JURÍDICO LATAM
Doctrina
Título:Desfederalización del sistema de persecución de la narcocriminalidad
Autor:Conte-Grand, Julio M.
País:
Argentina
Publicación:Unidad en la Diversidad. Volumen I - Procuración General
Fecha:15-07-2019 Cita:IJ-DCCXLVIII-293
Índice Voces Citados Relacionados Libros Ultimos Artículos
1. El estado del proceso de desfederalización en las provincias
2. El caso de la provincia de Buenos Aires
3. Algunos proyectos y acciones de soporte al objetivo de política criminal
4. Reflexiones finales

Desfederalización del sistema de persecución de la narcocriminalidad [1]

Dr. Julio Conte-Grand

1. El estado del proceso de desfederalización en las provincias [arriba] 

La Ley Nº 26.052, publicada en agosto de 2005, introdujo importantes modificaciones en la ley de estupefacientes (Nº 23.737), vigente para todo el territorio nacional desde octubre de 1989. Los cambios más importantes condicionaron la competencia material y territorial para ciertas figuras, fijando pautas para el destino de las multas, los beneficios económicos y los bienes decomisados.

En efecto, el artículo 34 de la Ley Nº 23.737 ¾modificado por Ley Nº 26.052¾ mantuvo el principio general de que los delitos previstos y penados por la norma serán de competencia de la justicia federal en todo el país.

Sin embargo, instituyó como excepción a la competencia federal ¾exclusivamente para aquellas provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que, mediante ley de adhesión, opten por asumir su competencia bajo determinado alcance y condiciones¾, los delitos enmarcados en la ley de estupefacientes que se mencionan a continuación:

1. Cuando, sin autorización o con destino ilegítimo:

-Se comercie, entregue, suministre o facilite estupefacientes, precursores químicos o cualquier otra materia prima para su producción o fabricación, o se los tenga con fines de comercialización, o se los distribuya, o dé en pago, o almacene o transporte, en tanto estén fraccionados en dosis destinadas directamente al consumidor.

-Se entregue, suministre, aplique o facilite a otros estupefacientes a título oneroso, en tanto estén fraccionados en dosis destinadas directamente al consumidor.

En estos casos la pena será de prisión de 4 a 15 años y multa de 45 a 900 unidades fijas. Si la entrega, suministro, aplicación o facilitación fuese a título gratuito, se aplicará prisión de 3 a 12 años y multa de 15 a 300 unidades fijas.

2. Cuando, sin autorización o con destino ilegítimo, se siembre o cultive plantas o guarde semillas, precursores químicos o cualquier otra materia prima para producir o fabricar estupefacientes, o elementos destinados a tales fines, siempre que por la escasa cantidad sembrada o cultivada y demás circunstancias, surja inequívocamente que ella está destinada a obtener estupefacientes para consumo personal. En tal caso la pena será de 1 mes a 2 años de prisión.

3. Cuando la entrega, suministro o facilitación de estupefacientes, precursores químicos o cualquier otra materia prima para su producción o fabricación, sin autorización o con destino ilegítimo, fuere ocasional y a título gratuito y por su escasa cantidad y demás circunstancias, surgiere inequívocamente que es para uso personal de quien lo recepta. En tal caso la pena será de 6 meses a 3 años de prisión.

4. Cuando se tuviere en poder estupefacientes. La pena será de prisión de 1 a 6 años y multa de 300 a 6000 australes (sic). En cambio, será de 1 mes a 2 años de prisión cuando, por su escasa cantidad y demás circunstancias, surgiere inequívocamente que la tenencia es para uso personal.
5. Cuando se falsificaren recetas médicas, o a sabiendas se las imprimieran con datos supuestos o con datos ciertos sin autorización del profesional responsable de la matrícula; cuando se las suscribiere sin facultad para hacerlo o se las aceptare teniendo conocimiento de su ilegítima procedencia o irregularidad. La pena será de prisión de 6 meses a 3 años. En el caso que correspondiere se aplicará la accesoria de inhabilitación para ejercer el comercio por el doble de tiempo de la condena.

6. Cuando el que estando autorizado para la venta de sustancias medicinales, las suministrare en especie, calidad o cantidad no correspondiente a la receta médica, o diversa de la declarada o convenida, o excediendo las reglamentaciones para el reemplazo de sustancias medicinales, o sin la presentación y archivo de la receta de aquellos productos que, según las reglamentaciones vigentes, no pueden ser comercializados sin ese requisito. En tal caso la pena será de prisión de 6 meses a 3 años.

Cuando el delito descripto en el párrafo anterior se cometiere por negligencia, la pena será de multa de pesos $ 5.000 a $ 100.000.

7. Cuando se produjeren o fabricaren sustancias medicinales en establecimientos no autorizados. La pena será de prisión de 1 a 4 años y multa de pesos $ 10.000 a $ 200.000.

8. Cuando el que teniendo a su cargo la dirección, administración, control o vigilancia de un establecimiento destinado al expendio, almacenamiento, distribución, producción o fabricación de sustancias medicinales, a sabiendas, incumpliere con los deberes a su cargo posibilitando la comisión de alguno de los hechos previstos en el punto 6 (artículo 204 del Código Penal). La pena será de multa de multa de pesos $ 10.000 a $ 200.000.

Se trata, principalmente, de las figuras comúnmente conocidas como “narcomenudeo” o “microtráfico”, “tenencia simple” y “tenencia para consumo”.

En consonancia con lo anterior, se dispuso, como lógica consecuencia, que en las causas de jurisdicción provincial las multas, los beneficios económicos y los bienes decomisados o el producido de su venta, corresponderán a la provincia respectiva.

La reforma aclaró, no obstante, que aun en los supuestos de excepción previstos en el artículo 34 de la Ley Nº 23.737, conocerá la justicia federal cuando la causa tuviere conexidad subjetiva con otra sustanciada en dicho fuero. Además, se estableció expresamente que en caso de duda sobre la competencia, prevalecerá la de la justicia federal (Artículos 3 y 4 de la Ley Nº 26.052).

También se previó un sistema de transferencias proporcionales a las jurisdicciones que adhieran, y que así lo requieran de los créditos presupuestarios de la Administración Pública Nacional, Ministerio Público y Poder Judicial de la Nación correspondientes a fuerzas de seguridad, servicio penitenciario y prestación de justicia con el objeto de garantizar la ejecución de la norma (Artículo 5 de Ley Nº 26.052).

Ahora bien, en relación al estado de la institución de la desfederalización en las diferentes provincias argentinas, cabe destacar que, desde que el Congreso Nacional sancionó el citado régimen ¾que, como se detallara anteriormente, básicamente permite a las jurisdicciones adherentes perseguir el narcomenudeo, la tenencia simple y la tenencia para consumo con los sistemas judiciales y de seguridad locales¾, sólo ocho provincias a la fecha adhirieron a la normativa. Tal es el caso de Buenos Aires ¾Ley Nº 13.392 con vigencia desde el 10/12/2005¾, La Rioja ¾Ley Nº 7.893 con vigencia desde el 01/01/2009, modificada por Ley Nº 8.762¾, Córdoba ¾Ley Nº 10.067 con vigencia desde el 01/12/2012¾, Salta ¾Ley Nº 7.782 con vigencia desde el 01/01/2014¾, Tucumán ¾Ley Nº 8.664 con vigencia desde el 01/03/2015¾, Chaco ¾Ley Nº 7.573 con vigencia desde el 13/07/2015¾, Entre Ríos ¾Ley Nº 10.566 con vigencia desde el 09/05/2018¾, y Santiago del Estero ¾Ley Nº 7.252 con vigencia desde el 01/08/2018¾

Sin embargo, en la práctica la normativa de desfederalización se aplica exclusivamente en las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Salta, Santiago del Estero y Chaco.

2. El caso de la provincia de Buenos Aires [arriba] 

Como se anticipara, la provincia de Buenos Aires fue la primera Provincia que, mediante su Ley N° 13.392 que se encuentra vigente desde el 2 de diciembre de 2005, adhirió al régimen de desfederalización, asumiendo su competencia respecto de los delitos previstos y penados en la ley de estupefacientes N° 23.737 y modificatorias, en las condiciones y con los alcances previstos en la citada ley provincial.

En función de dicha norma, el Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires diseñó una política criminal específica, la cual se ha enfocado recientemente más en la comercialización que en la tenencia para consumo y, a su vez, se encuentra alineada ─aunque no completamente superpuesta─ con la política federal de combate del narcotráfico.

Este perfil de la política criminal se verifica a través las estadísticas de investigaciones penales preparatorias en la materia resultantes del Sistema Informático del Ministerio Público (SIMP), que a la vez configura una herramienta de gestión para la construcción dinámica de la política criminal.

Cabe añadir que tal fuente de información se corrobora con los datos objetivos remitidos en forma semanal por las Fiscalías Generales, lo cual permite obtener diferentes variables que resultan indicativas de la magnitud de la actividad desarrollada por los distintos operadores asignados para el abordaje de la temática en cada Departamento Judicial.

En términos generales, en el período 2017-2018 se puede destacar el notable incremento en el volumen de investigaciones penales preparatorias. En particular, el mayor nivel de investigaciones en el marco de la Ley Nº 23.737 ─en términos porcentuales respecto de las investigaciones iniciadas por otros delitos en cada Departamento Judicial─ se concentra en los distritos del conurbano.

A su vez, puede advertirse que los esfuerzos del Ministerio Público Fiscal están focalizados en la investigación de personas sindicadas como proveedores de sustancias estupefacientes a los consumidores, es decir, narcomenudeo, y que los mayores secuestros de alcaloides se vinculan principalmente con marihuana.

3. Algunos proyectos y acciones de soporte al objetivo de política criminal [arriba] 

3.1. Área especializada en la Procuración General

Como medida específica, a partir del dictado de Ley Nacional N° 26.052 y la adhesión efectuada por Ley N° 13.392, mediante la Resolución PG N° 587/05 se creó, en el ámbito de la Procuración General, la Unidad de Coordinación en materia de Estupefacientes.

En tal oportunidad se destacó que el objeto de esa Unidad era emprender acciones tendientes a optimizar los niveles institucionales y operativos de los organismos vinculados con la nueva competencia —delimitada por el artículo 34 de la Ley Nacional N° 23.737—, que llevaba implícita la ampliación de las facultades de persecución penal. También se invocó la necesidad de contar, en el ámbito de la Procuración General, con un cuerpo de funcionarios encargado de coordinar y establecer un enlace adecuado dentro del Ministerio Público Fiscal de la provincia de Buenos Aires, con los Ministerio de Seguridad y Justicia provinciales.

Desde su creación, la mencionada Unidad de Coordinación ha llevado adelante diferentes actividades de acuerdo a los objetivos y funciones establecidas, especializando su actuación, en buena medida, en la recopilación, sistematización y análisis de información estadística, lo que resulta de gran valor e interés para la adopción de decisiones en la materia a la luz de una construcción de la política criminal basada en evidencia, a la vez que ha permitido garantizar el derecho de acceso a la información pública a través de la publicación de los pertinentes informes en el sitio web institucional del organismo.

Ahora bien, en este marco de priorización de la persecución penal del narcocrimen como objetivo estratégico de política criminal, se dispuso, mediante Resolución PG 3/19, la reestructuración del esquema existente en el ámbito de la Procuración General, con el objeto de dotar de mayor capacidad ejecutiva al área especializada en la materia, para así propender, en forma sistemática, a la mejora de los resultados de las investigaciones penales preparatorias iniciadas y del eficaz juzgamiento de los responsables en la comisión de los delitos en cuestión, de acuerdo a la gravedad, complejidad y extensión del fenómeno.

En tal virtud se creó, bajo la órbita de la Secretaria de Política Criminal, Coordinación Fiscal e Instrucción Penal, el Departamento de delitos derivados de la Ley de estupefacientes N° 23.737 y modificatorias.

En función del objetivo primordial de realizar el seguimiento de la política criminal impulsada por el Ministerio Público en la materia, entre sus funciones más relevantes, corresponde al mencionado departamento diseñar y proponer al Secretario de Política Criminal, Coordinación Fiscal e Instrucción Penal políticas y medidas necesarias a fin de asegurar la eficaz persecución de los delitos derivados de la ley de estupefacientes, estrategias generales de investigación, propuestas de capacitación específicas, proyectos de reformas legislativas vinculados con la temática, así como protocolos de actuación en la materia.

También tiene por función brindar apoyo institucional, coordinar actuaciones, recabar datos y asistir a los equipos departamentales asignados a la investigación y a la etapa de juicio en la materia.

Por otro lado se le ha encomendado la realización de estudios e informes sobre Investigaciones penales preparatorias radicadas y concluidas en los distintos Departamentos Judiciales, con el objeto de establecer parámetros vinculados con los métodos de investigación, como así también identificar patrones delictivos generales y en cada uno de los tipos penales comprendidos en la competencia delimitada por el artículo 34 de la Ley N° 23.737.

Asimismo, se encargó expresamente al Departamento de delitos derivados de la Ley de estupefacientes N° 23.737 y modificatorias la elaboración de una Memoria Anual de la temática, que sistematice la información estadística del año respectivo y demás consideraciones en relación a la tarea desarrollada y los resultados obtenidos a nivel provincial y en cada uno de los Departamentos Judiciales.

3.2. Oficinas especializadas por Departamento Judicial

En complemento del área específica en materia de estupefacientes en el ámbito de la Procuración General, existen oficinas especializadas en los diferentes Departamentos Judiciales, entre las cuales cabe mencionar algunas especialmente abocadas a la materia.

El Departamento Judicial Azul cuenta con la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 22 ─especializada en estupefacientes─, la Ayudantía de estupefacientes y trata de personas de Tandil y la Ayudantía Fiscal de Olavarría. 

En el Departamento Judicial Bahía Blanca destaca en la materia la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N°19 ─especializada en estupefacientes─.

En Junín, por su parte, funciona, además de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 8 ─especializada en la materia ─, la Ayudantía Fiscal de estupefacientes.

En el caso del Departamento Judicial La Matanza cabe mencionar la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 24 especializada en la materia.

La Unidad Funcional de Defensa Penal nº 25 y la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 14 constituyen las dependencias especializadas en narcocriminalidad en al cabecera del Departamento Judicial Lomas de Zamora. La descentralizadas de Ezeiza y Esteban Echeverría, asimismo, cuentan con unidades especializadas.

En La Plata, además de la Secretaría de Estupefacientes para la Defensa dependiente de la Fiscalía General, funciona una Ayudantía Fiscal especializada en la materia.

Asimismo, los departamentos judiciales Mercedes y Moreno-General Rodríguez cuentan, respectivamente, con una Ayudantía Fiscal con competencia específica en drogas ilícitas.

Cabe mencionar, por otra parte, la Unidad Funcional de Instrucción en materia de estupefacientes del Departamento Judicial Mar del Plata. 

En el Departamento Judicial Morón funciona la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 9 y una Ayudantía Fiscal especializada en delitos conexos a la trata de personas y Narcomenudeo.

En Necochea, por su parte, la competencia especializada en estupefacientes y robo con armas corresponde a la Unidad Funcional de Instrucción Nº 30, asistida por la Oficina de Instrucción de delitos complejos y estupefacientes.

También existe una Unidad de Coordinación de Estupefacientes dependiente de la Fiscalía General del Departamento Judicial Pergamino que trabaja con una Ayudantía Fiscal y dos Fiscalías con competencia genérica con turnos de 15 días.

El Departamento Judicial Quilmes tiene una Fiscalía especializada en la temática y una Ayudantía Fiscal de estupefacientes con sede en Florencio Varela.

San Isidro cuenta con Unidades Funcionales de Instrucción y Juicio especializadas en investigaciones de drogas ilícitas en la cabecera departamental, así como en Tigre, Pilar, Vicente López y San Fernando.

En el caso del Departamento Judicial San Martín interviene en forma exclusiva la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 16 especializada en la materia.

El Departamento Judicial Dolores concentra en la Unidad Funcional de Instrucción N° 30 la competencia especializada en drogas.

Respecto al Departamento Judicial San Nicolás, la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 1 de competencia genérica interviene especialmente en causas de estupefacientes en la cabecera departamental y en los casos complejos de las fiscalías descentralizadas de Baradero y San Pedro. 

Los departamentos judiciales Trenque Lauquen y Zárate-Campana, finalmente, cuentan, cada uno de ellos, con una Ayudantía Fiscal especializada en estupefacientes.

3.3. Capacitación especializada sobre estupefacientes

La capacitación de los agentes, con foco en quienes se dedican mayormente a la materia, es uno de los principios centrales derivados de la priorización del combate de la narcocriminalidad como objetivo estratégico de politica criminal del Ministerio Público.

En tal virtud se han generado multiples instancias de debate y actualización de contenidos normativos o técnicos, tales como jornadas presenciales, conferencias, talleres, mesas de trabajo y cursos virtuales, entre otros.

Entre las actividades de capacitación desarrolladas durante los años 2017 y 2018, puede mencionarse, a título ilustrativo, la jornada de trabajo organizada por la Unidad de Coordinación de Estupefacientes que se llevó a cabo en el Colegio de Magistrados y Funcionarios de Mercedes en abril de 2017. En tal oportunidad, en que se abordaron temas vinculados con la especialidad, asistieron Agentes Fiscales y Ayudantes Fiscales especializados en estupefacientes de los departamentos judiciales Trenque Lauquen, Junín, Pergamino, San Nicolás, Zárate-Campana y Mercedes.

Luego, otra jornada coordinada por la Unidad especializada de la Procuración General tuvo lugar en el Salón Victorica de la Ciudad de la Plata el 28 de noviembre de 2017. En dicha ocasión fueron objeto de debate diversos temas de interés en la materia tales como las formas de finalización de las investigaciones vinculadas con el narcomenudeo, la relación entre allanamientos requeridos y causas ingresadas, peritaje del material estupefaciente secuestrado, criterios objetivos para calificar los hechos de tenencia simple o tenencia para consumo personal, nuevas figuras como la del arrepentido, las posibilidades de su aplicación y las dificultades que presenta, entre otros. Asistieron a tal debate Agentes Fiscales y Ayudantes Fiscales de los departamentos judiciales Dolores, La Matanza, La Plata, Lomas de Zamora, Moreno-General Rodríguez, Morón, Quilmes, San Isidro, San Martín, San Nicolás y Zárate-Campana.

Semejantes temas fueron posteriormente tratados en una nueva jornada de trabajo propiciada por la Unidad de Coordinación de Estupefacientes que se llevó a cabo en la sede de la Fiscalía General del departamento judicial Mar del Plata el 8 de junio de 2018, en cuyo caso concurrieron Agentes Fiscales y Ayudantes Fiscales de los departamentos judiciales Azul, Bahía Blanca, Mar del Plata y Necochea.

Asimismo, cabe destacar que a partir de marzo de 2018 se habilitó en el Campus Virtual del Centro de Capacitación de la Procuración General la guía de buenas prácticas sobre “Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en inmediaciones de establecimiento de enseñanza” (http://cec.mpb a.gov.ar/ guia s/estupefacie ntes).

Por otra parte, en el marco del programa general de capacitación del Ministerio Público en esta materia, también se contó con la participación de invitados extranjeros.

En efecto, el 5 abril de 2018, el Dr. José Mariano Benincá Beltrame (Ex secretario de Seguridad Pública de Río de Janeiro) brindó una conferencia magistral sobre “Narcocriminalidad. La política de pacificación de las favelas de Río de Janeiro (2007-2016)”, que tuvo lugar en la Sala Victorica de la Procuración General e involucró a Fiscales Generales, Agentes Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público vinculados a la temática.

El 6 de abril de 2018, el Dr. Beltrame también realizó una exposición, bajo el título “Narcocriminalidad: Coordinación interagencial”, en un evento organizado en forma conjunta con la Dirección Nacional de Migraciones, que se llevó a cabo en el Auditorio de dicha agencia, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Es de destacar, a su vez, que el 22 de junio de 2018 el Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires brindó una capacitación especial para Agentes Fiscales y operadores del Ministerio Público Fiscal de la provincia de Santiago del Estero, en el marco del proceso de implementación del régimen de desfederalización en tal Provincia, que se llevó a cabo en forma conjunta con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Nación.

También en el plano internacional, el 4 de octubre de 2018 tuvo lugar una jornada de capacitación sobre “La Experiencia chilena en la Investigación del Narcomenudeo”, cuya disertación principal estuvo a cargo de expertos de la Policía de Investigaciones de Chile, Subprefecto Mercado Anduar y Prefecto Pedro Muñoz Díaz. En el evento, que se llevó a cabo en la Sala Victorica de la Procuración General, se abordaron temas vinculados con el plan "Microtráfico 0", implementado en el año 2015 en todo el territorio chileno, así como con la base nacional de análisis criminal, brindándose detalles de su implementación, su contenido y los resultados obtenidos. Esta convocatoria contó con la concurrencia de Agentes Fiscales y Ayudantes Fiscales de los 19 departamentos judiciales especializados en materia de estupefacientes, así como magistrados y funcionarios de la Procuraduría de Narcocriminalidad del Ministerio Público Fiscal de la Nación (PROCUNAR).

Es oportuno mencionar, asimismo, la jornada de capacitación sobre “Problemas locales de la criminalidad compleja”, desarrollada el 19 de octubre de 2018 en la sede del colegio de Magistrados de Dolores, conjuntamente organizada por la Procuración General de la Nación, el Colegio de Magistrados y Funcionarios de Dolores y la Procuración General de la Provincia de Buenos Aires.

3.4. Vinculación con el Poder Judicial de la Nación

La distribución de competencias instituida por la ley Nº 26.052 genera, sin perjuicio de la falta de concurrencia, una interacción permanente entre funcionarios y magistrados bonaerenses con sus pares del Poder Judicial de la Nación en el ejercicio de sus funciones.

Al respecto, cabe aclarar que en el ámbito de la justicia federal no existen juzgados o fiscalías especializadas en la materia, sino que actúan los juzgados y fiscalías federales con competencia penal. No obstante, interviene como unidad coordinadora la Procuraduría de Narcocriminalidad de la Nación (PROCUNAR) creada en 2013, a través de la Resolución PGN n° 208/13, con el objeto de optimizar los recursos del organismo y mejorar los resultados de la investigación penal preparatoria y el eficaz enjuiciamiento de los responsables por delitos de narcocriminalidad, brindando colaboración y asistencia técnica a los fiscales de todo el país.

Particularmente, con el objeto de lograr una mejora en los resultados de las investigaciones y juicios de los hechos ligados con esta especial forma de criminalidad organizada, mediante la Resolución PGN 942/16 se dispuso la creación del área de Investigaciones y Litigación Estratégica que busca potenciar las intervenciones de la PROCUNAR junto a los fiscales de todo el país, brindando asistencia técnica y colaborando para alcanzar una planificación eficaz de la pesquisa, un análisis profesional y exhaustivo de la información recabada a lo largo de la misma y el diseño de estrategias de litigio inteligentes.

Bajo este paradigma, en la actualidad, la PROCUNAR desarrolla distintas estrategias de intervención, focalizadas sobre cuatro ejes principales, a saber: la federalización en el enfoque de la persecución penal, el ascenso en la cadena de responsabilidad, el desarrollo de investigaciones proactivas en el tráfico ilícito de precursores químicos, y el desarrollo de investigaciones patrimoniales.

En relación a su vinculación específica con el Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires en esta temática, el 3 de septiembre de 2018 se suscribió el Acta Complementaria al Convenio Marco de Cooperación entre el Ministerio Público Fiscal de la Nación y el Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires en materia de narcocriminalidad, a efectos de acordar un marco institucional que facilite la cooperación, colaboración e intercambio de información con miras a mejorar la prestación del servicio que ambos Ministerios Públicos proporcionan a la comunidad en el ámbito de sus competencia.

En particular, a fin de desarrollar en forma conjunta acciones tendientes a potenciar y perfeccionar la persecución penal en materia de narcocriminalidad, se acordó el desarrollo de programas de capacitación para la investigación de delitos en el marco de la ley de estupefacientes y vinculados, así como la coordinación de los mecanismos institucionales necesarios para contribuir a la constitución de equipos conjuntos de investigación (ECI) en la provincia de Buenos Aires, en miras al logro de los objetivos primarios en la materia.

En efecto, los ECI que se conforman en la Provincia intercambian información criminal en materia de narcocriminalidad y delitos relacionados, a la vez que confeccionan estadísticas comunes a fin de cuantificar y cualificar estructuralmente este fenómeno delictual, contando para ello con la asistencia de la PROCUNAR y de la Procuración General a través del área especializada en la materia.

Ya contamos con una experiencia muy exitosa en el Departamento Judicial Moreno-General Rodríguez.

3.5. Integración de sistemas con el Ministerio de Seguridad de la provincia de Buenos Aires para el funcionamiento de "Seguridad Provincia"

Es oportuno recordar, en esta instancia, por su impacto en materia de narcocriminalidad, que el Ministerio de Seguridad de la provincia de Buenos Aires desarrolló una nueva herramienta virtual llamada "Seguridad Provincia" que permite realizar denuncias a través de una aplicación que se descarga en los celulares y desde cualquier computadora conectada a internet.

En virtud de ello, en el marco del Convenio Específico N° 1 del Convenio de Colaboración suscripto entre el Ministerio de Seguridad y el Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires el 23 de marzo de 2017, se incorporó una nueva función al SIMP para hacer efectiva la interoperabilidad con “Seguridad Provincia”.

Inicialmente podían denunciarse por este medio los hechos de robo/hurto, narcotráfico y hechos de abuso o corrupción policial. Posteriormente, se incorporó la posibilidad de denunciar delitos contra la integridad sexual, violencia familiar o de género, juego clandestino y apuestas ilegales, comercio ilegal de autopartes, y cuatrerismo.

En cuanto a su funcionamiento, quienes realizan las denuncias deben identificarse, salvo en los casos de narcotráfico y corrupción policial en los que el usuario puede optar por mantener su identidad en reserva.

Las denuncias generan automáticamente una nueva investigación penal preparatoria en el SIMP, que es asignada a la fiscalía en turno o a la fiscalía competente según la materia. La denuncia generada a través del sistema debe ser ratificada por el ciudadano dentro de los cinco días hábiles de realizada; caso contrario el fiscal podrá archivarla si así lo estimara. El sistema le advierte al ciudadano que deberá presentarse en la UFI donde quedó radicada la denuncia y le brinda los datos para que la ubique.

Las denuncias anónimas, por su parte, generan reportes de delitos que deben ser tratadas como notitia criminis, a las que el fiscal otorga el tratamiento que corresponda según la verosimilitud, seriedad y gravedad de los hechos denunciados.

Cabe destacar, en este marco, que siendo la recuperación de la iniciativa del proceso penal por parte del Ministerio Público uno de los lineamientos estratégicos del organismo, la aplicación “Seguridad Provincia” adquiere una relevancia significativa como fuente primordial de denuncias, previéndose la incorporación progresiva de otras figuras delictivas, así como la interoperabilidad con otros sistemas.

A ello puede añadirse que la implementación y difusión de “Seguridad Provincia” como herramienta de denuncia es particularmente relevante en el combate de la narcocriminalidad, en cuyo caso, como se anticipó, existe la posibilidad de reserva de la identidad del denunciante, lo que resulta razonable en resguardo de su seguridad, ante las diversas implicancias que suelen tener estos hechos delictivos ─y los vinculados a ellos─ en la comunidad.

Tal afirmación se ve claramente reflejada en las estadísticas de investigaciones iniciadas por este medio, que dan cuenta de que, al 31 de diciembre de 2018, 13.314 de los 16.676 reportes generados a partir de la puesta en funcionamiento de “Seguridad Provincia” ─el 12 de julio de 2017─ corresponden a presuntas infracciones a la Ley N° 23.737. A su vez, de las 9501 denuncias presentadas en dicho período, 562 tuvieron por objeto denunciar hechos enmarcados en la ley de estupefacientes.

4. Reflexiones finales [arriba] 

En oportunidad de presentar los lineamientos de nuestro Plan Estratégico el 7 de marzo de 2017 en el Teatro Coliseo Podestá de La Plata, a dos meses de iniciada la gestión a cargo del Ministerio Público de la Provincia, definimos cuatro objetivos de política criminal. Uno de ellos fue el combate del narcotráfico.

Este objetivo, en rigor, resultaba –y lo sigue siendo- abarcativo de los otros tres (la violencia de género, el robo con armas -que suele precipitar homicidios violentos-, y la corrupción), en razón de que se orienta a ordenar el accionar de nuestro Ministerio Público en miras a enfrentar, en cada dimensión propia de nuestras tres áreas de gestión, un delito que ostensiblemente potencia, y a veces motiva, las conductas delictivas en general, y corroe los cimientos sociales en sus bases y estructura constitutiva.

Sustentamos el diseño, implementación y ejecución de este fragmento de la política criminal, en el principio de unidad del Estado. Y, en tal sentido, trabajamos con los distintos ámbitos del Estado provincial, del Estado Nacional y de otras jurisdicciones, como ha quedado descripto en resumen en el anterior parágrafo 3.4. del presente.

La magnitud del objetivo impone un análisis escrupuloso de la situación, la determinación de instrumentos idóneos y coordinados y la adecuada asignación de recursos y personal (y su capacitación constante), la definición de un esquema de prioridades y la ejecución de medidas sin demora.

 


[1] Artículo redactado en base a la conferencia dictada en San Miguel, en el Salón Dorado de la Municipalidad, el 5 de noviembre de 2018.