Novedades europeas sobre protección del consumidor
Martina Lourdes Rojo (LLM)*
Introducción [arriba]
El comienzo de los actos relevantes de la protección de consumidores en Europa se reconoce con la “Carta Europea de protección de los consumidores” de 1973 (res. 543/73 emitida por la Asamblea Consultiva del Consejo de Europa) que establecía en su art. 100–A que la Comisión debía proponer medidas con el objetivo de proteger a los consumidores, tomando como base “un nivel de protección elevado” (Sahian, 2020).
Pero es en 1986 cuando se establecen los derechos de los consumidores en el “Acta Única Europea”, (que contribuyó a la institución de la Unión Europea cinco años después) donde se señala que se deben proponer medidas para proteger a los consumidores, “con un nivel de protección elevado”. Luego el “Tratado de Maastricht” en 1992 consagró la protección de los consumidores como uno de los principios de la Comunidad (art. 3, letra s) y en el art. 129–A.
Por su parte, en 1997, el “Tratado de Ámsterdam” en su art. 153 (correspondiente al anterior art. 129–A), señala que:
“para promover los intereses de los consumidores y garantizarles un alto nivel de protección, la Comunidad contribuirá a proteger la salud, la seguridad y los intereses económicos de los consumidores, así como a promover su derecho a la información, a la educación y a organizarse para salvaguardar sus intereses” (apartado 1), exigiendo que “al definirse y ejecutarse otras políticas y acciones comunitarias se tendrán en cuenta las exigencias de la protección de los consumidores” (apartado 2).
En las décadas posteriores la protección de los consumidores se fue afianzando para centrarse en cuatro objetivos: 1) Protección de la salud y la seguridad: procurar que los productos sean seguros (seguridad de productos, seguridad alimentaria) ; 2) Información clara, exacta y coherente: para poder tomar mejor las decisiones de consumo; 3) Acceso a vías rápidas y eficaces de solución de litigios con los proveedores de bienes y servicios; 4) Adecuación de los derechos de los consumidores a los cambios económicos y sociales, y la protección consumidores más vulnerables (desistimiento en las compras a distancia, garantías, derechos financieros).
Tomando como base jurídica los arts. 114 y 169 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), sumados al art. 38 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea se busca que los consumidores de la UE gocen de un nivel común elevado de protección contra los riesgos y amenazas para su seguridad y sus intereses económicos, así como aumentar la capacidad de los consumidores para defender sus propios intereses (Weatherhill, 2013).
La política europea se articula a través de la aprobación de “Directivas” y “Reglamentos”. A ello se suma una articulación cooperativa a nivel regional y de los países miembros.
También hoy, la Comisión Europea, sostiene la importancia de que la UE se convierta en pionera de la transición hacia un planeta sano y un nuevo mundo digital. Para ello, los consumidores deben ser la fuerza motriz detrás de la transición verde y digital.
Pero estos objetivos chocan con la realidad de distintos problemas de cumplimiento efectivo de las normas.
Dos iniciativas relativamente recientes buscan avanzar en la protección a los consumidores: la “Red de Centros Europeos del Consumidor” y la celebración anual de las “Cumbres Europeas del Consumidor”, veamos de qué tratan.
I. La “Red de Centros Europeos del Consumidor” [arriba]
Existe a nivel europeo desde 2005 una “Red de Centros Europeos del Consumidor,” creada por la Comisión Europea con el objetivo de ofrecer información y asistencia en materia de consumo transfronterizo a todos los ciudadanos que residen habitualmente en la Unión Europea (UE), Islandia y Noruega.
La red se integra con centros en los países miembros y publica orientaciones y asesoramiento sobre los problemas frecuentes de los consumidores.
La organización interna de cada centro varía según su estructura y cada país: Pueden depender de un organismo público o una asociación de tipo “derecho privado sin ánimo de lucro”.
La Red ECC-NET está cofinanciada por los Estados miembros y la Comisión Europea. Está desempeñando un papel importante asesorando a los consumidores en el contexto del COVID-19 en 2020 y 2021 (UE, s.f.).
Posee una plataforma ODR para reclamar ante problemas entre consumidores y empresas de la UE, Noruega, Islandia y Liechtenstein relacionados con compras online y una aplicación Travel App ECC-Net que proporciona información legal y ayuda de idioma para situaciones de viajes entre el territorio señalado (CEC, s.f.).
II. Cumbres europeas del consumidor [arriba]
Las “Cumbres europeas del consumidor” se celebran desde el año 2008 y reúnen a varios cientos de participantes que representan al Parlamento Europeo, a la Comisión, a los gobiernos nacionales, a las asociaciones de consumidores y de empresas, a las autoridades reguladoras y a los Centros Europeos del Consumidor, entre otros stakeholders o actores clave.
A) La “Cumbre europea del consumidor” del año 2020
A fines de enero de 2020 se celebró en Bruselas la “Cumbre Europea del Consumidor 2020” con dos temas centrales: la transformación digital y el desafío climático con una asistencia de más de 500 expertos de todos los Estados miembros, tanto del gobierno, academia, empresas como ONGs y periodistas.
El objetivo era comenzar a configurar la futura Política Europea del Consumidor en una agenda estratégica en torno al consumo sostenible, la digitalización, la aplicación efectiva de las normas, la revisión de las regulaciones financieras y una mejor cooperación de las partes interesadas a nivel nacional y europeo, para empoderar a los consumidores en la transición digital y ecológica.
En la Cumbre 2020 se conversó sobre las formas más adecuadas de defender los derechos de los consumidores en el ámbito de las tecnológicas financieras (conocidas como Fintech) cuya rápida evolución plantea un gran desafío. También se habló sobre el sobreendeudamiento y el préstamo responsable, intentando pensar cómo se puede ayudar al consumidor a escapar de la espiral de deuda y determinar si en este proceso se trata al deudor con la suficiente dignidad y respeto por sus derechos.
El primer panel buscó responder a la pregunta "¿Cómo contribuirá la política de los consumidores a las futuras prioridades de la UE?".
Los panelistas pusieron énfasis en la protección y seguridad del consumidor, riesgos y oportunidades de compras en línea y la aplicación del nuevo acuerdo verde. También se destacó la importancia del re-call de productos.
El segundo día se debatió la forma en que la educación, las políticas de la UE (reguladoras o no) y los recursos deben aplicarse en los países de la UE para garantizar que las personas vulnerables no se queden atrás. También hablaron sobre cómo la educación temprana puede tener un impacto positivo en los niños
Entre los principales retos y cuestiones a abordarse, el Comisario Reynders insistió en: las acciones colectivas (que todavía no existen en varios países europeos), el cambio climático y desarrollo sostenible (como combatir el greenwashing o malas prácticas de las empresas que presentan un producto o servicio como respetuoso del medio ambiente cuando en realidad no lo es), empoderar a los consumidores para que consuman en forma mejor y más sostenible (por ejemplo, impulsando la reparación de objetos y contra la obsolescencia planificada).
Un tema compartido por varios panelistas fue la creciente digitalización de nuestras sociedades y la necesidad de control sobre la inteligencia artificial y la toma de decisiones automatizada. Las mismas necesitan reglas más claras para aprovechar los beneficios y minimizar los aspectos negativos de estas tecnologías. Asimismo, se habló mucho de las compras en línea, que traen nuevos desafíos como falsificaciones, estafas, venta de mercancías peligrosas, problemas de precios y de crédito, frente a los cuales todos los consumidores somos vulnerables y algunas personas lo son en forma más agravada (personas que en nuestra región llamamos hipervulnerables).
En el workshop sobre financiamiento se estimó necesario: armonizar la definición de solvencia (crediworthiness), acordar qué datos son estrictamente necesarios para verificar la solvencia de un prestatario (ingresos, capacidad de gestión monetaria/ahorro, compromisos financieros en curso, como otras deudas); mantener los datos del historial crediticio bajo control y control públicos (como en el caso de Bélgica); aclarar la diferencia entre la solvencia y los perfiles de riesgo crediticio y la evaluación del riesgo; utilizar datos que no puedan ser fácilmente falsificados y de alta calidad (no datos de las redes sociales, por ejemplo); exigir a cada Estado miembro que emita un folleto que los proveedores de servicios financieros están obligados a dar a los consumidores en caso de que su préstamo sea rechazado, con alternativas en la búsqueda de asistencia financiera (servicios sociales, préstamos sociales, etc.) (Andalucia informacion, s.f.).
B) Consultas de la Comisión Europea del año 2020
De mayo a octubre del año 2020 la Comisión efectuó una consulta online para recabar las aportaciones de una amplia gama de partes interesadas, incluidos los consumidores (también vulnerables) y las organizaciones de consumidores; las autoridades públicas, los proveedores de créditos, las asociaciones industriales, las empresas que producen y venden productos de consumo (bienes y servicios), los distribuidores e importadores y el sector de la reparación; las grandes plataformas en línea y otros intermediarios en línea.
La consulta incluía a las asociaciones profesionales, las organizaciones de normalización, los sistemas de certificación y etiquetado, las organizaciones de personas con discapacidad y personas mayores, y los homólogos internacionales (autoridades de seguridad de los productos en los países no pertenecientes a la UE o el EEE); las ONG, los investigadores y académicos, los grupos de expertos de la Comisión, así como los miembros del Parlamento Europeo, otras instituciones de la UE y los Parlamentos nacionales.
La Comisión Europea quería recabar las opiniones del público sobre cuatro iniciativas de la política de los consumidores de la UE que tenía previsto proponer en una nueva “Agenda de los Consumidores”. Un nuevo marco estratégico de la UE para la política de los consumidores, con cinco ámbitos fundamentales prioritarios que tendría en cuenta también el impacto de la pandemia de COVID-19 en los consumidores:
1. La capacitación de los consumidores en las transiciones verde y digital,
2. La protección de los consumidores vulnerables,
3. El ejercicio de los derechos de los consumidores, y
4. La cooperación internacional.
La nueva Agenda también incluía la revisión de dos Directivas:
a. La Directiva relativa a los contratos de crédito al consumo (2008/48/CE): su reciente evaluación había puesto de manifiesto varios problemas que dificultan su funcionamiento, en particular en lo que se refiere al ámbito de aplicación, el suministro de información y la evaluación de la solvencia.
b. La Directiva relativa a la seguridad general de los productos (2001/95/CE): para su actualización en consonancia con los retos que plantean las nuevas tecnologías y la venta en línea.
C) La “Cumbre europea del consumidor” del año 2021
El 15-03-21, se celebró la “European Consumer Summit 2021” organizada por la Dirección General de Justicia y Consumo de la Unión Europea y celebrada virtualmente desde Lisboa. Fue la primera vez que era organizada en conjunto por un estado miembro (Portugal) y la Comisión y en forma virtual.
Más de 700 participantes de toda Europa, estuvieron presentes en la Cumbre Europea del Consumidor 2021 por teleconferencia. Los asistentes representaban no sólo a los consumidores sino también a la clase política, autoridades nacionales, el mundo académico, empresas y otros sectores interesados.
En la cumbre se subrayó que la globalización del mercado, debido a la digitalización, "no ha ido acompañada de una globalización de las normas de protección de los consumidores, que siguen teniendo carácter nacional." (Europa press, s.f.). Una frase que se enfatizó fue: “Las reglas deben ser globales para ser efectivas”.
El primer tema de debate fue la cooperación internacional para la protección del consumidor.
La Secretaria General actuante de la UNCTAD, Isabelle Durant, señaló que la cooperación internacional global es necesaria y no solo a nivel europeo. Y que esto aún no se ha logrado. Por ejemplo, por barreras lingüísticas y de legislación. Destacó el valor de las Directivas de la ONU como herramienta, junto a otros instrumentos jurídicos, para la protección transfronteriza del consumidor.
Como invitado, por la Unión Africana, habló Hassan Hussein y dijo que, a nivel continental, los países de la UA solamente están a nivel de brainstorming para crear bases generales de protección al consumidor. Por ello están interesados en la cooperación internacional en este tema.
Por su parte, la Directora General de BEUC, Monique Goyens, quien representa esta importante red de asociaciones de defensa del consumidor a nivel europeo, destacó que los mercados son globales pero la legislación de defensa del consumidor sigue siendo territorial y eso trae importantes consecuencias. E instó a que esa brecha sea resuelta. Los motivos que sostuvo fueron, primero porque nos estamos moviendo a una economía digital. Y en este entorno, las empresas no tienen siempre domicilio en la UE y no tienen siempre la intención de proveer soluciones espontáneamente.
Otro problema que destacó es el de productos riesgosos que se producen fuera de la UE y que se venden online y llegan a la UE. Las autoridades de la UE deben evitar que esos productos lleguen a Europa y si llegan hacer re-calls o indemnizar a los consumidores. Además, comentó que muchos problemas de los consumidores son regulados por legislaciones de distintos sectores (es decir que son “transectoriales”) pero que las autoridades de aplicación a veces no tienen competencia para intervenir. Por ello no solamente es necesaria una cooperación internacional sino también una cooperación interna entre autoridades de distintos sectores de la Economía. También instó a dejar de lado la idea de que la protección al consumidor es una barrera al comercio. El comercio debe ser una herramienta para mejorar los derechos de los consumidores a nivel global. Asimismo, los gobiernos deben abrirse a trabajar con las asociaciones de consumidores y considerar a las asociaciones como aliadas en el “enforcement” porque son ellas quienes saben lo que está funcionando mal para los consumidores.
Para Luca Cassetti, Secretario General de “Ecommerce Europe”, la cooperación internacional puede ayudar a hacer al comercio electrónico más seguro porque este sector hoy incluso se ocupa de proveer bienes de primera necesidad debido a la pandemia.
Posteriormente, la vice-chair de la comisión IMCO del Parlamento Europeo[1] Maria Manuel Leitão Marques enfatizó que la política de defensa del consumidor de Europa va a orientarse a la seguridad del consumidor en el contexto global y que en el campo de la cooperación internacional buscará un plan de acción con China para mejorar la cooperación por la seguridad de productos vendidos online. Ello porque, en 2019, el 64% de las alertas RAPEX fueron principalmente de productos que se fabrican fuera de la UE, especialmente en China. También dijo que el Parlamento Europeo va a promover una mayor cooperación en este sentido a nivel internacional y un ambicioso acuerdo global de comercio en comercio electrónico, para mejorar la seguridad de los productos comercializados online. También señaló que se está trabajando para construir capacidad en actividad de regulación de los mercados en los países, dentro y fuera de la UE.
Didier Reynders, comisionado por la Justicia cerró la sesión y confirmó que se sigue trabajando el tema de la protección de los consumidores en el diálogo transatlántico y con China, como así también la OCCE y en la ONU. También dijo que van a seguir tejiendo redes con terceros países en temas como seguridad de productos y protección de los derechos de los consumidores en general, y la protección de la información personal de los consumidores (data protection). Reynders presentó cinco conclusiones principales:
1) que debe haber el mismo nivel de protección para el consumidor que opera online como para el que opera en el mundo físico, para tener productos seguros y sustentables.
2) que a nivel internacional la UE va a seguir conversando en la ONU, la OCDE y otros organismos internacionales para desarrollar por ejemplo nuevos estándares internacionales.
3) que debe profundizarse la regulación sobre la responsabilidad de las plataformas.
4) Que hay que desarrollar verdaderos programas para las personas con vulnerabilidades como los niños, las personas con discapacidad y las personas con problemas financieros.
Luego se desarrollaron 4 talleres paralelos sobre las prioridades operativas en la agenda del próximo año.
Taller 1: “COVID-19 pandemia. Ocupándonos de los impactos más urgentes en la protección del consumidor”. Se fijaron tres deberes transcendentales para las autoridades:
1. Los Estados Miembros han de asegurar que los consumidores obtienen el reembolso por sus viajes cancelados (no solo por tours, también por pasajes).
2. En relación con las estafas al consumidor en las compras por internet y las prácticas comerciales desleales, la legislación de la Unión Europea ha de establecer claras responsabilidades para las plataformas para prevenir y reaccionar ante las estafas a los consumidores que se llevan a cabo por parte de las empresas y comerciantes usuarios de las citadas plataformas.
3. Debe darse apoyo financiero a los consumidores, a los consumidores con mayor vulnerabilidad financiera, por ejemplo, con mayores plazos, moratorias e imposibilidad de remates sobre todo a aquellos cuya vulnerabilidad ha salido a la luz o ha empeorado como consecuencia de la pandemia (OCU, s.f.).
Taller 2: “Consumo más verde. ¿Cómo acelerar las opciones verdes?”. Se dijo que se deben adoptar estándares comunes en el análisis de la gestión del lifecycle de los productos. La gestión del ciclo de vida de productos? (en inglés, Product Lifecycle Managemen, PLM) que es el proceso que administra el ciclo de vida completo de un producto desde su concepción, pasando por su diseño y fabricación, hasta su servicio y eliminación. También hablaron sobre los criterios aplicables a las green claims (demandas ambientales) y sobre iniciativas educativas sobre consumo sustentable.
Taller 3: “Los consumidores en la transformación digital ¿Cómo proteger a los consumidores, aprovechar los beneficios y contener los riesgos?”. SE sostuvo que hay que mantener una protección elevada de los derechos de los consumidores en sus operaciones tanto como en el mundo físico como en línea y que se debe promover la lealtad comercial entre las empresas del mercado común. Concretamente se propuso una capacitación anual sobre los desafíos de la economía digital con autoridades, empresas y otros stakeholders.
Taller 4: “El enforcement de la legislación de los consumidores. ¿Cómo desarrollar capacidades y herramientas para las autoridades y otros actores?”. En este taller las conclusiones fueron que se deben dar a las autoridades competentes las herramientas electrónicas adecuadas para la detección de infracciones en el entorno digital. Se habló del tema de los recursos económicos necesarios para las asociaciones de defensa del consumidor y para las autoridades, que es muchas veces el elefante en el salón en los casos de consumo. También se promovió la celebración de un taller sobre la nueva directiva europea de acciones colectivas y de la elaboración de un “Memorando de Entendimiento” que mejore la cooperación de todos los operadores del mercado.
El siguiente tema de debate fue la política del consumidor. Hugh Stevenson, Deputy Director de Protección Internacional del consumidor de la Federal Trade Commission (FTC) y Chair del Comité de Política de Consumidor (CCP) de la OCDE fue invitado a hablar desde EE.UU. Stevenson presentó las prioridades del comité de la OCDE que funciona desde hace 50 años y que coinciden con las de la UE. El comité reúne expertos de los gobiernos, de la sociedad civil y de países observadores. También explicó un nuevo proyecto sobre consumidores especialmente vulnerables en el entorno digital y destacó el rol de las redes internacionales en los re-calls de productos peligrosos.
Luego Simon Zajc, Secretario de Estado, del Ministerio de Desarrollo Económico y Tecnología de la República de Eslovenia habló sobre la política del consumidor en su país. Su intervención de incluyó principalmente porque Eslovenia serán la presidencia de la UE desde julio de 2021.
A continuación, se presentó la campaña mediática denominada “Your future. Your choice” que tendrá lugar desde marzo a mayo de 2021 con cuatro temas clave: consumo sostenible, educación en finanzas personales, seguridad en Internet y protección de la información personal. Uno de los videos señalaba que el 56% de los adultos de la UE experimentaron fraude online en los últimos dos años.
Finalmente se presentaron las conclusiones de los talleres en plenario y luego los asistentes votaron sobre sus preferencias en cuanto a la implementación de las propuestas presentadas.
El cierre de la Cumbre estuvo a cargo de Ana Catarina Fonseca, Directora General del Consumidor, Portugal recordó que el Consejo adoptó la nueva agenda del consumidor el 22 de febrero de este año con la visión, estrategia y prioridades sobre el tema. Debemos concentrarnos en transformar esta agenda en acciones concretas y operativas de protección a los consumidores.
Por su parte, Nils Behrndt, Director de Consumidores, Comisión Europea, Directorado General por la justicia y los consumidores hizo un resumen del día diciendo que la reunión procuraba crear apoyo a la nueva agenda europea de los consumidores fijada en noviembre de 2020 y publicada en febrero de este año 2021 y que los participantes habían brindado ese apoyo con discusiones muy interesantes y concretas y permitiendo una verdadera construcción de una agenda colectiva. Para marzo 2022 se establecerán acciones concretas de concreción de lo hablado hoy para obtener resultados concretos y tangibles en un año, como un follow-up (UE, s.f.).
III. “Nueva agenda del consumidor” 2020 a 2025 [arriba]
A) Su adopción
En su sesión del 22 de febrero de 2021, el Consejo de la UE aprobó el texto de las conclusiones sobre la «Nueva Agenda del Consumidor», que presenta una visión integral de la política de consumidores de la UE para los años 2020 a 2025[2].
El objetivo de las Conclusiones era proporcionar orientación política sobre el amplio abanico de medidas anunciadas por la Comisión en la Agenda, destacando la necesidad de integrar las preocupaciones de los consumidores en otras políticas sectoriales de la UE, como las relacionadas con las transiciones ecológica y digital. También hacer referencia a la importancia de la confianza de los consumidores para estimular la recuperación económica tras la crisis de la COVID-19. (Consejo general de la abogacia española, s.f.).
B) Su contenido
La “Nueva Agenda del Consumidor”, tiene por objeto responder a las necesidades de los consumidores durante la pandemia de COVID-19 y después de ella. Establece una visión a largo plazo hasta 2025 e introduce medidas concretas en cinco años y en cinco ámbitos clave para proteger a los consumidores y empoderarlos para que desempeñen un papel activo en la transición ecológica y digital.
Sus palabras de presentación dicen:
“Los consumidores europeos esperan, con razón, beneficiarse plenamente del mercado único y estar facultados para tomar decisiones informadas y desempeñar un papel activo en las transiciones ecológica y digital en todo momento y dondequiera que se encuentren en la Unión Europea (UE). Esperan gozar de libre acceso a bienes y servicios en toda la UE y tener la seguridad de que sus derechos como consumidores están protegidos, a pesar de los retos tradicionales y emergentes” (Consumer.ES, s.f.).
El Consejo de la UE respaldó las intenciones de la Comisión Europea respecto del abordaje de cuestiones tales como: el derecho de reparación, la protección de los consumidores en internet y fuera de internet, la seguridad de los productos y la prevención del endeudamiento excesivo en las próximas propuestas legislativas.
Particularmente, destacó la necesidad de coherencia y de una clara interacción entre la legislación de la UE sobre protección de los consumidores y la legislación de la UE sobre mercados digitales, con el fin de establecer un alto nivel de protección de los consumidores en lo que respecta a los derechos de los consumidores, el acceso a los bienes y servicios, incluidos los transfronterizos, la transparencia, la responsabilidad y un entorno digital seguro, y para aclarar y reforzar la responsabilidad de los intermediarios en línea, especialmente las plataformas en línea.
Asimismo, alentó la revisión de la Directiva sobre derechos de los consumidores con el fin de aclarar su aplicación a las nuevas prácticas comerciales, en particular en la economía digital y los medios sociales, y acogió con satisfacción la intención de la Comisión de desplegar un conjunto de herramientas electrónicas innovadoras, que deberían ayudar a los organismos pertinentes, como las autoridades nacionales y las organizaciones de consumidores, a detectar las prácticas comerciales ilegales en línea (Consejo general de la abogacía española, , s.f.).
Respecto a la “Transición ecológica”, se plateó un empoderamiento de los consumidores para que desempeñen un papel activo. En 2021 se presentará una propuesta para dotar a los consumidores de mejor información sobre la sostenibilidad de los productos y luchar contra prácticas como el blanqueo ecológico o la obsolescencia programada. La Comisión también promoverá la reparación y fomentará productos más sostenibles y “circulares”. Y como la transición ecológica no puede producirse sin las empresas, este organismo está decidido a trabajar con los operadores económicos para fomentar sus compromisos en apoyo del consumo sostenible, más allá de lo que exige la legislación.
La Comisión busca también una transformación digital sin prácticas abusivas. Para ello va a trabajar en actualización de los documentos orientativos acerca de la Directiva sobre las prácticas comerciales desleales y de la Directiva sobre los derechos de los consumidores, y analizará la necesidad de legislación adicional o de otras medidas.
Además, los intereses de los consumidores deben tenerse debidamente en cuenta a la hora de establecer las normas reguladoras de la economía digital y los requisitos de la inteligencia artificial (IA). Para ello se propondrá un acto jurídico horizontal por el que se establecen requisitos en materia de inteligencia artificial.
Para adaptar las normas actuales a la digitalización en curso y al aumento de los productos conectados, la Comisión también revisará la Directiva relativa a la seguridad de los productos.
Asimismo, como es necesario reforzar la protección de los consumidores ante la digitalización de los servicios financieros al por menor, se revisarán las Directivas sobre crédito al consumo y comercialización de servicios financiero
Aunque el respeto efectivo de los derechos de los consumidores es competencia de los Estados miembros, la Comisión asiste a los Estados a través de la coordinación de la labor ejecutiva de la red de cooperación en materia de protección de los consumidores (CPC), la cual presentamos anteriormente.
La Comisión actualmente se ha comprometió a brindar apoyo con instrumentos electrónicos innovadores para reforzar la capacidad de las autoridades nacionales de luchar contra las prácticas comerciales ilegales en línea y detectar productos inseguros.
Un tema clave, en el cual se viene insistiendo es el de las personas con vulnerabilidades agravadas. Determinados grupos de consumidores pueden ser especialmente vulnerables en determinadas situaciones y necesitan salvaguardias específicas, como los menores, las personas mayores o las personas con discapacidad. La Comisión estudiará los requisitos de las normas relativas a los artículos de puericultura y lo referente a las personas con vulnerabilidades financieras (Andalucia informacion , s.f.).
Conclusiones [arriba]
Se sostiene que las normas europeas de protección del consumidor europeo son buenas y completas. Sin embargo, voces expertas señalan desafíos como la diversidad lingüística y de culturas jurídicas, la forma y tipo de normas adoptadas (directivas de armonización mínima o máxima) y la aplicación efectiva del régimen de protección de los consumidores. Asimismo, sostienen que muchas veces lo que en realidad se busca es solamente el fortalecimiento del mercado común y no la protección del interés de los consumidores (Carvalho, 2006).
También, los representantes de los consumidores afirman que el problema muchas veces es el “enforcement”, es decir la aplicación efectiva de las normas y la judicialización de los asuntos que desvirtúan el marco de protección de los consumidores. Se han visto en Europa prácticas abusivas a gran escala que han afectado a un número elevado de consumidores de la región demostrando que sigue existiendo un bajo nivel de cumplimiento de parte de la legislación de la UE en materia de consumo (Facua, 2019).
Frente a ello, se han tomado iniciativas buscan obtener y mantener un nivel elevado de protección a los consumidores. Hemos presentado en este texto dos de dichas iniciativas: la “Red de Centros Europeos del Consumidor” y las “Cumbres Europeas del Consumidor”.
Un último punto para enfatizar es que en nuestro actual mundo globalizado el consumo de bienes y servicios es transfronterizo. Por ello, la cooperación internacional de la UE con otras regiones y países es crucial. La UE está elaborando en plan de acción con China buscando garantizar la seguridad de los productos vendidos en línea. A partir del próximo año, también se desarrollará el apoyo normativo, la asistencia técnica y el desarrollo de capacidades para las regiones asociadas de la UE, en particular en África. Con nuestra región continúa el tema del acuerdo en principio UE-MERCOSUR. No olvidemos incluir la defensa del consumidor en la mesa de conversaciones.
Notas [arriba]
* Profesora de Economía Política (USAL). Directora de la carrera Franco Argentina (USAL-Sorbonne)
[1] La Comisión IMCO es responsable del control y del análisis legislativo de las normas de la Unión en el ámbito del mercado único, que incluye el mercado único digital, las aduanas y la protección del consumidor.
[2] Documento 6364/21.
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