JURÍDICO LATAM
Doctrina
Título:Una propuesta para la Luna
Autor:Trevisi, Ricardo
País:
Argentina
Publicación:Revista de Derecho Espacial - Número 6 - Diciembre 2021
Fecha:10-12-2021 Cita:IJ-II-CCXLIII-9
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A modo de presentación
Introducción
Antecedentes geopolíticos del tratado antártico
Conclusión
Fuentes

Una propuesta para la Luna

Por Ricardo Trevisi

A modo de presentación [arriba] 

Como lo he manifestado el pasado mes de abril de 2021 en el Coloquio Rioplatense organizado por la Asociación Latino Americana de Derecho Aeronáutico y Espacial en Buenos Aires, es preocupante la cantidad de actores que están involucrados en la investigación espacial y particularmente en su ímpetu por la conquista del cosmos.

Estos actores, que en un principio eran Estados, hoy son organizaciones privadas que intentan lucrar de diferente modo, con un patrimonio que desde siempre fue de toda la humanidad.

Por lo cual mi intención es visualizar la situación global proponiendo ideas y despertar inquietudes en quienes analizamos con pasión esta rama del derecho.

Introducción [arriba] 

La seguridad espacial es un tema que tiene a la comunidad internacional en alerta, hoy más que nunca por lo sucedido con el COVID-19 en el planeta. La Luna, nuestro satélite natural no es ajeno a ello ya que, como he expuesto anteriormente, los actores se han masificado.

Este desequilibrio entre Estados y privados pone en foco a los cuerpos celestes y en especial a la Luna que, por su cercanía, es la próxima a conquistar, con el objetivo de instalar bases más allá de la tierra como paso intermedio a un viaje más lejano.

Mi trabajo intenta realizar una especie de reordenamiento reglamentario, tomando como modelo el Tratado Antártico, relacionando la problemática geopolítica que ha llevado a su firma a finales de 1959.

Este Tratado que traigo a colación ha sabido contribuir a lo largo de los años con un sistema de Tratados muy complementarios entre sí ,como por ejemplo, la Convención para la Conservación de Focas Antárticas , Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos , El Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente que no es el momento de describir, sino el objetivo primordial es pensar en que el Tratado de la Luna tiene que resurgir y hacer que se adapte a nuestra nueva realidad, tomando como ejemplo lo dicho anteriormente.

Esta nota puede ser uno de los primeros intentos sobre la discusión del futuro que, no cabe dudas, surgirá entre los actores involucrados, por lo cual tiene que ser un sendero de diálogo para generar un discurso unificado en pos del bien de la humanidad.

Lo único seguro que podemos decir es que los años venideros son inciertos en la materia, pero no por eso, dejar de generar una transformación, una discusión positiva y constructiva a nivel mundial.

Estos argumentos no fueron muy distintos a los que hoy se avecinan en el uso del espacio ultraterrestre y en especial a la Luna y otros cuerpos celestes.

Antecedentes geopolíticos del tratado antártico [arriba] 

Ya han pasado 62 años de la firma del Tratado Antártico; lo habían firmado solo doce países, los cuales tenían actividad científica a finales de la década del 1950, más precisamente en los años 1957 y 1958. Los Estados firmantes, en su comienzo, concibieron que la Antártida tenía un rol primordial para toda la humanidad.

Como principal objetivo era considerar a ese territorio un bien común de la humanidad, como lo es la Luna en sus reglamentaciones pertinentes desde un inicio.

El resultado exitoso está a la vista, ya que se ha preservado la zona de todo conflicto bélico y con un único fin, el investigativo. Desde ese momento se realizan trabajos, se intercambia información y se ha creado un espacio de colaboración y encuentro de todas la Naciones interesadas. Como dato, la Argentina es parte Consultiva del Tratado (voz y voto).

En todos estos años las Naciones firmantes han demostrado interés en la investigación científica en dicho territorio mediante la instalación de una base o un proyecto para una exploración determinada.

El sistema de Tratados permite la adhesión de otros Estados sin voto, pero con voz. Esto último es muy importante, ya que la intención primordial es la existencia de un control para asegurar la implementación vincular de la forma más pluralista posible.

Para el funcionamiento del sistema de consulta mutua, los miembros se reunían, al comienzo, cada dos años, luego se implementó la práctica de hacerlo todos los años.

Un tema interesante para reflexionar es el del reclamo soberano. En el Art. IV del Tratado Antártico, declara el congelamiento preventivo al mismo. En el Art. VII también se estipula que cualquier país puede llevar adelante la inspección en las instalaciones de otro Estado incluido su equipamiento, navíos y aeronaves.

La cuestión atómica está presente también, prohibiendo las pruebas nucleares y la eliminación de desechos radiactivos en toda la zona.

Los antecedentes de este suceso geopolítico, prácticamente son calcados a los que se suceden en estas últimas décadas con la carrera espacial, en especial hacia la Luna, nada más que en la actualidad, como he mencionado, se anexan naturalmente los privados por los avances tecnológicos de este siglo.

Otra cuestión para exponer es lo que ocurría en la década del 50 con respecto al mapeo de la Antártida: este era inexacto, al igual que la Luna todavía, principalmente en la parte oscura del cuerpo celeste. Ambos Tratados intentan regular la actividad del hombre casi con similares características.

El tema aquí no es relatar los antecedentes históricos sino realizar un llamado de atención al tema lunar, ya que los avances tecnológicos y científicos, cada vez más, promueven una intención de conquista territorial sin que los actuales Tratados espaciales puedan contener en las próximas décadas el control de protección jurídica.(1)

Según el Tratado “El espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, no podrá ser objeto de apropiación nacional por reivindicación de soberanía, uso u ocupación, ni de ninguna otra manera”. Si se respetaran estos principios, los Estados no podrían otorgar permisos a empresas privadas para operar, no tendrían potestad para hacerlo, por lo cual, hay motivos suficientes para interpretaciones de muy variada índole.

Según los especialistas, en primer término, manifiestan: “existen dudas sobre si las entidades no estatales podrían hacer estas reclamaciones”.

En segundo término, “el hecho de no poder reclamar propiedad del suelo lunar no significa que no se pueda ocupar”.

Aquí podemos hacer referencia directa al Tratado Antártico: puedes poseer una base allí, siempre y cuando no menciones tu posesión del suelo.

Los actores implicados están buscando el hueco legal de posibles inexactitudes en la legislación envejecida y eso es peligroso para el “normal” desarrollo del territorio lunar que, como venimos advirtiendo, es requerido por privados principalmente.

En el año 2015 EEUU ha aprobado una ley que le reconoce a sus ciudadanos a ser los propietarios de los recursos que procedan de cuerpos celestes y que puedan extraer en un futuro. Distintos estudiosos han hecho un llamado de atención a esta polémica reglamentación interna que viola un derecho de la humanidad, ya que argumentan que, al reconocer propiedad de los recursos espaciales, ello es un acto de soberanía.

Por su parte, el responsable del Instituto de Londres de Políticas y Leyes del Espacio considera que se incumple con acuerdos internacionales porque EEUU reconoce a sus conciudadanos un derecho que el mismo Estado no tiene. Como contrapartida, el Senador Marco Rubio (3) ha dicho que es necesario eliminar reglamentaciones innecesarias y perjudiciales para el normal desarrollo de la economía americana.

Desde la Agencia Espacial Europea, con cautela, se muestran en un principio a no evaluar aspectos jurídicos de esta polémica ley, ya que se está muy lejos de realizar exploración minera en los cuerpos celestes. El sistema global de protección adolece de reacción ante los privados que pueden llegar a ser destructivos en su labor, conduciendo a la imprevisibilidad y a resultados no queridos para la humanidad.

Asimismo, EEUU ha otorgado el consentimiento de investigación a Moon Express (1bis) con la excusa que servirá para el bien de todos a largo plazo.

A distintos sectores les preocupan iniciativas de EEUU con este tipo de aprobaciones legislativas sobre comercio competitivo espacial como la descripta. En ella, como hemos dicho, se facilita le exploración comercial y permitiría en principio, explícitamente, la participación de los ciudadanos estadounidenses en la exploración y explotación comercial de recursos espaciales, incluyendo minerales y agua.

Por este rápido análisis, los fundadores de empresas privadas con actividad espacial afirman que cualquier cosa que traigan de la luna se la podrán quedar. Por lo cual, es preocupante el avance de otros actores a la actividad, socavando los acuerdos internacionales de manera solapada.

Textual: La actualización de la ley estadounidense permite explícitamente a los ciudadanos estadounidenses "participar en la exploración y explotación comercial de 'recursos espaciales' [incluyendo ... agua y minerales]". El derecho no se extiende a la vida biológica, por lo que cualquier cosa que esté viva no puede ser explotada comercialmente.

La Ley afirma además que "los Estados Unidos no [(mediante esta Ley)] afirman soberanía, ni derechos soberanos o exclusivos o jurisdicción sobre, o la propiedad de, ningún cuerpo celeste" (2). 

Por su parte. el responsable del Instituto de Londres de Políticas y Leyes del Espacio considera que se incumple con los acuerdos internacionales, porque EEUU está reconociendo a sus conciudadanos un derecho que el mismo Estado no tiene. El principal problema es que cuando se firmó el Tratado de la luna solo un puñado de países lo ratificaron y casualmente los que tienen actividad en el espacio todavía no lo han hecho.

Los expertos consideran también que han pasado muchos años y las leyes y Convenios no se han actualizado debidamente en décadas.

No cabe dudas que la exploración de la Luna es inevitable, así como que distintas Naciones y sus conciudadanos comiencen a instalar bases en un tiempo no muy lejano.

Por lo cual, ya es hora de difundir al mundo, lo que los académicos se preguntan entre ellos…

¿En el futuro mediato, quién nos va a representar a toda la humanidad en la luna? Un país, una empresa de gaseosas o un millonario con aires de conquistador.

Una vez expuesta la idea, pasaré a esbozar un eje general sobre la posible enmienda al Tratado Lunar.

- Al igual que el Tratado Antártico, tienen que aceptar que las posibles demandas territoriales futuras sean dejadas de lado.

- Así como la Antártida, artículo V es zona libre de energía nuclear, la luna también lo será como con los desechos nucleares.

- Todo individuo, público o privado que quisiera explorar el territorio lunar tendrá que adherirse al Tratado, si fuera privado, con el aval de un Estado patrocinante adherido al mismo.

- Establecer un período de revisión a 30 años, como lo es el Tratado Antártico.

- Establecer un protocolo de protección ambiental para cada actividad desarrollada.

- Fundar una secretaría permanente con dinamismo y participación de sus miembros.

- Resolución de futuras controversias por parte de un Tribunal Arbitral internacional.

- Fomentar el estudio de la luna como se ha realizado con nuestro planeta en el año Geofísico internacional de 1957.

- Instaurar un sistema de Tratados al ritmo de los nuevos eventos a futuro.

Conclusión [arriba] 

Así como la Antártida es un territorio que hay que preservar, la Luna también lo tiene que ser a partir de este siglo, la tecnología avanza rápidamente y el marco jurídico tiene que adelantarse de alguna manera.

El turismo en la zona Antártica era impensado hace 30 años, hoy es una preocupación seria y una amenaza al medio ambiente. La Luna lo será en un futuro próximo y tendría que ser regulado de alguna forma. Al igual que la Antártida, la Luna no está preparada para recibir turismo.

De alguna manera hay que tomar como ejemplo el Tratado Antártico que sigue vigente, a pesar de tensiones y reclamos de soberanía por países que manifiestan que tienen derechos sobre el mismo. No dejemos que ocurra lo mismo con la luna.

El sistema de Tratados hace que poco a poco se acompañe la evolución científica dentro de un marco regulado y cuidado.

Fuentes [arriba] 

Fuente (1) Consultada:www.poli ticaexterior.com/sese nta-anos-del-tra tado-anta rtico/ GUILLERMO REBOLLO MÁRQUEZ| 29 de noviembre de 2019.

Fuente (1bis) https://www.crunchbase .com/organizat ion/moon-express -inc

Moon Express es una empresa espacial comercial con financiación privada que abre un camino hacia la Luna. Su directiva principal es abrir los vastos recursos de la Luna para la humanidad y establecer nuevas vías para las actividades espaciales comerciales más allá de la órbita terrestre. Comienzan con rampas de acceso rentables al interrumpir el transporte espacial con innovadores, flexibles y nueva nave espacial escalable que reducirá radicalmente el costo de las actividades espaciales robóticas comerciales. Al hacerlo, extenderán la esfera económica de la Tierra y harán accesibles los recursos de la Luna y los asteroides.

Fuente (2): https://www.govtra ck.us/congress/bills/11 4/hr2262/su mmary

Fuente (3) El senador Rubio es miembro del Comité de Pequeñas Empresas y Emprendimiento en el senado, desde ese comité Rubio ha abogado por modernizar y reformar los programas del gobierno federal para ayudar a las pequeñas empresas a prosperar en la economía del siglo XXI.