JURÍDICO LATAM
Doctrina
Título:Jovenes adaptados a medios desadaptados
Autor:Ayala, Daniel Alejandro - Bustos, Clara Lucia - González, María Teresita - Lovecchio, Mariana - Murua, Graciela del Valle - Obregón, Adriana Cristina - Pérez, Ana María
País:
Argentina
Publicación:Colección de Libros de Ponencias de Congresos de Derecho a la Niñez, Adolescencia y Familia - Ponencias IX Congreso Latinoamericano de Niñez, Adolescencia y Familia
Fecha:08-11-2017 Cita:IJ-DCCLII-894
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Sumarios

Como integrantes del Sistema Penal Juvenil, de la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Gobierno de la provincia de Córdoba, nos genera preocupación nuestro sujeto de intervención, es decir, el joven, el cual se encuentra atravesado por procesos de vulneración, excluido de los sistemas de protección básica como la escuela, recreación, deportes, la familia, los sistemas de salud, la sociedad en general; desvalorizados socialmente, necesitados de escucha, de alguien que repare en él como ser humano, como persona, con potencialidades de cambio, catalogados de apáticos, sin proyecciones, carentes, dependientes, oscuros, peligrosos.
Teniendo en cuenta estas particularidades, que dan como resultado un joven adaptado a un medio desadaptado, consideramos que el modo de intervenir es desde una perspectiva territorial.
El abordaje territorial con todas sus implicancias significa tener en cuenta, lo cultural: los espacios como apropiación única y genuina; lo económico: como modos de producción propios, los modos de interacción, de vinculación: como modos de fortalecimiento de lo cultural, que dan el sentido e identidad al mismo. Consideramos que es indispensable, a los fines de lograr la inserción del joven en un verdadero sistema de promoción y protección integral de derechos, que no deje de lado la supuesta conducta delictiva; que el representante de la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, asuma un rol tendiente a la orientación, control y motivación del adolescente, constituyéndose en un facilitador de acceso a derechos del joven, y no un control policial sobre el mismo, que limite su intervención al cumplimiento o no de las condiciones impuestas por el Poder Judicial para el sostenimiento de la libertad.


Propuesta
Redefiniendo el territorio
Desde donde intervenimos
Proceso de intervención
Conclusión
Bibliografía
Notas

Jovenes adaptados a medios desadaptados

Daniel Alejandro Ayala (Operador Territorial)
Clara Lucia Bustos (Licenciada en Trabajo Social)
María Teresita González (Abogada, Especialista en Derecho de Familia)
Mariana Lovecchio (Licenciada en Trabajo Social)
Graciela del Valle Murua (Licenciada en Trabajo Social)
Adriana Cristina Obregón (Licenciada en Trabajo Social)
Ana María Pérez (Operadora Territorial)

Propuesta [arriba] 

• Lograr diagnósticos sociales, que nos permitan conocer la situación familiar y social del joven, con el objetivo de poder pensar intervenciones integrales en y con su comunidad de referencia.

• Ante la posibilidad de que el joven tome contacto con su medio familiar, desarrollar un plan trabajo integral de manera conjunta con la familia y el joven.

• Encontrándose el adolescente en su centro de vida, llevar a cabo el plan de trabajo definido, brindando las herramientas necesarias que le permitan al joven la reinserción social alejada de situaciones de vulnerabilidad.

• Colaborar en el sostenimiento de un proyecto de vida saludable, en un medio familiar favorable, orientando y motivando al joven al reconocimiento y ejercicio de sus deberes y derechos.

Desde la perspectiva del Paradigma de la Protección integral de Derechos, se piensa y se aborda a la niñez y adolescencia, como personas en desarrollo, con responsabilidades progresivas de acuerdo a su edad y fundamentalmente, como Sujetos de derecho.

El Estado es responsable de garantizar el cumplimiento de los derechos en lo atinente a Niñez, Adolescencia y Familia generando políticas públicas a tal fin.

En este marco, nos insertamos como equipo interdisciplinario en lo Penal Juvenil, donde el foco de intervención esta puesto en el Joven y su centro de vida.

Este sujeto-joven, es un sujeto atravesado por procesos de vulneración, excluido de los sistemas de protección básica como la escuela, recreación, deportes, la familia, los sistemas de salud, la sociedad en general; desvalorizados socialmente, necesitados de escucha, de alguien que repare en él como ser humano, como persona, con potencialidades de cambio.

Un obstaculizador que circula en el sentido común, es el que deriva de las fuertes estigmatizaciones que el mundo adulto y las organizaciones e instituciones tradicionales poseen hacia el mundo juvenil. Básicamente se les cataloga en un extremo de apáticos, sin proyecciones, carentes, dependientes, oscuros, peligrosos.

Pensemos que son sujetos expulsados de su entorno tempranamente, e impulsados a asumir roles adultos desde muy corta edad, debido a que muchos son marginados por los adultos o explotados por los mismos, que buscan dominarlos, como también los medios de comunicación y algunos entornos sociales.

Es un joven adaptado a un medio desadaptado, resultado de historias de violencia por acción u omisión del medio social, con ausencia de experiencias de ejercicio de derechos. Sujetos no aceptados socialmente y con necesidad de sentirse parte de una sociedad de consumo (tecnología, bienes, servicios).

Los jóvenes constituyen un sector social, que desde su diversidad, intenta constituirse en ciudadan@s.

Redefiniendo el territorio [arriba] 

Habiendo definido al joven y su familia como sujeto de nuestra intervención, la labor práctica es llevada a cabo desde una perspectiva de Trabajo Territorial, concepto este, aplicado originalmente en el ámbito de la geografía, siendo en la actualidad, usado cada vez con mayor frecuencia por las Ciencias Sociales (sociología, economía, antropología).

Este concepto nos permite visibilizar las problemáticas sociales a partir de una mirada alternativa de territorio, que a su vez nos conduce a replantear prácticas y abordajes significativos vinculados al entramado de lo social, analizarlas críticamente y apropiarnos de nuevas construcciones teóricas.

La noción de territorio propuesta por B. Pecqueur326 de “entidades socio- económicas construidas” implica superar la visión geográfica e incorporar la dinámica social que permite nuevas ideas y soluciones a nivel local.

Considerar el abordaje territorial con todas sus implicancias significa tener en cuenta lo económico, como modos de producción propios, lo cultural, los espacios como apropiación única y genuina; los modos de interacción, de vinculación, como modos de fortalecimiento de lo cultural, que dan el sentido e identidad al mismo.

La experiencia del trabajo territorial, ha motivado nuevas formas de intervención, despertando nuevos desafíos, construyendo redes que fortalecen el trabajo y que aportan e incrementan las herramientas para una mejor intervención.

Desde el trabajo que hoy realizamos partimos de la idea de profundizar el conocimiento del centro de vida de cada uno de los jóvenes y las familias de estos. Dicho reconocimiento territorial nos ayuda a contar con mayores herramientas que nos permitan la inclusión del joven en su ámbito social.

El reconocimiento territorial por parte de los equipos técnicos significa el contacto con instituciones, organizaciones, centros educativos y recreativos, de capacitación, centros de salud, además de referentes, familias y todo tipo de entidades que puedan colaborar en la reinserción del joven a su centro de vida, elaborando mapeos territoriales que muestran de manera gráfica la red de recursos con los que contamos, facilitando la articulación entre los mismos.

Nuestro sujeto de intervención, el joven, cuenta con una historia de vida en la zona de residencia en la que se presenta y ese espacio debe brindar las mismas oportunidades de inclusión con la que cuentan todos los jóvenes. Es allí a donde apunta el enfoque Territorial, el Verdadero desafío de intervención es, garantizar la Corresponsabilidad Estado-Familia-Comunidad.

Desde donde intervenimos [arriba] 

La institución desde la cual se elabora el presente trabajo es la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente desde el año 2015, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Gobierno de la provincia de Córdoba.

Anteriormente poseía carácter de Subsecretaría, creada a partir de la Ley Provincial 9060 (Secretaría de Protección Integral del Niño y el Adolescente) en el año 2002, junto a Ley 9053 (Protección Judicial del niño y el Adolescente, derogada en el año 2011) intentando adaptar el sistema a los lineamientos de la Convención de los Derechos del Niño.

En el año 2005 se sanciono la Ley nacional 26061, con la quedo derogada la ley 10903 del Patronato del menor.

Esto genero la puesta en marcha de un gran movimiento para estar a tono con la nueva normativa legal, llevándolo a delinear la legislación actualmente vigente, Ley provincial 9944 de “Promoción y Protección Integral de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes en la provincia de Córdoba”.

Dicha normativa, adhiere a la Ley Nacional 26061 y a la Convención sobre los Derechos de los Niños, efectivizando la protección de los derechos y garantías que le son reconocidos (Código Penal Argentino, 2007).

Continuando con el análisis de la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia en el ámbito penal juvenil, es el órgano de ejecución de las decisiones que toman los juzgados con competencia en lo penal juvenil, es decir, bajo su órbita está el abordaje integral de los adolescentes que se encuentren en conflicto con la ley penal, tanto privados de su libertad como en medidas alternativas.

En la Provincia de Córdoba existen dos Dispositivos de encierro para jóvenes menores de 18 años, según su género.

Las medidas de privación de la libertad para varones, se lleva a cabo en el Dispositivo que se denomina “Complejo Esperanza”. Se trata de un predio de 33 hectáreas de las cuales 15 están en uso, a 20 km de la ciudad de Córdoba.

Dentro del Complejo, se encuentra un edificio donde funcionan la Escuela donde se brindan los tres niveles de escolarización, a saber: Nivel Primario Escuela “Paulo Freire”, Cenma (mayores de 18 años) “Prof. María Saleme de Burnichon” Anexo 8, y el PIT (para jóvenes entre 14 a 17 años) Programa de Inclusión y Terminalidad Educativa, inaugurada a fines del año 2005 la cual depende del Ministerio de Educación; además está constituido por un centro de Observación y Diagnostico; cuatro módulos que alojan a los jóvenes privados de libertad, como así también espacios donde se dictan diferentes Talleres de oficio y Granja.

A finales del año 2011, los Institutos donde se alojan a los adolescentes pasaron a llamarse Módulos; el Instituto Horizonte pasó a llamarse Modulo I, el Nuevo Sol, Módulo II, el Paso de Vida, Módulo III y el San Jorge, pasó a llamarse Módulo IV. Dichos Módulos están divididos por franja etaria, con algún criterio atinente a lo conductual y delito del que el joven fue supuestamente autor. En la actualidad, alojan un promedio total de 169 jóvenes varones.

Por otro lado, se encuentra el Dispositivo llamado CeSAM (Centro Socioeducativo Admisión Mujeres) donde se alojan mujeres menores 18 años con la misma problemática descripta. Este dispositivo, se encuentra emplazado en el Casco Céntrico de esta ciudad. Hoy se encuentran alojadas dos jóvenes.

Proceso de intervención [arriba] 

Si nos situamos dentro del contexto de encierro, la primera intervención de SENAF se da, en el Centro de Admisión y Diagnostico (CAD).

El ingreso de los jóvenes a dicho centro, es por medio de un oficio judicial, que delega la guarda del presunto infractor, a la Secretaria.

Allí interviene un Equipo interdisciplinario conformado por Psicólogo y Trabajador Social que evalúan aspectos individuales, familiares y sociales, determinando estrategias de intervención que dan lugar a las diferentes medidas a las que el joven puede estar incorporado:

• Supervisión y acompañamiento. El adolescente permanece en su Centro de Vida.

• Privación de la libertad en un centro socioeducativo. Para los varones Complejo Esperanza y para las mujeres CESAM.

• Paulatino proceso de reinserción sociofamiliar por medio de esquemas de permisos.

• Libertad Asistida, medida que desarrollaremos en el presente trabajo.

Una vez que fue definida esta medida por medio del Juzgado con competencia en lo penal juvenil, inicia la intervención de los Servicios Zonales. Es importante tener en cuenta que una medida judicial enmarca nuestra intervención, definiendo principio y fin de la misma.

Cada una de las Zonas Territoriales de la Ciudad de Córdoba, se encuentra conformada por Trabajadores Sociales, Operadores Territoriales, Administrativos y Responsables Zonales.

Haciendo referencia a la dinámica de trabajo, el joven es trasladado desde el CAD a un Centro Socioeducativo ubicado dentro del Complejo Esperanza, (en el caso de las mujeres todo transcurre en el CeSAM), en donde se le asigna un Equipo Interdisciplinario conformado por: Psicólogo, Socioeducador (es el responsable de establecer un Proyecto Educativo individual, el cual será de aplicación interna) y Trabajador Social, quienes de manera permanente articulan estrategias de intervención, con mirada hacia el afuera.

El Trabajador Social es el nexo entre el Afuera y el Adentro, es quien desde el primer momento inicia el abordaje del joven y su familia para el retorno a la Comunidad de referencia, es por esta razón que es el único miembro del Equipo interdisciplinario perteneciente a contexto de encierro, que tiene su base fuera del mismo, es decir, en el Servicio Zonal correspondiente.

A nivel interno articula, en caso de ser necesario con:

• Taller de Padres: es un dispositivo que aborda aspectos relacionados al Rol de los padres, coordinado por profesionales, destinado a los guardadores de los jóvenes que se encuentran en el sistema penal juvenil.

• Espacio psicológico familiar: Asesoramiento y apoyo psicológico para madres, padres, referentes adultos tendiente a resolver determinados problemas relativos a la dinámica de la familia.

• Espacio psicológico individual: dispositivo para la atención individual de jóvenes.

• Mediación: Tendiente a la resolución de conflictos intrafamiliares, de vecindad, etc.

Desde el Servicio Zonal se realiza un trabajo de mapeo de instituciones relevantes para la reinserción del joven y se articula de manera permanente con el Operador Territorial, que es quien va a monitorear la real ejecución del Plan de Trabajo, elaborado por el Trabajador Social y reportar a este cuando sea necesaria una reestructuración del mismo, una vez iniciado, el procesos de permisos por parte del joven, o bien su incorporación al Régimen de Libertad Asistida.

La labor del Operador Territorial es acompañar al joven en la ejecución de su Proyecto de Vida, y promoviendo el cumplimiento del plan de abordaje individual, gestionando en Territorio todo lo necesario, para lograr la continuidad de estas acciones; como así también las condiciones impuestas por el juzgado interviniente.

La nueva concepción en relación a la intervención con adolescentes en el ámbito de la justicia, encuentra en las medidas alternativas a la privación de libertad un trabajo de mayor profundidad y efectividad, especialmente en relación a la reducción de la tasa de reincidencia.

La única medida alternativa a la privación de la libertad, consagrada por ley provincial, es la libertad asistida.

No obstante es de destacar, que también existen los permisos prolongados y/o egresos a prueba, consistente en que el joven por un periodo de tiempo que varía, pudiendo ser 7, 10, 15, 20, 30 días está en su hogar, no retornando al vencimiento a la privación de la libertad, sino que se presenta en su juzgado interviniente, para que, por medio de la informativa que se envíe de la institución se renueve el mismo, lo cual hace que en la práctica no exista diferencia alguna con la libertad asistida en sí.

Libertad Asistida

Comenzaremos a analizar la medida alternativa de libertad asistida, por ser la consagrada en el texto legal:

La Libertad Asistida “es una medida socioeducativa consistente en que el joven imputado de infringir la ley penal cumpla con programas educativos y reciba orientación con la finalidad de fortalecer su desarrollo personal e inclusión social.

Implica concurrir a determinados lugares y realizar actividades preestablecidas evaluando mediante el cumplimiento de las mismas el grado de responsabilización y autonomía de los jóvenes.

La libertad asistida es una concesión de la libertad bajo vigilancia, por lo tanto existe durante su ejecución seguimiento y evaluación por parte del órgano administrativo, que a través de sus profesionales intervinientes, informa periódicamente al juzgado que la ordenó el cumplimiento de las mismas, tendiendo a reflejar el grado de responsabilización y autonomía de los jóvenes”.327

Objetivos del Programa:

- Estimular el desarrollo de una conciencia solidaria y responsable que motive al adolescente en el cumplimiento y reconocimiento de sus deberes y derechos.

- Incorporar y desarrollar actitudes, valores y conductas pro-sociales para facilitar la adaptación y la integración social y comunitaria.

- Favorecer la capacidad para establecer acuerdos a través del diálogo, asumiendo compromisos y manteniéndolos.

- Adquirir conciencia de su situación actual y de sus perspectivas de futuro.

- Desarrollar en el joven, sus capacidades de reflexión y de análisis.

- Adquirir y fortalecer competencias y habilidades que faciliten el desarrollo vocacional y profesional.

- Gestionar los recursos que sean necesarios para que los adolescentes puedan dar cumplimiento a sus derechos, priorizando los que a continuación se detallan: Derecho a la Documentación: se trabaja con el joven y su familia en la importancia de la documentación de todos los miembros. El Operador asesora y acompaña en la gestión de la documentación. En la mayoría de nuestros jóvenes es el primer requisito por el que quedan excluidos para el acceso a la educación, situación similar se da en el acceso a la salud.

Derecho a la Salud: las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la atención integral de la salud, a recibir la asistencia médica necesaria y a acceder en igualdad de oportunidades a los servicios y acciones de prevención, promoción, información, protección, diagnostico precoz, tratamiento oportuno y recuperación de la salud. Desde nuestro espacio se articula con el Centro de Salud u hospital más cercano al domicilio del joven con el objetivo de realizar un control vacunatorio y de su estado de salud general. En caso de que fuera necesario se articula con el Equipo de adicciones para su atención y tratamiento específico.

Derecho a la Educación: las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la educación libre y gratuita. Se articula y acompaña a los jóvenes al centro educativo más cercano a su domicilio, se presenta la documentación necesaria para su inscripción al ciclo lectivo formal y mensualmente concurrimos al establecimiento para confirmar la asistencia y si existiera alguna dificultad, intermediando en situaciones de convivencia escolar.

Ejecución de la medida

Se incorpora al joven al programa, cuando se notifica a la autoridad administrativa (SeNAF) de la medida adoptada por el juez interviniente en la causa.

El operador territorial, toma contacto con el joven sometido a medida y su núcleo familiar informando los alcances del programa, conociendo aspectos concretos referentes a los ámbitos personal, familiar, social, educativo, formativo o laboral en los que se considera necesario incidir, así como las pautas socioeducativas que el joven deberá seguir.328

A los fines de generar la empatía necesaria entre el joven y el operador es fundamental que se entienda, que el seguimiento consistirá en la orientación, control y motivación del adolescente, siendo el operador territorial un facilitador de acceso a derechos del joven, y no un control policial sobre el mismo, que limite su intervención al cumplimiento o no de las condiciones impuestas por el Poder Judicial para el sostenimiento de la libertad.

El rol del operador esta encarado a la inserción del joven en un verdadero sistema de promoción y protección integral de derechos, sin dejar de lado, lo relativo a la supuesta conducta delictiva.

Dentro de sus funciones estará la de:

• Articular con los recursos humanos y materiales más cercano al centro de vida del/la Joven tendientes a lograr actividades apropiadas a la medida socioeducativa.

• Se crearán redes interinstitucionales a los fines del acceso a los servicios y condiciones necesarias para efectivizar los derechos a la salud, educación, recreación, etc. que contribuyan a la construcción de la ciudadanía del joven.

• Se trabajará en el centro de vida del joven a los fines de fortalecer vínculos saludables con su medio y para que todos los espacios abiertos al/la joven permanezcan más allá del tiempo de duración de la sanción.

• Se realizarán en forma periódica, entrevistas y visitas domiciliarias que permitan sostener el acompañamiento de la medida por parte del núcleo afectivo del joven.

• Se registra la respuesta de los mismos ante las propuestas de trabajos y actividades, teniéndose ello en cuenta a los fines de rediseñar o no el plan de ejecución personal y evaluar los avances.

• Se informará periodicamente al tribunal el seguimiento de la medida, detallando las actividades realizadas por los jóvenes, como así también los progresos alcanzados, a los fines de rever o no la medida impuesta así como su plazo de duración.329

Conclusión [arriba] 

A modo de conclusión, tomamos lo manifestado por UNICEF, en el informe que presento sobre “Adolescentes en el sistema Penal” (UNICEF-SENAF; 2008), en el cual realiza un relevamiento de las instituciones y/o programas nacionales destinadas a tal problemática. A partir del mismo, expresa la necesidad de una transformación del régimen penal juvenil hacia una cultura de la dignidad humana y la garantía de los derechos reconocidos en instrumentos internacionales como la convención de los Derechos del Niño.

Adhiriendo a los ejes de intervención que plantea el informe:

“• Eje de fortalecimiento de la ciudadanía juvenil: el proyecto institucional deberá educar a los adolescentes en el conocimiento de los deberes y derechos ciudadanos, en su ejercicio cotidiano de los mismos, en el respeto de los derechos de los otros y en la valoración de la vida en sociedad.

• Eje de capacitación, estímulo del potencial creativo y desarrollo de destrezas laborales: deberá brindarse las herramientas que posibiliten el desarrollo del potencial creativo y la adquisición de conocimientos y habilidades potencialmente útiles en la futura vida sociolaboral de los adolescentes.

• Eje de articulación con la comunidad: deberán incluirse acciones de articulación concreta con diferentes actores e instituciones de la comunidad.”

Consideramos que es necesario crear nuevos sistemas de intervención que promuevan y exijan la Corresponsabilidad existente entre Estado, Familia y Comunidad.

Es indispensable, a los fines de lograr la inserción del joven en un verdadero sistema de promoción y protección integral de derechos, que no deje de lado la supuesta conducta delictiva; que el representante de la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, asuma un rol tendiente a la orientación, control y motivación del adolescente, constituyéndose en un facilitador de acceso a derechos del joven, y no un control policial sobre el mismo, que limite su intervención al cumplimiento o no de las condiciones impuestas por el Poder Judicial para el sostenimiento de la libertad.

Bibliografía [arriba] 

• “Adolescentes en el sistema Penal” (UNICEF-SENAF; 2008)

• “Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. Seguimiento de la Aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño” Secretaria de Derechos Humanos. Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos. Presidencia de la Nación. Año 2010.

• Fichas de Trabajo para los Equipos de los Dispositivos penales juveniles. Dirección Nacional para Adolescentes Infractores a la Ley Penal. Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. Año 2006-2010.-

• LAJE, María Inés, FREDIANELLI, Graciela y otros (2014) “La accesibilidad a la Justicia de Sectores vulnerables; nin@s/ Adolescentes pobres victimas de criminalización/tutela en la Provincia de Córdoba”. San Juan.

• Ley Nacional 26061 de “Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes”. Sancionada: 28/09/2005, Promulgada de Hecho: 21/10/2005.

• Ley Provincial 9944 de “Promoción y Protección Integral de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes en la provincia de Córdoba”. Sancionada: 04/05/2011 Publicada en el Boletín Oficial: 03/06/2011.

• Martínez Valle Luciano “Apuntes para pensar en Territorio desde una dimensión social” -Cs Ss. 2012.

• Observatorio Internacional de Justicia Juvenil. “Alternativas al Internamiento para Menores infractores” (2016).

• “Programa Libertad Asistida: Libertad orientada a la construcción de ciudadanía”. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Subsecretaría de Asuntos Penales Dirección Provincial de Justicia Penal Juvenil, Provincia de Santa Fe. Noviembre de 2008.

 

 

Notas [arriba] 

326 - Martínez Valle Luciano “Apuntes para pensar en Territorio desde una dimensión social” -Cs Ss. 2012
327 “Programa Libertad Asistida: Libertad orientada a la construcción de ciudadanía”. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Subsecretaría de Asuntos Penales Dirección Provincial de Justicia Penal Juvenil, Provincia de Santa Fe. Noviembre de 2008.
328 “Programa Libertad Asistida: Libertad orientada a la construcción de ciudadanía”. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Subsecretaría de Asuntos Penales Dirección Provincial de Justicia Penal Juvenil, Provincia de Santa Fe. Noviembre de 2008.
329 “Programa Libertad Asistida: Libertad orientada a la construcción de ciudadanía”. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Subsecretaría de Asuntos Penales Dirección Provincial de Justicia Penal Juvenil, Provincia de Santa Fe. Noviembre de 2008.



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