas del Sector TIC y del Sector Financiero han unido esfuerzos para la creación e impulso de los consorcios y empresas de investigación y desarrollo más importantes del mundo (Hyperledger, 2017) (r3, 2017) (Ripple, 2017) (Digital Asset, 2017). Igualmente, algunos de los miembros de Enterprise Ethereum Alliance son entidades del sector financiero como Credit Suisse, Bank of New York Mellon, Master Card, UBS, entre otros (Enterprise Ethereum Alliance, 2017).
3.2. Las Fintech han impulsado el surgimiento de modelos innovadores de productos y servicios financieros, fomentando de paso el conocimiento y apropiación de Blockchain, lo cual ha acelerado la adopción de esta tecnología, no sólo por parte de las Fintech (que se caracterizan precisamente por impulsar la innovación), sino también en el sector financiero tradicional.
3.3. De la misma manera, más de 90 bancos centrales y autoridades regulatorias están explorando soluciones de tecnología de registro distribuido (DLT). Este es el caso del Banco de la República y la Superintendencia Financiera. Para citar algunos ejemplos, en el Reino Unido y en Singapur se generaron iniciativas de investigación e implementación de tecnologías apoyadas en Blockchain. De manera similar, Colombia a través del Banco de la República y la Superintendencia Financiera, tomó el liderazgo en Latinoamérica, cooperando con R3 para efectuar proyectos similares (R3, 2017).
Adicionalmente, el Banco de la República acaba de publicar el documento de trabajo que presenta el panorama de retos y oportunidades que generan las criptomonedas y Blockchain (Banco de la República, 2017). Sin duda es un gran hito, pues la autoridad demuestra la importancia que imprime a estos asuntos; reconoce su enorme potencial de transformación; y pone en evidencia las diferentes variables que debe considerar antes de adoptar alguna decisión regulatoria estructural. Siempre se debe tener presente el fomento de la innovación.
Por su parte, el Reino Unido ha sido pionero en la implementación de cajas de arena regulatoria (regulatory sandboxes) permitiendo el ofrecimiento de productos y servicios financieros, muchos de los cuales están basados en tecnología Blockchain, a clientes reales, en un escenario controlado (Financial Conduct Authority, 2017). Ante la novedad tecnológica y la dificultad para predecir el futuro y las particularidades de implementación, las regulatory sandboxes son un escenario benéfico para reguladores, para la industria y para los consumidores, pues fomentan la innovación sin desproteger los intereses públicos. Se estima que 18 países en el mundo han implementado regulatory sandboxes, entre los cuales se encuentran países con economías emergentes (Bahrain, India y Malasia) que han enfocado estos esfuerzos en la inclusión financiera (Consultative Group to Assist the Poor, 2107). De hecho, se resalta que estas regulatory sandboxes o mecanismos similares son implementados en países en vía de desarrollo con el fin de promover innovación Fintech y generar inclusión, particularmente en zonas rurales que no están suficientemente atendidas (World Bank; Global Partnership for Financial Inclusion, 2017). Sin duda, un interesante camino que también podríamos transitar.
Por todo lo anterior, el liderazgo del sector financiero (tradicional, Fintech y reguladores) sirve de ejemplo de apropiación y avance hacia la comprensión y adaptación a la nueva visión del mundo que generan las criptomonedas y Blockchain. Estos esfuerzos permitirán superar ineficiencias actuales y contribuirán a reducir la exclusión financiera. Para el efecto, es fundamental que todos (usuarios, empresarios, asesores, reguladores) subamos al tren de la innovación. Mark Zuckerberg resalta: “Puede que no tengamos el poder de crear de inmediato el mundo que queremos, pero hoy todos podemos empezar a trabajar en el largo plazo”.
Por esto, cuando veo el bosque disruptivo planteado por las criptomonedas y Blockchain, concluyo que la nueva visión del mundo que plantean está acá para quedarse. Por esto, al internarnos en ese bosque y estudiar las particularidades que cada árbol presenta, debemos tener como criterio orientador el fomento de la innovación y la adaptación al cambio. Sin duda, cada árbol de este bosque disruptivo presentará particularidades, retos y oportunidades especiales, pero siempre, el análisis que se haga en cada caso concreto deberá estar orientado a que subamos al tren de la innovación, no a detenerlo.
Muchas gracias.
Erick Castellanos
Medellín, 26 de octubre de 2017
Bibliografía [arriba]
Alta Consejería Distrital de TIC. (1 de marzo de 2017). Alta Consejería. Obtenido de http://ticbogota. gov.co/s ites/de fault/file s/docum entos/doce conomiad igital.pdf
Banco de la República. (19 de octubre de 2017). Banco de la República. Obtenido de http://www.ban rep.gov.c o/es/rem esas
Banco de la República. (2017). Criptomonedas, documentos técnicos o de trabajo. Bogotá: Banco de la República.
Blockchain Research Institute. (20 de septiembre de 2017). Medium. Obtenido de https://medi um.com/@B lockchain RI/the-blo ckchain-r esearch-in stitute-man ifesto-2491cc 48d7db
Coindesk. (19 de octubre de 2017). Coindesk. Obtenido de https://www.coind esk.com/ price/
Coindesk. (13 de octubre de 2017). Coindesk.com. Obtenido de https://www.co indesk.co m/no-t oken-response- unicef is-open-to-doing-its-own-ico/
Consultative Group to Assist the Poor. (17 de agosto de 2107). cgap.org. Obtenido de http://www.cgap.org /blog/regu latory-sa ndboxes-pot ential -financ ial-inclusion
Digital Asset. (19 de octubre de 2017). Digital Asset Holdings Members. Obtenido de http://www.digita lasset.c om/about
Enterprise Ethereum Alliance. (19 de octubre de 2017). Ethereum. Obtenido de https://entethal liance. org/m embers/
Financial Conduct Authority. (19 de octubre de 2017). FCA. Obtenido de https://www.fca .org.uk/fi rms/fca-in novate
Hyperledger. (19 de octubre de 2017). Hyperledger Members. Obtenido de https://entet hallianc e.org/m embers/
Lagarde, C. (29 de septiembre de 2017). International Monetary Fund. Obtenido de https://www.im f.org/en/Ne ws/Articles/2 017/09 /28/sp09 2917-cent ral-ban king-and -fintech-a-br ave-new-w orld
Nakamoto, S. (2008). Bitcoin: A Peer-to-Peer Electronic Cash System. Obtenido de www.bitcoin.org
R3. (29 de agosto de 2017). r3. Obtenido de https://www .r3.com/blog /2017/08/ 29/banco -de-la-re publica-co lombia-jo ins-r3-t o-foster-financi al-inno vation/
r3. (19 de octubre de 2017). r3 Members. Obtenido de https://www.r3.c om/ab out/
Ripple. (19 de octubre de 2017). Ripple Members. Obtenido de https://rippl e.com/ company/
Santander Innoventures; Weyman Oliver; Andrew Veitch. (2015). The Fintech 2.0 Paper: Rebooting financial Services.
Shin, L. (11 de agosto de 2017). Forbes. Obtenido de https://www.forb es.com/s ites/lau rashi n/2017/08 /11/ico- commun ities-lo ok-past-regulatio ns-and-a ttemp t-to-evalu ate-toke ns-and-se t-standards/# 4f7fa30 71bd8
Tapscott, D., & Tapscott, A. (2016). Blockchain Revolution: How the Technology Behind Bitcoin Is Changing Money, Business, and the World. New York: Penguin Random House.
Tapscott, Don; Tapscott, Alex. (2017). Realizing the Potential of Blockchain, a Multistakeholder Approach to the Stewardship of Blockchain and Cryptocurrencies. Ginebra: World Economic Forum.
UNICEF. (4 de agosto de 2017). Unicef Ventures. Obtenido de http://unicefs tories.or g/2017 /08/04/unic ef-vent ures-expl oring-sma rt-cont racts/
World Bank; Global Partnership for Financial Inclusion. (2017). GPFI.org. Obtenido de http://www.g pfi.org/site s/default/fil es/document s/Digital%20Fin ancial%2 0Inclusio n-Compl eteReport -Final-A4.pdf
[1] Erick Castellanos es asesor legal de negocios y consultor TIC. Fue asociado senior en Baker McKenzie y Lloreda Camacho, donde lideró los equipos de Telecomunicaciones, Medios y Tecnología (“TMT”), Competencia y Contratos, respectivamente. Es profesor de derecho de los negocios y conferencista en innovación digital en la Universidad Externado de Colombia. Coautor del contrato modelo de consorcio de la Cámara de Comercio Internacional. Abogado de la Universidad Externado de Colombia, donde también obtuvo los títulos de especialista en Derecho Comercial y especialista en Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías. LL.M. en International Business Law de la Universidad de Tilburg, Países Bajos. Expreso estas opiniones a título personal. Law.eCa stellanos@gmail .com
© Copyright: Colegio de Abogados de Medellín |