JURÍDICO LATAM
Doctrina
Título:Discapacidad y derechos. Formación docente y accesibilidad
Autor:Damiani, Viviana
País:
Argentina
Publicación:Revista Académica Discapacidad y Derechos - Número 5 - Abril 2018
Fecha:19-04-2018 Cita:IJ-DXXXIII-881
Índice Voces Citados Relacionados Ultimos Artículos
Introducción
Programa de formación y actualización docente continua
Programa Universidad y Discapacidad
Los talleres pedagógicos
Conclusión
Bibliografía
Notas

Discapacidad y derechos

Formación docente y accesibilidad

Viviana Damiani

Introducción [arriba] 

En este trabajo analizaré la formación docente en la Facultad de Derecho en relación con el derecho a estudiar en la universidad de las personas con discapacidad. A través de mi experiencia como docente e integrante del Programa Universidad y Discapacidad intentaré averiguar si quienes se dedican a la docencia en nuestra facultad reciben la formación adecuada para trabajar con alumnos que tengan alguna discapacidad y en ese caso de que manera adquieren la formación. ¿Es la Facultad la responsable de otorgar la capacitación? ¿Están los profesores realmente interesados en capacitarse?

Para ello realizaré un recorrido por las distintas instancias de la formación poniendo especial énfasis en lo que respecta a la capacitación en materia de discapacidad en función de los resultados que he recabado a lo largo de las charlas que brindo en cada cuatrimestre en los cursos de formación docente.

Programa de formación y actualización docente continua [arriba] 

Mediante la Resolución Nº 3481, del 12 de diciembre de 2007, el Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires aprobó la estructura de cargos y el programa de formación y actualización docente continua del régimen de la carrera docente de la Facultad de Derecho. Este programa es organizado por la Dirección de Carrera y Formación Docente. Allí se sostuvo que:

“En tal sentido de diseño curricular de la carrera docente contempla una serie de cursos que abordan tanto los aspectos pedagógicos involucrados en la formación docente para el nivel superior cuanto las dimensiones específicas de cada una de estas disciplinas y la formación interdisciplinaria necesaria para la comprensión de los variables contextos de la enseñanza de nivel superior y que, a su vez, atraviesan el desarrollo de las disciplinas científicas y las profesiones contemporáneas”[1]

En los cursos se incluyen aspectos relacionados con la historia, la política y la organización académica de la educación superior universitaria, la formación didáctica general y especial y la práctica de la enseñanza. En las materias didáctica general y didáctica especial el desarrollo curricular incluye: planificación, programación, enseñanza, aprendizaje, evaluación, acreditación, entre otros. “El Programa contempla el fomento de una mayor articulación con los docentes de las carreras, el establecimiento de instancias de asesorías y consultas para los equipos docentes y los departamentos y carreras en los cuales se organiza, de la docencia en la Facultad, de forma de ayudar a resolver problemas de enseñanza y de aprendizaje y también, de poder conocer cuáles son las características que adopta la formación jurídica en la Facultad de Derecho de esta Universidad y que merecen ser tratadas desde la formación pedagógica de los auxiliares docentes.”[2]

La carrera de formación docente no es una instancia obligatoria en la Facultad de Derecho, para poder inscribirse en la misma es necesario rendir el ingreso a una cátedra en la que el abogado graduado se desempeñará como ayudante de primera o de segunda o como jefe de trabajos prácticos.

“Art. 1 - Aprobar la estructura de cargos del régimen de carrera docente de la Facultad de Derecho (…), Anexo: De la estructura de cargos del régimen de carrera docente – Art. 2 - La carrera docente está integrada por las categorías docentes de jefe de trabajos prácticos, ayudante de primera y ayudante de segunda. Art. 3 - El acceso a cada uno de estos cargos se lleva a cabo mediante concursos abiertos de antecedentes y oposición, sustanciados de conformidad con el reglamento de concursos que oportunamente se apruebe.”[3]

Vale destacar que esta posibilidad también se aplica para las carreras de Traductorado y Calígrafo Público, aunque me focalizaré especialmente en la carrera de Abogacía.

Luego de la aprobación del mencionado ingreso, el graduado podrá realizar la inscripción y comenzar a transitar el primero de los cuatro cursos correlativos y cuatrimestrales. A los cursos se los denomina comúnmente módulos y así la formación docente de la facultad cuenta con el Módulo I – Pedagogía Universitaria, el Módulo II – Didáctica General, el Módulo III – Didáctica Especial de la disciplina, y finalmente, el Módulo IV – Práctica de la enseñanza.

La cursada es de una frecuencia de una vez por semana y la duración de las clases es de dos horas. Finalizados y aprobados los cuatro módulos, el Departamento de Desarrollo Docente otorgará el certificado de conclusión de la Formación Pedagógica de la Carrera Docente, siendo esta certificación un antecedente muy valioso a considerar en el momento de concursar para un cargo docente, ya que otorga un puntaje alto.

Programa Universidad y Discapacidad [arriba] 

El estatuto de la Universidad de Buenos Aires fue sancionado en 1958. En los arts. 69 y 70 manifiesta el interés por evitar la discriminación y brindar igualdad de oportunidades para todos, aunque no hace referencia expresa a las personas con discapacidad. 

Art. 69 - La Universidad de Buenos Aires guarda íntimas relaciones de solidaridad con la sociedad de la cual forma parte. Es un instrumento de mejoramiento social al servicio de la acción y de los ideales de la humanidad. En su seno no se admiten discriminaciones de tipo religioso, racial o económico. Art. 70.- A efectos de proporcionar igualdad de oportunidades para todos, ya sean estudiantes o graduados, se crean las becas necesarias y otros géneros de ayuda que permiten realizar sus estudios a quienes carezcan de medios para ello.[4]

En el año 2004, por Resolución Nº 5110 se constituye en la Facultad de Derecho el Programa Universidad y Discapacidad en el marco de la Dirección de Carrera y Formación Docente. El programa fue declarado de interés parlamentario por la Cámara de Diputados de la Nación. En el año 2007, el Rector de la Universidad de Buenos Aires, Rubén Hallú, mediante la Resolución Nº 339 crea el Programa Discapacidad y Universidad en el ámbito de la Secretaría de Extensión Universitaria y Bienestar Estudiantil. El mismo reúne de modo orgánico a representantes de todas las unidades académicas, el CBC, la Dirección de Salud y asociaciones gremiales.

En la Facultad de Derecho a través del mencionado Programa Universidad y Discapacidad se plantean los siguientes objetivos:

· Visibilizar la temática de la discapacidad en el ámbito universitario.

· Fomentar la investigación en torno a la discapacidad en el área del Derecho

· Brindar asesoramiento y espacios de capacitación a docentes y no docentes de la Facultad de Derecho a fin de favorecer la enseñanza y el aprendizaje considerando los distintos espacios curriculares: planificación, recursos, formas alternativas de acceso a los contenidos, evaluación.

El Centro para el Desarrollo Docente se encarga de brindar orientación y asesoramiento a los profesores que reciben alumnos con discapacidad y precisan realizar modificaciones en las instancias curriculares, poniendo a su disposición los recursos de la Facultad de Derecho. A través del trabajo del equipo interdisciplinario con que funciona el Programa Universidad y Discapacidad se buscan estrategias didácticas, modalidades de evaluación y análisis de los recursos disponibles[5].

Asimismo, cabe mencionar que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en su artículo 24 asegura el acceso general a la educación y en el último párrafo menciona a la educación superior. 

“Art. 24 - 1. Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación. Con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades, los Estados Partes asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles así como la enseñanza a lo largo de la vida… 5. Los Estados Partes asegurarán que las personas con discapacidad tengan acceso general a la educación superior, la formación profesional, la educación para adultos y el aprendizaje durante toda la vida sin discriminación y en igualdad de condiciones con las demás. A tal fin, los Estados Partes asegurarán que se realicen ajustes razonables para las personas con discapacidad.”[6]

De la interrelación entre las resoluciones mencionadas de la Universidad de Buenos Aires y los derechos que emanan de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que cuenta con rango constitucional[7], puedo inferir que agotar todos los mecanismos para lograr la equiparación de derechos de las personas con discapacidad en la UBA es una obligación, una responsabilidad que no se puede eludir y que alcanza a los directivos, los docentes, los no docentes y todos los involucrados en el proceso. Con esto no quiero decir que las personas con discapacidad no tienen responsabilidad dentro del proceso de formación universitaria, al contrario, desde el momento de la inscripción deben tomar la iniciativa en muchos de los aspectos de la carrera universitaria elegida. La búsqueda de la equiparación de oportunidades requiere de un trabajo conjunto de todos los involucrados. 

En lo que respecta a la accesibilidad en términos edilicios respecta, la facultad posee rampas, ascensores amplios, baños adaptados, pasillos espaciosos para movilizarse. En el caso de las personas con discapacidad motriz resulta necesario que las mismas lo comuniquen para que la facultad pueda asignar el espacio que requieran en forma automática en cada cuatrimestre. En el área de Asuntos Estudiantiles se registran los datos de dichos alumnos y son tomados en cuenta para asignar las aulas más accesibles, que normalmente son las de planta baja. Hay casos de estudiantes que si bien pueden movilizarse por toda la facultad, debido a razones de comodidad prefieren cursar todas las materias en planta baja, incluso en algunos casos se asignan todas las materias en la misma aula cuando los horarios son correlativos.

En el caso de otras adecuaciones que debieran hacerse durante la cursada o la evaluación es importante que el alumno se acerque al docente a plantear su situación para que entre ambos puedan encontrar una alternativa. A través del Programa Universidad y Discapacidad se brinda asesoramiento a docentes por medio de integrantes especializados en educación que realizarán el acompañamiento pedagógico. Es imprescindible comprender que cada caso es diferente, aun tratándose de discapacidades iguales o similares, por lo que toda adecuación requiere de una comunicación fluida entre docente y alumno para hallar la alternativa concreta para cada caso.

En las charlas de capacitación docente muchos expresan la necesidad de contar con un protocolo de acción, pero considero que no es una opción viable justamente porque cada caso debe analizarse en forma individual y específica, de forma general brindamos asesoramiento sobre los pasos inmediatos a seguir una vez que se toma conocimiento de la presencia de un alumno con discapacidad en el curso.

En algunos casos la adecuación a realizarse es mínima, como puede ser la entrega del cronograma y el material de lectura con anticipación para facilitar la comprensión en el aula, permitir que las clases sean grabadas, modificar la forma de evaluación, agrandar el tamaño de la letra de los exámenes escritos, no utilizar recursos visuales si hay un alumno con discapacidad visual. También es importante que los docentes conozcan el funcionamiento de la facultad, sobre todo en relación con los recursos existentes, el funcionamiento de la biblioteca, qué material se encuentra digitalizado, qué sistemas de apoyo tecnológicos existen. Un docente capacitado e informado sobre discapacidad evita que se genere el típico desconcierto inicial de no saber cómo actuar ante un pedido de adecuación por parte de un estudiante.

Los talleres pedagógicos [arriba] 

Como mencioné al comienzo de este trabajo, los talleres pedagógicos que conforman la formación docente son cuatro, correlativos y se cursan cuatrimestralmente. Los cursos son dictados por profesores que forman parte de un equipo interdisciplinario, provenientes de diferentes áreas: Licenciados en Educación, Licenciados en Letras, Abogados, Licenciados en Ciencias Políticas, Psicopedagogas, Licenciados en Sociología, Licenciados en Comunicación.

En el transcurso de la cursada y en cada cuatrimestre se realizan charlas o se dictan clases especiales brindando información sobre el Programa Universidad y Discapacidad con el objetivo de poner en conocimiento de los docentes que cursan los talleres los recursos existentes en la facultad y en la UBA en materia de discapacidad. En la actualidad soy una de las encargadas de dar esas clases especiales, formo parte un equipo de docentes ayudantes de segunda especializados en el tema discapacidad, estamos en permanente formación y especialización en el área. En la carrera de Abogacía, contamos con dos materias del CPO (Ciclo Profesional Orientado): Discapacidad y Derechos que pertenece al Departamento de Derecho Privado II y al Departamento de Derecho Público y la materia Enfoque Antropológico de la Discapacidad perteneciente al Departamento de Ciencias Sociales. Ambas materias tienen un enfoque interdisciplinario. Además desde el año 2015 funciona el Práctico especializado en Discapacidad. En este momento me desempeño como docente de las materias Enfoque Antropológico de la Discapacidad y del Práctico Profesional especializado en discapacidad. Los ayudantes a cargo de esta tarea recibimos una capacitación constante en esta área, a través de la producción de material académico, publicación de artículos, realización de cursos y charlas, asistencia a seminarios, jornadas, mesas de debate. En su mayoría quienes dan clases en estos cursos no sólo son especialistas en este tema sino que se dedican casi en exclusividad a trabajar en ello, o participan en asociaciones vinculadas con la discapacidad. En el caso de los abogados varios de ellos ejercen su profesión en forma liberal, representando a las personas con discapacidad en los reclamos ante las obras sociales, en los amparos por salud, y en todos aquellos pedidos relacionados con el incumplimiento de sus derechos.

Gran parte de los integrantes de este equipo docente hemos realizado el Posgrado llamado Programa de Actualización en Discapacidad y Derechos, donde obtenemos una formación integral e interdisciplinaria a través de los docentes provenientes de diferentes especialidades como la abogacía, medicina, psicología, arquitectura, educación, entre otras. Asistimos a las reuniones mensuales que realiza la Comisión de Discapacidad perteneciente al Programa Universidad y Discapacidad. Coordinamos mesas de debate y exponemos ponencias en las Jornadas Nacionales sobre Discapacidad y Derechos que se realizan anualmente en la Facultad de Derecho. Asimismo, participamos en las Jornadas sobre Enseñanza del Derecho que se realizan anualmente también en la facultad, y en las cuales se presentan trabajos relacionados con la docencia y la discapacidad.

Durante el dictado de las ya mencionadas capacitaciones en discapacidad se intenta realizar un trabajo coordinado entre el docente a cargo del módulo y el que dará la clase especial, con el objetivo de dejar instalado el tema en el aula. De este modo, al haberse presentado la temática, se propicia que la cuestión pueda ser abordada con mayor profundidad durante el desarrollo de la cursada. El propósito de este acercamiento a los cursantes de los módulos pedagógicos es brindarles la información suficiente para que sepan cómo actuar o a quién dirigir la consulta, en el caso de tener como alumno a una persona con discapacidad. Y en ese supuesto se analizará si requiere alguna adecuación en la forma de dar clase o en el proceso de evaluación.

Vale aclarar que esta formación está dirigida a los abogados que son auxiliares en la Facultad de Derecho y que han rendido el ingreso a la cátedra en la que se desempeñan como ayudantes. En la mayoría de los casos, hay una recepción positiva en el momento que se brinda esta clase informativa. Algunos manifiestan no tener ningún conocimiento sobre la discapacidad, otros plantean situaciones de casos reales que les ha tocado vivir y en menor cantidad suele haber un grupo que está al tanto de los dispositivos que tiene la facultad y de las posibilidades que existen. Es habitual que se produzcan en esos encuentros intensos intercambios de opinión que evidencian diferentes posturas, desde los que creen que la universidad no debería ser accesible para todos hasta los que plantean tener consideración y ser más flexibles al momento de las evaluaciones. Es un gran riesgo caer en la tentación de aprobar a un estudiante tomando en cuenta la dificultad que tiene, el esfuerzo que ha realizado para asistir a clase y rendir los exámenes y porqué no, la pena que suele aparecer en muchos casos.

La accesibilidad a la universidad y las adecuaciones a las que me refiero tienen que ver con la equiparación, con lograr que un estudiante con discapacidad curse las materias y sea evaluado en igualdad de condiciones que el resto de los estudiantes, independientemente de las adecuaciones que deban realizarse para ello. Justamente las adecuaciones no son un camino para otorgar alguna clase de excepción, sino para colocar al alumno en una situación de igualdad. Sería una actitud poco responsable que un docente apruebe alumnos basándose en la pena o el esfuerzo y no en el rendimiento académico que corresponde al nivel universitario. Esta actitud condescendiente de algunos es motivo de queja y preocupación en algunos estudiantes con discapacidad. También es cierto que muchos docentes plantean que carecen de información y conocimientos para abordar un tema tan complejo como éste. Un primer paso para que las cuestiones referidas a los alumnos con discapacidad no resulten tan ajenas es acercar el tema a través de las charlas informativas y habilitar el canal de comunicación con el Programa Universidad y Discapacidad. En la página web de la Facultad de Derecho se encuentra toda la información sobre su creación y funcionamiento. Asimismo, a través del abordaje de los distintos contenidos en las materias de grado que dictamos instalamos en los futuros abogados cuestiones básicas y fundamentales sobre los derechos de las personas con discapacidad.

Al hablar de accesibilidad a la universidad de las personas con discapacidad es habitual pensar en el acceso edilicio, pero ese no es el único aspecto a tener en cuenta. Las condiciones de accesibilidad que tienen que ver con cuestiones como la comunicación, las actitudes o el trato no resultan en un primer momento tan evidentes como un tema a resolver y son actualmente las que se encuentran en mayor grado pendientes. “La accesibilidad es una categoría interdisciplinaria que se fue construyendo durante décadas, junto al propio concepto de discapacidad. Las Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad (Resolución 48/96 adoptada el 20 de diciembre de 1993 por la Asamblea General de la ONU) incluyen específicamente el concepto accesibilidad, que puede resumirse como “las condiciones ambientales y materiales y a los servicios de información y comunicación” se trata de un medio indispensable para la promoción de la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad...”[8]

En parte, uno de los objetivos de esta formación en discapacidad tiene que ver con ampliar la mirada de los docentes sobre la discapacidad, que es un tema que tiene numerosas capas, y es sobre lo que no es obvio donde hay que poner especial énfasis. Un tema prácticamente inevitable que surge es la existencia de prejuicios y preconceptos, que en la mayor parte de los casos tienen que ver con el desconocimiento del tema. Es por ello que resulta preciso darles a estas charlas informativas una importancia relevante en pos de la construcción de una universidad accesible.

“Las universidades todavía necesitan realizar muchas adecuaciones con el objeto de eliminar barreras para las personas con discapacidad. Entre las principales tareas, está la de disolver prejuicios. En tal sentido, una de las nociones prejuiciosas más generalizadas entre los docentes es que aquellos estudiantes que piden adecuaciones por discapacidad están tratando solapadamente de obtener una ventaja indebida. Así, hay colegas que asocian de forma equivocada el pedido de adecuación metodológica a una reducción de contenidos o de los estándares de exigencia en la evaluación de conocimientos. Trataré de demostrar que no es necesariamente así y que podeos promover la igualdad de oportunidades en la educación universitaria a través de los métodos de enseñanza.”[9]

Otro aspecto de la docencia relacionado con la discapacidad que es motivo de inquietudes y en algunos casos de controversia, es la instancia de evaluación, que puede requerir también de adecuaciones. La evaluación no se encuentra separada del proceso de aprendizaje, no es independiente de él, sino que forma parte de ese complejo proceso de enseñanza y aprendizaje. 

La evaluación no es ni puede ser un apéndice de la enseñanza ni del aprendizaje. En la medida en que un sujeto aprende simultáneamente evalúa, discrimina, valora, critica, opina, razona, fundamenta, decide, enjuicia, opta…entre lo que considera que tiene un valor en sí y aquello que carece de él. Esta actitud evaluadora, que se aprende, es parte del proceso educativo que, como tal, es continuamente formativo.”[10]

Y vuelve a aparecer el prejuicio de creer que el estudiante con discapacidad no podrá aprobar, no sabrá expresarse, no comprenderá las consignas. Y esto se enfrenta al desconcierto de un docente, que, en el caso de no estar asesorado o formado al respecto, no sabrá cómo actuar ni que alternativas considerar. 

“Lo que procuro en estos espacios de formación con los docentes es romper estereotipos que asocian la evaluación a un instrumento de control, armado y prefijado de antemano. Propongo desestructurar un esquema, en definitiva, provocar en el docente un desorden o una perturbación para que se anime a ver otras alternativas. El control está asociado a la homogeneidad, mientras que, si pensamos la evaluación de los aprendizajes como proceso, debemos mirar la heterogeneidad y las diferencias…Cuando los docentes pueden ver la evaluación como un espacio más del proceso de aprendizaje, generan y proponen instrumentos de evaluación enriquecidos, los convierten en espacios significativos e inclusivos.”[11]

Así, el recurso antedicho que la Facultad ofrece de Acompañamiento Pedagógico a Cátedras, brinda asesoramiento a efectos de encontrar respuestas y soluciones a cuestiones pedagógicas que surgen en la docencia en forma cotidiana.[12]

Aquellos docentes que desean información sobre la formación docente y sobre el Programa Universidad y Discapacidad pueden ingresar a la página web de la Facultad de Derecho.[13] Una vez recibida la consulta de un docente sobre sus inquietudes frente al estudiante con discapacidad, se organiza un encuentro para analizar la situación y buscar alternativas. En algunos casos el contacto recién se produce cuando llega el momento de la evaluación, y en otros desde el momento que se toma conocimiento de la necesidad de realizar adecuaciones. Las adecuaciones durante la cursada no suelen ser tan complicadas, pero requieren el compromiso y decisión del docente de modificar durante ese cuatrimestre su manera de dar clase. Estos cambios pueden ser hasta imperceptibles como por ejemplo: permitir que el alumno grabe la clase o facilitar el material de clase con antelación.

“En la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, tuvimos el caso de Elena Cunningham, quien logró graduarse rindiendo más de la mitad de la carrera a través de exámenes libres. Elena tenía una enfermedad grave y progresiva que la obligaba a estar todo el tiempo en cama. Podía movilizarse solamente en camilla, lo cual requería de la asistencia de enfermeros y una ambulancia. Por lo tanto, solicitaba que los profesores concurrieran a tomar examen libre a su domicilio, lo cual le permitió rendir y aprobar las materias, hasta recibirse de abogada.”[14]

Un docente sin la formación suficiente para estar al frente de un curso puede convertirse en una barrera difícil, sino imposible, de vencer para un alumno con discapacidad. Una actitud distante del docente conspira contra la posibilidad de acercarse de todos los alumnos, mucho más para los alumnos con discapacidad. Y el primer paso para avanzar en la inclusión dentro del aula es que haya una buena comunicación entre docente y alumno, lo que permitirá que logren el entendimiento para avanzar en las adecuaciones. Es preciso establecer que al pensar en realizar adecuaciones no se está buscando otorgar excepciones en el desempeño académico. Al contrario, si pensamos en el derecho de las personas con discapacidad a estudiar en la universidad, buscando la igualdad, la equiparación de derechos, no podemos permitirnos contemplar la posibilidad de resignar la formación académica. Adecuar no implica aceptar un rendimiento menor al exigido por la universidad. Es imprescindible contar con docentes formados a través de los talleres pedagógicos y que además tomen conocimiento del tema discapacidad y derechos, será necesario contar con todos los recursos que surgen de la capacitación para llevar adelante la importante tarea de dar clase y especialmente en aquellos casos en que haya un alumno con discapacidad en el curso.

Conclusión [arriba] 

Este trabajo ha tenido la intención de plantear la formación docente como uno de los caminos más importantes hacia la accesibilidad en la universidad para las personas con discapacidad. Hay varios aspectos que resultan fundamentales en la construcción de una universidad en que la equiparación de oportunidades sea factible. La formación pedagógica, que, si bien no es obligatoria formalmente, surge como una necesidad imperiosa, no sólo pensando en cuestiones ligadas a la discapacidad, sino en términos generales, por la responsabilidad que significa estar al frente de un curso universitario. Desde mi punto de vista la capacitación es una obligación que tiene que ver con el compromiso que se asume frente a la importante tarea de enseñar.

Al hablar de equiparación de oportunidades de las personas con discapacidad no hay que pensar en que tengan privilegios o una exigencia menor que el resto de los estudiantes. La igualdad tiene que ver con tener las mismas posibilidades de asistir y transitar por una carrera universitaria. Y para eso se necesita del accionar de la universidad y también del estudiante con discapacidad. La equiparación de oportunidades a la que me referí a lo largo de este trabajo no coloca al alumno con discapacidad en una posición de espera de soluciones, sino que le exige tomar la iniciativa para plantear requerimientos y necesidades y para realizar el esfuerzo de estudiar y formarse acorde con la exigencia académica que plantee la carrera elegida. Ya he mencionado que la comunicación entre docente y alumno es indispensable y es el estudiante con discapacidad, que en pleno ejercicio de su autonomía, debe poner en conocimiento de sus docentes que modificaciones requerirá para la cursada y posterior evaluación.

A través del Programa Universidad y Discapacidad de la Facultad de Derecho, y de los cursos del ciclo profesional orientado (CPO) y el Práctico de la carrera de Abogacía, así como del Programa de Actualización en Discapacidad y Derechos, se realiza una labor permanente de difusión y concientización sobre los derechos de las personas con discapacidad. El Centro para el Desarrollo Docente a través de los talleres de formación pedagógica se ocupa de brindar capacitación en temas de discapacidad a quiénes asisten a los mismos y se ocupa de asesorar por medio de un equipo interdisciplinario a aquellos que se acercan a plantear una inquietud cuando tienen un alumno con discapacidad. 

Es una ardua tarea la de difundir los derechos de las personas con discapacidad en la universidad. La equiparación de derechos, la inclusión, la accesibilidad en el sentido más amplio requiere de un compromiso con la formación. La instancia de concurrir a los talleres pedagógicos tiene importancia por varias razones:

a) por la acreditación de puntaje al momento de presentarse a concurso por un cargo docente

b) por la adquisición de conocimientos pedagógicos y didácticos indispensables para perfeccionar el rol docente

c) por la capacitación y comprensión de los temas relacionados con la discapacidad

Pero más allá de lo dicho, fundamentalmente aporta el enriquecimiento personal y profesional que se adquiere en el intercambio y la relación que se produce con el resto de los colegas que asisten a los cursos. Ese diálogo, ese intercambio de opiniones, experiencias y posturas que se produce en el espacio compartido contribuye a la construcción de conocimiento, a adquirir una nueva mirada sobre temas que se desconocen o se rechazan, a ampliar el universo de opciones al momento de tomar decisiones que hacen al proceso de enseñanza y a la consolidación de una universidad con igualdad de oportunidades.

 

Bibliografía [arriba] 

Celman, Susana, ¿Es posible mejorar la evaluación y transformarla en herramienta de conocimiento?, en Camilloni A. y otros: La evaluación de los aprendizajes en el debate didáctico o contemporáneo, Buenos Aires, Paidòs, 1998.

Fischman, Fernando y Seda, Juan Antonio (comps), Formación pedagógica en Derecho - Procesos comunicativos y recursos didácticos, Miño y Dávila Editores, 2011.

Litwin, Edith, El oficio de enseñar, Buenos Aires, Paidòs, 2008.

Pitrau, Osvaldo, La pedagogía alternativa, Revista Derecho de Familia, Tomo 11, Pág. 147, 1997

Rinaudo, María Cristina y Suillari, Rosana - El aprendizaje en las aulas universitarias en Revista IRICE Nº 14; Universidad Nacional de Río Cuarto, Córdoba, 2000.

Seda, Juan Antonio, Discapacidad y Universidad – Interacción y respuesta institucional. Estudio de casos y análisis de políticas y legislación en la Universidad de Buenos Aires, EUDEBA, 2014.

Seda, Juan Antonio (compilador), Discapacidad y Enseñanza Universitaria – Reflexiones y experiencias pedagógicas en la Universidad de Buenos Aires – EUDEBA, 2015

Seda, Juan Antonio (compilador), La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad – Avances, Perspectivas y Desafíos en la Sociedad Argentina - Proyecto UBANEX Discapacidad e igualdad: asesoramiento, patrocinio jurídico y difusión de derechos – COPIDIS – EUDEBA, 2017.

 

 

Notas [arriba] 

[1] Expte. Nº 608.837/7, Resolución Nº 3481, Universidad de Buenos Aires
[2] Expte. Nº 608.837/7, Resolución Nº 3481, Universidad de Buenos Aires
[3] Expte. UBA Nº 268/2015, Resolución Nº 3667/15
[4] Estatuto de la Universidad de Buenos Aires
[5] Biblioteca, Sala Multimedia (dispone de software de lectura para ciegos), Dirección de Asuntos Estudiantiles (recibe al alumno con discapacidad en el ingreso a la Facultad y le brinda atención personalizada y orientación a lo largo de la carrera)
[6] Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
[7] Aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006. Suscripta por la República Argentina y ratificada por la Ley Nº 26.378 en junio del año 2008.
[8] Seda, Juan Antonio, Capítulo 4, Accesibilidad y barreras en “Discapacidad y Universidad – Interacción y respuesta institucional. Estudio de casos y análisis de políticas y legislación en la Universidad de Buenos Aires”, EUDEBA
[9] Seda, Juan Antonio, Capítulo 1, Discapacidad y educación universitaria en “La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad – Avances, Perspectivas y Desafíos en la Sociedad Argentina”, Juan Antonio Seda (Compilador). Proyecto UBANEX Discapacidad e igualdad: asesoramiento, patrocinio jurídico y difusión de derechos. COPIDIS. EUDEBA
[10] Álvarez Méndez, en Camilloni y otros: La evaluación de los aprendizajes en el debate didáctico contemporáneo, Buenos Aires, Paidós, 1998
[11] Muga, María Alejandra, Capítulo 3, Evaluación de los aprendizajes y discapacidad en “Discapacidad y Enseñanza Universitaria – Reflexiones y Experiencias Pedagógicas en la Universidad de Buenos Aires, Juan Antonio Seda (Compilador), EUDEBA, 2015
[12] Resolución 1241/11, UBA, Art. 1º, Aprobar el proyecto de Acompañamiento pedagógico a cátedras, elevado por la Dirección de Carrera y Formación Docente, que corre adjunto al presente.
[13] www.d erecho .uba.ar
[14] Seda, Juan Antonio, Capítulo 1, Debates en relación con la educación universitaria de personas con discapacidad en “Discapacidad y Enseñanza Universitaria – Reflexiones y Experiencias Pedagógicas en la Universidad de Buenos Aires, Juan Antonio Seda (Compilador), EUDEBA, 2015