La gestión pública en tiempos del COVID-19: Nuevos desafíos
Alejandro Ríos Castro*
La administración pública fue pensada tradicionalmente como un gran volumen de papeles, formularios, sellos, múltiples procedimientos, ventanillas; Y muchas veces sin resolución o desistidos por sus interesados.
Todo ello se podría resumir en una palabra que resultará familiar: BUROCRACIA!!! El término proviene “Del francés Bureau, escritorio, oficina, o del griego Kratos, fuerza, poder, epistemológicamente significa gobierno de oficina.
El Diccionario de la Real academia la define como la influencia excesiva de los empleados públicos en los negocios del estado. Y también como clase social formada por empleados públicos”. Julio Cesar de la Vega (1990) DICCIONARIO CONSULTOR POLÍTICO. Buenos Aires. Librograf Editora.
La burocracia es un fenómeno reciente motivado por la formación de los estados modernos descentralizados, que adquiere verdadera fisonomía en todos los campos de la vida cotidiana.
Esto repensado en los últimos tiempos y sobre las exigencias de hacer administración pública, se trata de lograr mayor celeridad en sus trámites, mayor eficiencia en ellos y siempre dando una respuesta al ciudadano, que en última instancia fue un reclamo permanente de la sociedad civil.
Aquel ciudadano suele encontrarse apático a los procedimientos administrativos o por así decirlo, celoso al momento de realizar un trámite en alguna dependencia administrativa.
Entonces, a veces le resulta tortuoso la decisión de llevar a cabo un trámite y en los peores de los casos terminan desistiendo de ellos.
Parecía ser que los modelos tradicionales de hacer actividad administrativa, resultaban incuestionables y a ello se sumaban nuevos tipos de trámites que atendían a diferentes necesidades de la ciudadanía.
En una sociedad globalizada, las nuevas tecnologías llegaron para quedarse, sin olvidar que en sus comienzos algunos pocos o ciertos sectores sociales, económicos y culturales tenían acceso a las herramientas tecnológicas.
Pero que luego con el fenómeno de expansión del consumo resultaron accesibles para todos, lo que algún sector de la sociología denominó “La Era Digital o Sociedades Digital”.
En otros contextos, cultural, social y económico era una ilusión pensar en modernizar los procedimientos administrativos o revisar la forma de aquellos por su fuerte estandarización que tiene el Estado sobre la sociedad civil.
El ciudadano común juega un rol más activo desde el ejercicio de su ciudadanía, en un gobierno abierto que trata de legitimar sus acciones, para recobrar la confianza perdida y dejar de ser pensado aquel ciudadano como un destinatario de políticas públicas; para convertirse en un actor de cambio en la gestión pública.
Hay una ciudadanía más activa, organizada, crítica, y con nuevas necesidades a cubrir que responde a modelos complejizados.
Es así que el ejercicio de la ciudadanía se deja de identificar sólo con el acto de poder ejercer el derecho a voto: hoy se re-significó para participar en estos nuevos escenarios de transformación del estado.
La participación de la ciudadanía en un gobierno abierto solo se puede lograr si esta se encuentra empoderada es decir con el reconocimiento de sus derechos y su posibilidad real de hacerlos efectivos.
Algunos antecedentes normativos [arriba]
Sin agotar la extensión de este trabajo mencionaré algunos instrumentos jurídicos que acompañaron esta cosmovisión de hacer una administración pública más eficiente y la idea de un gobierno más abierto o electrónico.
Hago una salvedad que los instrumentos técnicos jurídicos siempre permanecen en el tiempo, pero a todo cambio el derecho sufre una insuficiencia si no es acompañado de un cambio cultural en las prácticas sociales de aquella que está destinado a regular.
El término de gobierno abierto no es un término nuevo, apareció en la década del 70 en el espacio público Británico.
Comenzó con una versión de dejar de lado ese modelo de gobierno cerrado para luego pasar “abrir sus puertas” y ser escrutado por los ciudadanos.
Esto implica derechos como el acceso a la información pública, el acceso a la misma sin restricciones, en condiciones de igualdad, entre los países pioneros encontramos Dinamarca, Noruega, (1970), Francia (1978), Corea del Sur (1998), Reino Unido (2000), México (2002), Argentina ley 27.275 (2016).
A nivel local que resulta de interés, en la Provincia de Córdoba se cuenta con un marco referencial en la Constitución Provincial en sus artículos 9, 15,51 y 144.
En otros documentos sancionados por la misma esfera se puede citar; la ley N 8853 sancionada el 06 de Octubre del 1999 que regula el acceso al conocimiento de los actos del Estado de la Provincia de Córdoba.
Ley Nº 10.618 de Simplificación y Modernización reforma a la ley Nº5350 (T.O Ley 6658) y su decreto reglamentario Nº 750 del 27 de Junio del 2019. Ley que demuestra una voluntad política y una cosmovisión de hacer administración pública y su puesta en valor.-
Esta norma incorpora nuevas herramientas que hacen a un gobierno electrónico, como el expediente digital (Art4); Firma Digital (Art.5); Domicilio electrónico administrativo (Art.6). Éste último artículo tan trascendental en los procedimientos administrativos y procedimientos judiciales a la hora de notificar una resolución o un acto procesal de manera eficaz y valida al destinatario.
La gestión a distancia (Art.7) esto hace alusión a que la administración propenderá de canales alternativos o medios electrónicos de comunicación entre los ciudadanos y la administración para que no se requiera la presencia e interacciones personales a los efectos de eliminar los trámites presenciales.
Un problema que siempre atravesó la actividad administrativa fue el enojo de los ciudadanos que concurrían hacer trámites que demandaban mucho tiempo, las reiteradas interacciones, las múltiples ventanillas por donde debía pasar el mismo, y en algunos casos terminaban con sobornos para “agilizar o que salga más rápido”.
El trámite deja de ser útil, eficaz desde el momento que requiere más de una interacción, porque eso indica que hay una mala comunicación, o una defectuosa información y falta de unificación de criterios en las diferentes unidades funcionales.
“No hay mejor trámite que el que no se hace”. Según, Benjamin Roseth, Angela Reyes, Carlos Santiso (2008), El fin del trámite eterno- Ciudadanía, Burocracia, y Gobierno Digital- New York- estados Unidos- Biblioteca Felipe Herrera del banco Interamericano del Desarrollo.
En algunas ocasiones en el desafío de modernizar los procedimientos administrativos, puede presenta un primer obstáculo que es el de no saber hacia adentro de la organización el catálogo de trámites que brinda un organismo determinado.
Por ello, luego de decidir a llevar adelante la digitalización de determinados servicios públicos es menester contar con un menú de guía de trámites que se realizan en una determinada dependencia, ya que hace a la unificación de criterios.
Similar plan de modernización y simplificación se dio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el 1 de Noviembre de 2017 por dec. 891/2017, en el cual se aprobó las buenas prácticas en el funcionamiento del Sector Público Nacional, que trata de simplificación normativa, mejora continua en los procesos y de un gobierno digital.
Esta simplificación normativa consiste en actualizar el inventario normativo, con clara tendencia a la reducción de su existencia como la eliminación de costos innecesarios,
En dicha Ciudad, con la ley Nº 14.828, se puso en marcha el Plan Estratégico de Modernización de la Administración Pública y con la ley Nº 3304 se implementó la modernización en el Estado.
Con fecha del 18/06/2018, la ley N 27.446 se consolidó dicho procedimiento de modernización con la implementación de la firma digital en la documentación electrónica derivada de los oficios judiciales. Salgan Ruiz Leandro G. (2018) Desafíos actuales del procedimiento administrativo frente a la de burocratización y simplificación normativa de la actividad del Estado. AR/DOC/3375/2018.
Hoy en los estrados judiciales de aquella gran ciudad como la nuestra, experimenta un profundo desarrollo en materia de actividad judicial con la implementación de las nuevas tecnologías.
Algunas experiencias [arriba]
Por citar algún evento internacional mencionaré un documento en el que tuve oportunidad de reunirme dictaminar un expediente que tenía en mi Área de trabajo.
En aquella oportunidad el usuario se apoyó entre los argumentos de su recurso que la solicitud del turno web para consulta de un expediente “trabado”, tenía efectos interruptivo de una perención de instancia en los términos del artículo nº 113 de la ley de Procedimientos administrativos nº 5350- T.O 6658.
En esa oportunidad me afirmé en la contestación aquel recurso en un documento denominado; la Carta Iberoamericana de Calidad de Gestión Pública X Conferencia Iberoamericana de Ministros de Administración Pública y Reforma del Estado Salvador 2008.
Esta se dio en el contexto de proponer una reforma al estado con nuevos desafíos para las sociedades post-industrial del siglo XXI, para retomar el crecimiento económico, disminuir a las desigualdades sociales, garantizando la inclusión social.
Se trataba de dejar planteado que la administración pública debía revisar su modelo de actuación para adaptarlos a los nuevos escenarios volviéndolos más eficaces y al servicio del bien común.
Por citar unos de sus artículos interesantes a este documento internacional en su articulado Nº 46 denominado Gobierno Electrónico “De conformidad con la Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico, la administración pública buscara la optimización de las tecnologías de la información y la comunicación, para la mejora y acercamiento del servicio a las necesidades ciudadanas, así como propia de la gestión pública. Para ello, tratará de facilitar múltiples modalidades de acceso y realización de trámites así como el intercambio documental y de información en ambos sentidos administración y ciudadanos”.
Como se puede advertir son mucho los consensos normativos que plantean una nueva forma de hacer administración pública, solucionar sus inconvenientes de morosidad, eliminando la discrecionalidad con las nuevas tecnologías y sobre todo tratar de reducir la corrupción que trae aparejado los trámites presenciales.
Esto convoca a una alfabetización de los destinatarios de estas nuevas políticas públicas como también a los miembros que componen una organización determinada.
Esto conlleva a revisar las practicas, eliminar los trámites innecesarios, contar también con un menú de trámites que se deban prestar, eliminar la mayor interacción de los ciudadanos con los agentes de cada dependencia administrativa y convocándolos a los canales de comunicación alternativos puesto a disposición.
Estos contextos actuales y retomando el título de esta presentación, es aquí la oportunidad de demostrar el desafío que tienen la implementación de las herramientas informáticas en la prestación de servicios públicos.
Para que estos sigan cumpliendo con sus caracteres de igualdad y regularidad, seguro que con este fenómeno de la pandemia del COVID- 19 vendrán muchos debates como la regulación del teletrabajo, contratación a distancia y un cúmulo de situaciones no previstas.
Algo que parecía de otras culturas, importado e impensado para nuestro modelo tradicional de hacer administración Pùblica.
Rol o nuevos perfiles del abogado [arriba]
Ya en el ámbito local hubo algunas muestras de la gestión a distancia, como fue el fuerte impacto para los letrados con la nueva versión del expediente digital, la firma digital, la prueba.
La academia o agencias de formación de operadores jurídicos siempre tuvo la cosmovisión de formar abogados litigantes, que recorrieran los pasillos de tribunales, a llevarse el expediente en soporte papel para la consulta en sus estudio, poder consultarlo en barandilla, a una interacción con el funcionario. Esto llama a redefinir el rol del abogado y el de abogar concretamente.
El compromiso también convoca a las universidades, A centro de estudios a replantear el perfil del profesional que se forma desde la institución, y de las demandas de los nuevos escenarios.
Muchos cuestionamientos o frustraciones de los egresados; es que no se sienten preparados para la inserción en el mercado para lo cual se formaron desde las agencias que transmiten conocimiento.
Estos nuevos contextos, nos convoca a revisar nuestras prácticas y a refundar la nueva forma de abogar, descubriendo y explorando nuevos roles en el que se pueda desempeñar un abogado.
Pensemos en algunos ejemplos; En la Ciudad de Córdoba, en la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas; antes constituir una sociedad comercial llevaba alrededor de dos o tres años su inter formativo y su posterior inscripción, se volvía en un expediente interminable, cumpliendo observaciones y muchos de los casos con más de un profesional interviniente.
Hoy se puede hablar de una constitución duraría en los tiempos estimados de una semana, con resolución electrónica, firmada con firma digital y enviada al domicilio electrónico, con esto se evita el retiro, manipulación del papel, extravío de la misma, por nombrar algunos beneficios.
Otra experiencia es la de una solicitud de informe acerca del estado de situación de una empresa, o de un particular, se contesta en el día al domicilio electrónico constituido.
Hoy en tribunales provinciales en conjunto con el Colegio de profesionales de Abogados de la Provincia de Córdoba, se han tomado medidas, y se podrá de acá un tiempo ver los avances y ventajas que tiene el expediente digital.
Seguro quedará un camino largo a recorrer por la transición de lo que quedó en papel de pleitos no culminados.
Son muchos los cambios y señales que hacen reflexionar sobre el nuevo modelo de Administración Pública y sus nuevos horizontes, en estos contextos desafortunados que estamos atravesando como sociedad en general, son las herramientas informáticas y el nuevo modelo de administración Pública que vienen a configurar las nuevas formas de trabajo.
Pero también convoca a la comunidad de abogados a revisar, estudiar las nuevas formas que vienen de abogar, compartiendo experiencias y familiarizándose con las nuevas técnicas.
Consideraciones finales [arriba]
La Administración Pública parece estar atravesando nuevos horizontes, y dejar de ser pensada o imaginada como un aparato burocrático tratando de hacerlas, mucho más ágil, con respuesta más rápida y sustentable.
En este nuevo escenario promueve afianzar los vínculos con los administrados, y con la implementación de las tecnologías de la información y comunicación (TIC), a reducir la discrecionalidad por parte de la actividad administrativa dando mayor seguridad jurídica.
El ciudadano presenta un nuevo desafío de familiarizarse con las nuevas herramientas de comunicación disponibles y sobre todo haciendo parte a estos de los procesos, que a tal fin serán destinatarios de la prestación de los servicios públicos.
Pareciera ser que hay una decisión política y una señal legislativa de unificar la nueva modalidad de hacer gestión pública y su puesta en valor.
Así Tratando de legitimar con estos nuevos insumos. La actividad administrativa que siempre fue cuestionada por la sociedad por sus trámites eternos, la morosidad administrativa, el fenómeno de corrupción para el acceso a determinados programas patología que empieza a desaparecer o curarse con la transparencia que brindan las TIC.
En cuanto al rol del abogado y su actividad profesional convoca a la capacitación permanente y a importar estas nuevas herramientas de trabajo, y a desmitificar esa figura que transfiere las agencias de formación académica de un perfil de abogado que recorre todos los días los pasillos de tribunales, buscando una resolución para su cliente.
Se trata de descubrir nuevas formas de desempeño en el abogar, se habrá observado en algún blog o página web que ya se habla de “El Abogado Digital”.
Esto en estos escenarios y con los acontecimientos de orden público lleva a replantear qué tipo de perfil, competencias, habilidades y destrezas forma las agencias de formación académica en derecho y si, guarda conexión con los nuevos contexto.
Sumado a ello, con el sistema de modernización experimentado en la Administración pública hará un juego más transparente, pondrá en valor la gestión pública, y colocara en igual condiciones de acceso a los profesionales frente a la administración pública haciendo de ello un juego más sano y limpio.
Seguro en este marco de ideas vendrán muchos otros debates que exceden este trabajo, como el trabajo a distancia, el teletrabajo, gestión de resultados y muchos otros temas que deberán ser incorporados en la agenda de nuestra legislación, que tuvieron que surgir con motivo del fenómeno del COVID- 19 y sus medidas.
Con esto trate de acercar algunas reflexiones de cómo está siendo pensada hoy la administración pública y el nuevo rol de nuestros colegas.
* Abogado UNC. Colaborador en proyectos de investigaciones en temas sociales de SECYT. Trabajo en el Gobierno de la Provincia de Córdoba-Ministerio de Finanzas- Secretaría de Derecho Registral- Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas-Área Jurídica.
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