JURÍDICO LATAM
Doctrina
Título:Facebook y Twitter, nuevos componentes de la rutina laboral
Autor:Tomeo, Fernando
País:
Argentina
Publicación:Revista de Derecho de las Telecomunicaciones, Internet y Medios Audiovisuales - Número 7 - Octubre 2013
Fecha:29-10-2013 Cita:IJ-LXIX-739
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Facebook y Twitter, nuevos componentes de la rutina laboral*

Dr. Fernando Tomeo

Una joven licenciada de una reconocida empresa de publicidad chateaba vía Facebook con su agente de RRPP para adelantarle el lanzamiento de un nuevo producto de una reconocida marca de cerveza mientras escribía, en su propio muro, que prefería un buen "copón de vino tinto" y compartía las fotos de su último veraneo en las cálidas aguas de Brasil, bikini mediante.

En un mismo instante Facebook era utilizado por esta joven como herramienta de trabajo, como canal de comunicación de una preferencia personal (con interés contrario al del cliente) y como arma de seducción (intencional o no) para un RRPP que prestaba más atención a las fotos de la diminuta bikini que a la información que recibía vía chat. El combo "elemento de trabajo-canal de preferencia-arma de seducción", aparecía en un mismo momento, vía red social.

Situaciones como la que describo ya no sorprenden. No hay empresa que no tenga presencia en redes sociales (muy pocas no habitan estas plataformas) y no hay empleado que no utilice una red social. Los adolescentes, en particular, consumen horas y horas de redes sociales a diario, conformando una verdadera "generación Facebook". La idea de que las redes sociales son una moda pasajera, cada día pierde más peso.

Frente a situaciones como la descripta, muchas empresas se platean las siguientes preguntas: ¿Deben prohibir a sus empleados el uso de redes sociales? ¿Cómo evitar que un empleado se conecte a Twitter/Facebook desde su celular? ¿Por qué prohibir el uso de redes sociales cuando, en muchos casos, son herramientas de trabajo necesarias para el personal?

A mi entender, en términos generales, la solución no pasa por la prohibición, una receta que habitualmente no funciona y, menos en Internet. La censura genera el efecto inverso, esto es, que todos los empleados estén "conectados" 24x24 vía smartphones, que el empleador no puede controlar.

El punto de equilibrio pasa por la comunicación, la concientización y el establecimiento de reglas de juego. La falta de claridad conduce a destinos no queridos, a resultados negativos. Esta idea, que aplica a cualquier aspecto de nuestra vida, también juega en las relaciones empresa-empleados-redes sociales.

La forma de evitar efectos no deseados (como que nuestros empleados estén hablando mal de nuestros clientes y/o de nuestra propia empresa en Facebook/Twitter) es establecer pautas claras para el uso de redes sociales en el ámbito laboral mediante la redacción e implementación de un "reglamento de uso de redes sociales y herramientas informáticas" que no implique una prohibición sino más bien una diligente concientización del personal sobre el uso responsable de estos medios digitales en horario y ámbito laboral, con el respaldo de espacios de capacitación donde se expliquen los alcances y los efectos del uso indebido de estas plataformas digitales que, decididamente, han llegado a nuestras vidas para quedarse.

 

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* Publicado oportunamente por el Diario La Nación.