JURÍDICO LATAM
Doctrina
Título:CODIV-19, dignidad y Orden Constitucional
Autor:Viale, Claudio M.
País:
Argentina
Publicación:Los desafíos del Derecho frente a la Pandemia COVID-19 - Derecho Público - Derecho Administrativo
Fecha:24-04-2020 Cita:IJ-CMXVI-190
Voces Citados Relacionados Libros Ultimos Artículos Videos

CODIV-19, dignidad y Orden Constitucional

Claudio Martín Viale [1]

Varios pensadores contemporáneos (Agamben, Buyng Chun Han, Esposito, Ferrajoli, Harari, Zcicek entre otros) han opinado sobre las causas de la pandemia del COVID-19; su impacto en el orden institucional; la situación de las poblaciones por las que deambula; y si las estrategias y tácticas de las elites responsables de la gestión pública frente a semejante acontecimiento son más o menos acertadas.

Aun cuando sus posiciones no coinciden por razones doctrinarias e ideológicas, cada uno propone y aporta ideas que no pueden desecharse sin un previo esfuerzo de reflexión.

Todos coinciden en que se trata de una crisis que se erige como un hito en la historia y, en consecuencia, los cambios producidos y a producirse, constituyen la base de una nueva expectativa para el ser humano, que no se definirá ni se agotará en la brevedad.

La pandemia del COVID-19 y las migraciones masivas (como las del mediterráneo, las de América Central, entre otras), son acontecimientos que tienen algunas similitudes.

Por una parte impactan directamente en la población, desconociendo las fronteras geográficas y políticas establecidas.

Otra similitud consiste en que impactan de manera directa en el cuerpo de los seres humanos, sin reparar si son ancianos, adultos, niños, creyentes, ateos, agnósticos, patrones, obreros, ciudadanos, consumidores, etc.

A ello hay que agregar que la desorientación, el miedo, la turbación y el desasosiego intensifican la vigilancia del ser humano, en la actualidad con énfasis en la utilización de las tecnologías de punta, en base a la idea según la cual la técnica social del sometimiento resulta indispensable.

A los acontecimientos contemporáneos del Covid 19 y de las migraciones masivas, hay que agregar la circulación satelital de información con datos de la población universal, procesada a una velocidad que es difícil controlar y que opera desde hace décadas, porque aun cuando no impacta directamente sobre el cuerpo de los hombres, al modelar movimientos, tendencias, deseos, influye directamente en su existencia. Son técnicas que se suman al prontuario ya existente que tiene al papel como soporte.

Con relación a las fronteras geográficas en las que se asienta la población, hay que recordar que no son más que una definición política impuesta por las ideas del discurso de la Ilustración, basado en que, el saber, que solo proviene de la Razón, proyecta luz y despeja el oscurantismo de la ignorancia que genera el Mito. Más allá de estar o no de acuerdo con él, ese discurso se instaló con autoridad suficiente como para postergar y excluir todos los saberes locales fundados en creencias populares que pudieran oponérsele.

Para definir las fronteras en los países centrales se recurrió a la “población” como elemento delimitador, noción que consiste en someter a la razón el hecho circunstancial y concreto de nacer en un determinado territorio, en base al argumento según el cual el nacimiento en el mismo lugar genera relaciones particulares que marcan la diferencia.

El orden (político, jurídico, económico y social) necesario para disipar el enfrentamiento, es una tarea asignada al poder “soberano”. (En la periferia, los territorios los definían las Naciones centrales de acuerdo a intereses geopolíticos y por lo tanto sin reparar en la idea de la nacionalidad.)

Al eliminar toda cosmovisión mitológica e imponer a la razón como único fundamento, las circunstancias concretas que configuran la realidad se reducen a conceptos, a abstracciones, que deben ser acatadas.

Entre las abstracciones más significativas, se destaca la del Estado, que consiste en someter a la “población nacida” (la Nación) en un determinado territorio a un poder soberano que otea sin admitir sobre él otro amo.

Para someter a la “población” resulta forzoso controlar la vida que se manifiesta de manera concreta a través del cuerpo humano. Para ello se recurre a una abstracción que consiste en reducir al ser humano a un centro de imputación jurídica, un as de derechos y obligaciones, descarnado y sin alma, cuya referencia concreta no resulta el cuerpo, la vida, sino las cosas que conforman el patrimonio, con la paradoja que éste puede consistir solo en deudas. Aparece así el “sujeto de derecho”, es decir el ser humano sujetado jurídicamente al poder soberano.

Si los acontecimientos aludidos han sobrepasado las fronteras impidiendo que el poder “soberano” garantice el orden al que se sujeta la existencia de los seres humanos, se puede concluir que la crisis a la que se asiste impacta en los cimientos de la organización surgida hace tres siglos: el “estado nación”.

Si bien es cierto que las pautas culturales en las que se asienta cualquier civilización no desaparecen de un momento para el otro, también es cierto que su desvanecimiento les resta operatividad ante acontecimientos que salen de lo normal, como los mencionados.

Esta circunstancia insta a que la reflexión que se lleve a cabo no se limite a las tácticas de la coyuntura; que las decisiones, sin perjuicio de algunas que no pueden demorarse, no deben ser tomadas sin un análisis proporcional a la crisis; ni tampoco sin la participación de quienes la soportan, teniendo en cuenta que lo que está en juego es la vida y la existencia de toda la población sin distinción.

Cuando las decisiones políticas condicionan severamente la libertad deben imperar la razón y no el mito, las instituciones y no la euforia ideológica, y la población no puede ser postergada ni sustituida por eslóganes ni arranques mesiánicos. Son los momentos en que debe ser informada, consultada, escuchada, y con respuestas que muestren el porqué de las disposiciones.

La elite dirigente debe posponer las ideologías y apostar épicamente al futuro de las generaciones que vienen y no al cuidado de las poltronas del poder.

Al ser humano debe garantizársele su estatus de persona, tal cual lo prescribe el derecho internacional de los derechos humanos que se asienta en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, Convención Americana sobre Derechos Humanos, entre otros, porque la categoría de persona, asegurando la dignidad que le es innata, supera la de “sujeto de derecho”. Para que lo dispuesto por los tratados y convenios internacionales de los derechos humanos no quede en la retórica, la primera exigencia es tratarla como una realidad y no como una abstracción, y en consecuencia, no se la puede ignorar; y la segunda prescribe recurrir a la razón y no a la mitología del mesianismo.

La crisis, ese momento en que se producen cambios de fondo en la vida de las personas, exige decisiones también profundas, la elaboración de una estrategia que tenga en cuenta las transformaciones producidas, tomando como punto de partida la dignidad humana y no de la consolidación de un poder anacrónico, porque de otra manera se corre el riesgo de instalar un estado policial consolidado por la vigilancia digital y no una comunidad basada en la amistad cívica.

 

 

[1] (DNI 7989102) Prof. Dr. de Dº Público. Pte. del Instituto Jacques Maritain. Delegación Córdoba. Arg. Director del Instituto Académico de Derecho Administrativo “Dr. Pedro Guillermo Altamira”, Universidad Siglo 21.