JURÍDICO LATAM
Doctrina
Título:El uso indiscriminado de agroquímicos fitosanitarios y su control ineficiente
Autor:Capelluto, Marcelo F.
País:
Argentina
Publicación:Revista Iberoamericana de Derecho Ambiental y Recursos Naturales - Número 23 - Marzo 2017
Fecha:16-03-2017 Cita:IJ-CCLXIV-148
Índice Citados Relacionados Ultimos Artículos
Introducción
Ventajas y desventajas generales de los agroquímicos fitosanitarios
Clasificación
Glifosato
Presencia de glifosato en alimentos
Glifosato en la lluvia
Estudio del Conicet encontró glifosato en la cuenca del Río Paraná
Enfermedades
La Ley 27.279 regula el manejo de envases de agroquímicos
Guía de Uso Responsable de Agroquímicos
Jurisprudencia local
Legislación
Notas

El uso indiscriminado de agroquímicos fitosanitarios y su control ineficiente

Marcelo Fabián Capelluto*

Introducción [arriba] 

La necesidad de producir una mayor cantidad de alimentos en tiempos más breves como consecuencia del crecimiento demográfico, ha llevado a los productores a incrementar el rendimiento de la producción, implementando sistemas de prevención que pudieran afectar el rinde, entre ellas el uso de pesticidas. La ignorancia y la falta de información referida a la manipulación y al uso desmedido de agroquímicos fitosanitarios y sin control por parte de las autoridades del Estado, en sus tres estamentos, ya sea nacional, provinciales o municipales, nos lleva a problemas de salud no previstos y a erogaciones que deberá afrontar la sociedad en su conjunto, dado que las ganancias se la llevan empresas multinacionales y las pérdidas se sociabilizan. Los agroquímicos son sustancias químicas muy utilizadas en la agricultura, cuyo objetivo principal es mantener y conservar los cultivos, sin perder de vista los efectos nocivos que estos agroquímicos (como ser herbicidas, plaguicidas, fungicidas e insecticidas) puedan provocar. Se pueden utilizar para matar insectos o microorganismos, para eliminar las malezas u hongos de los cultivos. Pero son altos los peligros o riesgos que traen su uso. No solo generan serios problemas de salud y malformaciones, sino que también contaminan los frutos, los productos de los cultivos y las aguas de las napas subterráneas. El uso de agroquímicos no solo trae problemas de salud para las personas que los manipulan y están en contacto con ellos[1], sino que también son un peligro para las nuevas vidas que éstos conciben[2]. Estudios recientes demuestran que los agroquímicos y en especial el glifosato no son inocuos y las autoridades sanitarias a nivel mundial lo saben y lo consienten. A mi criterio, “solo cuando aquellos países importadores de alimentos, principalmente la Unión Europea prohíba expresamente su uso, recién allí nuestro país dejara de utilizar estos venenos, porque si no, no habría mercados para nuestros productos. Los compradores de nuestras materias primas son verdaderamente quienes ejercen el poder de policía”. Es un gran avance la sanción de la Ley 27.279 de Gestión de Envases Vacíos de Fitosanitarios, pero faltan normas de presupuestos mínimos de protección ambiental nacionales de agroquímicos fitosanitarios, en cuanto a la manipulación, uso y fumigación; sobre evaluación de impacto ambiental, uso y remediación de suelos, entre otras.

Ventajas y desventajas generales de los agroquímicos fitosanitarios [arriba] [3]

Ventajas:

*Sirven para exterminar plagas y enfermedades que atacan nuestros cultivos

*Son extremadamente prácticos.

*Son eficientes

Desventajas:

*El empleo exagerado de agroquímicos genera consecuencias desastrosas para el Ambiente, pues estos escurren al agua de ríos de donde se alimentan y/o viven una diversidad de seres.

*Además se pulverizan al aire y son tan fuertes que pueden permanecer mucho tiempo en los cultivos, cambiando el sabor final de algunos productos.

*Cuando se fumiga por error o incapacidad en zonas habitadas, producen enfermedades que pueden llevar a perder vidas. Esta última desventaja hace repensar el uso de agroquímicos fitosanitarios.

*Puede ingresar al organismo de hombres, animales o plantas por vía directa ya sea ingestión, inhalación, absorción percutánea, o indirecta a través de alimentos o agua contaminada.

*Pueden ser arrastrados con las lluvias e inundaciones y distribuidos como contaminantes en terrenos distintos y alejados de su aplicación.

Clasificación [arriba] 

Dentro de los agroquímicos, nos importan los fitosanitarios o pesticidas entre los que se destacan los herbicidas, plaguicidas, fungicidas e insecticidas.

Herbicidas: Son sustancias que se usan con el fin de destruir o controlar el crecimiento de malezas o hierbas que se consideran indeseables, principalmente en la agricultura, porque causan problemas al competir con el cultivo por agua, nutrimentos, luz y espacio o por la fitotoxicidad de cada una de ellas, todo lo cual causa un incremento del costo de la cosecha y la disminución de su valor. El glifosato es un herbicida no selectivo desarrollado para eliminación de hierbas y de arbustos.

Plaguicidas: Son productos químicos o biológicos utilizados para prevenir controlar o destruir plagas, la definición también incluye otras sustancias como atrayentes, repelentes, reguladores fisiológicos, defoliantes etc.[4].

Fungicidas: Son sustancias tóxicas que se emplean para impedir el crecimiento o para matar los hongos y mohos perjudiciales para las plantas, los animales y el hombre. Como todo producto químico, debe ser utilizado con precaución para evitar cualquier daño a la salud humana, de los animales y del Ambiente. La mayoría de los fungicidas de uso agrícola se fumigan o espolvorean sobre las semillas, hojas o frutas para impedir la propagación de la roya, el tizón, los mohos (enfermedades de las plantas).

Insecticidas: Es un compuesto químico utilizado para matar insectos. El origen etimológico de la palabra insecticida deriva del latín y significa literalmente matar insectos. Es un tipo de biocida.

Glifosato [arriba] 

El glifosato es un herbicida no selectivo de amplio espectro, desarrollado para eliminación de hierbas y de arbustos, en especial los perennes. Es un herbicida total. “En diciembre de 2008, la revista científica Investigación Química en Toxicología (Chemical Research in Toxicology) publicó un estudio, en el que constató que el glifosato es letal para las células humanas. Según el trabajo, dosis muy por debajo de las recomendadas para su utilización provocan la muerte celular en pocas horas. Aun en dosis diluidas mil veces, este herbicida estimula la muerte de las células de embriones humanos, lo que podría provocar malformaciones, abortos, problemas hormonales, genitales o de reproducción, además de distintos tipos de cánceres. Confirmado por la morfología de las células después del tratamiento se determina que, incluso a las más bajas concentraciones, causa importante muerte celular, denuncia en la publicación. También confirmó el efecto destructivo del glifosato puro, que en dosis 500 veces menores a las usadas en los campos induce a la muerte celular”[5].

Presencia de glifosato en alimentos [arriba] 

El glifosato, prohibido en 74 países y catalogado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como posible cancerígeno en 2015, fue hallado en algodón, gasas y tampones comercializados en nuestro país, también en orina humana en distintas poblaciones como ser Mar del Plata, y en muestras de sangre y agua en Pergamino, entre otros estudios que demuestran el peligro que este agroquímico implica para la salud de nuestra población, porque Argentina es el país que más glifosato consume en el mundo. En el resto del mundo se encontró en vinos de California, en cervezas alemanas, y ahora en Estados Unidos lo encuentran en los alimentos del desayuno. La Alianza para la Salud Natural de los EE.UU. ha publicado los resultados de las pruebas de seguridad de los alimentos realizada en un surtido de alimentos populares, como los utilizados en el desayuno en Estados Unidos a saber; harina de avena instantánea, copos de maíz, pan, huevos, y crema de café a base de leche, crema de trigo, yogur y papas. El ensayo de inmunoabsorción ligado a enzimas reveló la presencia de glifosato en 10 de las 24 muestras de alimentos testados. “La presencia de glifosato en huevos y productos lácteos apoya el temor de que la sustancia química se acumula en el tejido de estos animales y por lo tanto presumiblemente también en el tejido humano, en un proceso llamado bioacumulación[6]. El tabaco “se ha quedado a años luz” como causa del cáncer, advirtió el Dr. Javier Espinosa[7], e indicó que los químicos utilizados en la elaboración de alimentos y las sustancias con las que se tratan las cosechas favorecen la proliferación de células cancerígenas. En Argentina uno de cada cinco personas que mueren es por cáncer, pero en los ‘pueblos fumigados (es decir los pueblos que sufren las fumigaciones aéreas con agroquímicos) mueren de cáncer uno de cada tres personas, y en algunos pueblos como San Salvador, se mueren uno de cada dos, como indican las estadísticas de la Red de Médicos de Pueblos Fumigados”[8]. Productores, residentes locales y consumidores están expuestos a los agroquímicos. Sería prudente eliminar el uso de agroquímicos para la salud de todos los habitantes, reemplazándolos con pesticidas naturales, que sean inocuos para el ser humano. El vinagre de madera podría ser una alternativa al glifosato[9].

Glifosato en la lluvia [arriba] 

El agua y los suelos, elementos básicos para la vida, aunque no sean rociados con glifosato lo reciben a través de la lluvia, es decir que no hay lugar exento de este agroquímico. Una investigación elaborada en 2014 por el Centro de Investigaciones del Medio Ambiente (CIMA) que pertenece a la Facultad de Ciencias Exactas de la Universidad Nacional de La Plata, evidenció que estas sustancias tóxicas también se evaporan y caen, luego, con las lluvias, es decir que llueven agrotóxicos. El objetivo de aquel trabajo consistió en estudiar los niveles en aguas de lluvia en núcleos poblacionales urbanos y periurbanos de la Región Pampeana. Se realizaron muestreos de los eventos de lluvia desde octubre de 2012 a abril de 2014 en la provincia de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe y Entre Ríos. El glifosato fue el herbicida más detectado con 90% de resultados positivos[10].

Estudio del Conicet encontró glifosato en la cuenca del Río Paraná [arriba] 

Un estudio realizado en cooperación con Prefectura Naval Argentina demostró "altos niveles" del herbicida en los sedimentos acumulados en la desembocadura de 23 arroyos y cursos que tributan a sus aguas desde el Río Pilcomayo hasta el Luján. La investigación publicada por la revista internacional "Enviromental Monitoring ad Assessment", es la primera de esa escala realizada en cuenca del Paraná, concluyó que se advierten "altos niveles" de glifosato y su degradación, el metabolito AMPA, "en los cursos medio y bajo de los afluentes tributarios, de acuerdo con la agricultura intensiva que se desarrolla en la región"[11].

Enfermedades [arriba] 

Se viene observando la asociación entre la utilización de agroquímicos y la aparición en el hombre de enfermedades neoplásicas y malformaciones congénitas. Pérdida de embarazos, malformaciones genéticas, mutaciones, cáncer, leucemia, afecciones respiratorias severas son sólo algunos de los problemas de salud cada vez más recurrentes. Argentina es un país de altísima incidencia en el uso de agroquímicos. De los 34 millones de litros de agroquímicos en 1990 se pasó a casi 317 millones en la actualidad, a medida que los agricultores aumentaban sus cultivos, hasta un máximo de tres cosechas al año, mientras las pestes se hacían más resistentes a las sustancias. “El peón de campo Fabián Tomasi no estaba entrenado para usar pesticidas. Tenía que llenar los tanques de los rociadores lo más rápido posible para que siguiesen fumigando, lo que frecuentemente implicaba ducharse en sustancias tóxicas. Hoy, a los 47 años, es un esqueleto en vida y le cuesta salir de su vivienda en la provincia de Entre Ríos. La maestra de escuela Andrea Druetta vive en la provincia de Santa Fe, corazón de la zona de producción de soja argentina y donde está prohibido rociar agroquímicos a menos de 500 metros de las zonas pobladas. Pero se siembra y fumiga soja a 30 metros de su casa y sus hijos fueron rociados con veneno mientras nadaban en su piscina. En otro caso, a raíz del fallecimiento de su bebé recién nacido por una falla renal, Sofía Gatica hizo una denuncia que dio lugar a la primera condena que hubo en Argentina por el uso ilegal de sustancias agroquímicas. El veredicto no obstante, llegó demasiado tarde para cinco mil vecinos de Ituzaingó, Córdoba. En Santa Fe, las tasas de cáncer son entre dos y cuatro veces más altas que el promedio nacional. En el Chaco, los defectos de nacimiento se cuadruplicaron desde que el uso de esta biotecnología aplicada al campo se disparara hace 17 años. Aixa Cano, una niña de cinco años, tiene verrugas peludas en todo el cuerpo. Su vecina Camila Verón, de dos años, nació con varios defectos. Los médicos les dijeron a las madres que los agroquímicos podrían ser responsables.[12]

En el año 2009, “denunciaron que en Santiago del Estero se producían más de un centenar de nacimientos con malformaciones por año como consecuencia del uso de agroquímicos, aseveró el Ingeniero Agrónomo Juan Tula Peralta. Sin embargo, aclaró que no es el único problema, dado que tiene registrados unos 300 casos de personas vinculadas a la actividad productiva que presentan problemas de salud por manipular o haber sido rociados con agroquímicos, principalmente glifosato, pero no muestran de forma inmediata la sintomatología. Según el trabajo "Plaguicidas en la provincia de Buenos Aires: toxicología, ecotoxicología y aspectos ambientales", elaborado por el OPDS, muchos de los pesticidas empleados en las actividades agrícolas representan un riesgo para la salud humana, por lo que deben extremarse todas las medidas tendientes a minimizarlo. Alberto Cassano, Profesor Titular Consulto de la UNL. Investigador Superior Emérito del Conicet, señala que serios estudios realizados la mayor parte de ellos en la Universidad Nacional del Litoral y sometidos a la crítica internacional sobre aguas afluentes o directas del Paraná, indican su comprobada toxicidad en varios ambientes naturales acuáticos. Fernando Momo, Dr. en Ciencias Biológicas e investigador de la Universidad Nacional de Lujan, en su escrito “Efectos dañinos del glifosato sobre la salud de los seres humanos y el ambiente”, cita los trabajos donde se demuestra los efectos tóxicos importantes del glifosato sobre las lombrices de tierra, disminuyendo su número y la fertilidad de sus huevos, pudiendo afectar la fertilidad del suelo a mediano y largo plazo. Señala que el producto, y especialmente sus formulaciones comerciales producen daños a los ecosistemas, provocando disminución de su diversidad, alteración de sus flujos de materia y energía, disminución dramática de algunas poblaciones y una pérdida irreparable de varios servicios ecosistémicos. “La Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer (IARC), que depende de la Organización Mundial de la Salud, incorporó al glifosato en una lista de sustancias “probablemente carcinógenas”. La incorporación del glifosato a la lista 2A no implica prohibición para su uso, pero podría impactar en el mercado global de agroquímicos”[13].

La Ley 27.279 regula el manejo de envases de agroquímicos [arriba] 

Entre los principales puntos de la norma, se establece la responsabilidad extendida a los fabricantes, por lo cual las empresas que registran productos en el mercado tienen que hacerse cargo del destino de los envases que contienen sus productos. A partir de esta legislación, se implementarán sistemas de recolección y lugares de destino de los recipientes, y establece un régimen especial de tratamiento con el cual los productores deberán regirse, basado en un triple lavado de los recipientes.

Luego, deberá llevarlo a un centro de acopio transitorio y ahí se los clasificará y canalizará por dos líneas, los que pueden ser reciclados y los que irán a disposición final. Además comenzará a estar vigente el Principio de Responsabilidad Extendida del Productor (REP). En este aspecto, es el deber de cada uno de los registrantes de fitosanitarios responsabilizarse objetivamente por la gestión integral y su financiamiento, respecto a los envases. Y la responsabilidad compartida con los restantes eslabones de la cadena, en la medida de las obligaciones específicas que les impone la normativa. En Argentina se consumen unos 17.000.000 contenedores de fitosanitarios al año, de los cuales el 60% son de 20 litros, lo que significan 13.000 toneladas de plástico. Hasta este momento se recoge un 35%, lo que implica solamente unas 4.500 toneladas, según cifras del Ministerio de Agroindustria de la Nación, que impulsó esta ley. La norma obliga a los productores a entregar sus envases libres de producto en los centros de acopio habilitados y promociona una serie de buenas prácticas como el triple lavado, que elimina cualquier peligro posterior a la aplicación de los insumos, garantizándose la gestión integral de los envases vacíos.

Guía de Uso Responsable de Agroquímicos [arriba] [14]

La Guía de Uso Responsable de Agroquímicos (GURA) es una publicación del Ministerio de Salud de la Nación y contiene los principios básicos para el manejo y uso correcto de agroquímicos, según las buenas prácticas agrícolas y las normas vigentes en la materia, entre los que se destacan:

*Los agroquímicos no son inocuos para la salud humana ni para el ambiente, aunque su peligrosidad varía según su grado de toxicidad y su formulación. El riesgo asociado a su uso depende de las dosis utilizadas, las condiciones climáticas, el tipo de producto, el modo de aplicación y el tipo y grado de exposición. Por lo tanto, su uso responsable es indispensable para prevenir los posibles daños.

*El uso de agroquímicos puede ser minimizado mediante un manejo integrado de plagas que incluya el monitoreo continuo de adversidades tales como malezas, plagas y enfermedades.

*La legislación aplicable vigente debe ser estrictamente cumplida por todos los actores que intervengan en la cadena de comercialización y utilización, y aquellos responsables de su fiscalización y control.

*Los agroquímicos que se comercialicen y se utilicen en el territorio nacional deben estar registrados por la autoridad competente. Se recomienda verificar periódicamente la lista de agroquímicos restringidos o prohibidos.

Responsabilidades que surgen de la Guía:

El fabricante o el titular del registro son responsables de utilizar las materias primas y componentes en los aspectos cualitativos y cuantitativos declarados y registrados ante la autoridad competente, de cumplir las especificaciones declaradas de la formulación, de la calidad de la producción, de mantener los documentos de producción debidamente actualizados según las normas en vigencia, de emitir la documentación completa de trazabilidad, de proveer la información necesaria para el manejo seguro en la etiqueta, las hojas de seguridad y las fichas de transporte y de poner a disposición de la autoridad competente toda la documentación exigible. El vendedor es responsable de comercializar sólo productos registrados por la autoridad competente, en sus correspondientes envases herméticos y con la etiqueta completa, como así también del mantenimiento adecuado, de la vigencia del producto, de brindar la información de seguridad necesaria y de exigir y archivar la receta correspondiente.

El productor agropecuario es responsable de adquirir sólo productos registrados por la autoridad competente, en sus envases originales con el etiquetado correcto y completo y de utilizarlos de manera correcta en todas las etapas de la producción, sea esta ejecutada en forma personal o mediante empleados a su cargo. Las etapas de producción incluyen desde el manejo del suelo hasta la post-cosecha, según la actividad agropecuaria desarrollada. El asesor o director técnico ingeniero agrónomo es responsable de asesorar, planificar y supervisar el uso correcto de los agroquímicos en todas las etapas de la producción y de planificar y supervisar el almacenamiento de los productos.

El aplicador es responsable del uso correcto de los productos, cumpliendo con las normas de seguridad para protección de sí mismo, de terceros y del Ambiente.

La Resolución 350 del año 1999, y modificaciones posteriores, aprobó el texto del "Manual de Procedimientos, Criterios y Alcances para el Registro de Productos Fitosanitarios en la República Argentina. No existe una ley nacional de Presupuestos Mínimos Ambientales que regule el manejo de los agroquímicos que incluya el control de todos los eslabones de la cadena de movimiento en el Ambiente: fabricación, formulación, transporte, comercialización, publicidad, manipulación, acopio, uso, tratamiento y disposición final. La utilización de agroquímicos en forma abusiva e indiscriminada se ha convertido en un hábito, y sus impactos sanitarios y medioambientales a corto y largo plazo son muchos y costosos para la economía del país. Casi todas las provincias de importancia agrícola han generado sus propias normativas como Córdoba- Ley 9164, Buenos Aires- Ley 10699, Santa Fe- Ley 11273, todas ellas dictadas en diferentes momentos y siguiendo distintos criterios, lo que origina múltiples confusiones sobre todo en las zonas limítrofes interprovinciales. Otras provincias, si bien con menor producción agrícola, siguen criterios distintos o, simplemente no lo contemplan. Como puede apreciarse, existe un desorden legal evidente, que debiera subsanarse con una ley nacional sobre el tema, consensuada en nuestro Congreso con la consulta a todas las partes involucradas”[15].

Jurisprudencia local [arriba] 

Peralta, Viviana v. Municipalidad de San Jorge y otros s/ Amparo. (Expte. N. 198 ‑ Año 2009). El poder judicial de Santa Fe, en fallo firme del juez Tristán Martínez, y en consonancia con lo plantado por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe, prohibió las fumigaciones en el Barrio Urquiza, de San Jorge de la provincia de Santa Fe, a menos de 800 metros de las viviendas, y a menos de 1.500 si se trata de fumigaciones aéreas. Se trata de un precedente inédito, que confirma en qué medida son razonables las denuncias de vecinos y médicos de todo el país, cuando verifican un cúmulo de enfermedades (desde respiratorias y dermatológicas hasta casos de cáncer, abortos espontáneos y malformaciones) que padecen las personas sometidas a estos venenos. El glifosato es pilar fundamental del monocultivo de soja. El fallo surge en San Jorge a partir de las denuncias de Viviana Peralta y su marido José Cavigliasso sobre el modo en que cada fumigación afectaba a su hija Ailén desde que tenía 5 días de vida. Se formó Vecinos Autoconvocados del Barrio Urquiza. El fallo de primera instancia del juez Martínez explica: “La toxicidad de los formulados comerciales con glifosato (Roundup y otros) fue documentada en estudios científicos independientes, para distintos organismos que componen la biodiversidad de nuestra región”. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe había requerido a la Universidad del Litoral y al Ministerio de Producción provincial datos, informes y estudios sobre el impacto de los agrotóxicos para la salud y la biodiversidad. El ministerio no acató esa orden judicial, lo que lleva al juez a lo obvio: “Esa omisión, sumado a que la provincia de Santa Fe no se expidió cuando se le requirió su manifestación en la medida de su interés, comienzan y terminan por dirimir la cuestión por el propio peso de su rol”. Por ende no hubo informes ni argumentos científicos que defendieran la inocuidad del glifosato. La Cámara de Apelaciones de Santa Fe ratificó el fallo. Entre sus fundamentos se destacan:

*Explica que estos conflictos se enmarcan en desinformación interesada, descoordinación en la gestión pública e insolidaridad con los posibles afectados.

*Frente al peligro de daño irreversible, la falta de certeza científica no debe impedir adoptar medidas concretas –en función de los costos– que protejan el Ambiente y la salud. Plantea al propio poder judicial repensar que “los avances tecnológicos no son poderes que se legitiman a sí mismos”.

*La preeminencia en estos casos no la tienen “los intereses sectoriales de nadie”, sino la salud pública y el Ambiente.

*Atiende la crítica de biólogos como Lilian Joensen quien sostiene que las clasificaciones internacionales (incluso de la Organización Mundial de la Salud) sobre la toxicidad del glifosato no están basadas en estudios propios o independientes “sino que se trata de de revisiones de estudios no publicados hechos por las empresas mismas”.

*Utiliza el concepto de “paradigma ambiental”, que reconoce como sujeto a la naturaleza, y otorga preeminencia a los bienes colectivos por sobre los individuales.

Rescata la serie de estudios sobre malformaciones, cáncer, alteraciones genéticas, en el sistema reproductivo y otras enfermedades provocadas por el glifosato. La Cámara invirtió la carga de la prueba: en lugar de que las familias tengan que demostrar que sus padecimientos no son efecto de un curso de arte dramático, otorgó seis meses al gobierno de Santa Fe para que presente un estudio con la Universidad del Litoral, que determine el grado de toxicidad de los agroquímicos. Este fallo firme dio origen a que la provincia de Santa Fe prohibiese el uso de agroquímicos en municipios y comunas para controlar la vegetación, en espacios urbanos públicos y privados.

"Ariza, Julio César c/ Plez, Abelardo y otro s/ Amparo" Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos 13/01/2014. HACER LUGAR a la acción de amparo interpuesta por el Sr JULIO CESAR ARIZA ordenando al Sr. SERGIO ABELARDO PLEZ que en ocasión de futuras fumigaciones observe el más estricto cumplimiento de todas las normas reglamentarias que rigen la materia, especialmente las referidas a la prohibición de pulverizar en la zona de seguridad de una extensión de 100 metros existente entre el lote a tratar y la casa del Sr. Julio César Ariza, de no utilizar productos en cantidades superiores a las recomendadas por los laboratorios, de no fumigar cuando el viento existente supere la velocidad indicada de 12/15 Km por hora y acatar rigurosamente las obligaciones de dar aviso previo fehaciente a los vecinos con la antelación requerida de 48 horas, y fumigar únicamente bajo la presencia de un ingeniero agrónomo. El actor manifestó en el expediente en cuanto a los herbicidas individualizados cuyo carácter dañino ponderó, que si bien estarían prohibidos en la Unión Europea, lo concreto es que en Argentina su uso está permitido, de ahí que no se advierte la mentada ilegalidad manifiesta. Sostuvo que al tiempo de interposición de la demanda todavía estaba aspirando veneno por la deriva (movimiento del plaguicida en el aire), lo que indica la presencia de una contaminación continua; que la fumigación tomó 100 metros sobre su casa y los invadió con su típico olor nauseabundo durante varias horas; que la humedad y las altas temperaturas favorecen la volatilización, lo que aumenta la toxicidad de los productos por inhalación y el daño ambiental y a los cultivos susceptibles; que también la evaporación de la gota daña su salud.- Mencionó que tenía una cardiopatía de alto riesgo por la que debía estar lejos del humo y que su organismo no podía soportar una fumigación más. Añadió que el día de la fumigación denunciada padeció de una presión arterial de 160/100 y diarrea, por la que se le recetó un regulador gastrointestinal por pérdida de jugo gástrico. Para demostrar que la afección cardíaca proviene de las fumigaciones, acompañó una tesina de la Universidad de Belgrano en la cual se expone que el glifosato produce aumento en las enzimas plasmáticas facilitando la hipotencia arterial, arritmia y falla renal.

M. M. C. y otro c. M. M. C. y otro s/Amparo. Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires 08/08/2012. La acción de amparo interpuesta por los vecinos de un complejo habitacional, colindante con una parcela rural afectada a la producción agrícola, tendiente a mitigar los efectos contaminantes de las fumigaciones allí realizadas debe prosperar con el alcance que resulta de los términos de la ordenanza municipal 1690, que prohíbe fumigar en la zona ecológica protegida y, a modo de excepción, enuncia las condiciones bajo las cuales la fumigación puede ser realizada, protección fijada normativamente en materia ambiental que deviene indisponible para las partes, en tanto traduce una reglamentación del derecho a gozar de un medio ambiente sano.

“Pegoraro, Oscar c/ Gianmava Paola Fabiana s/ daños y perjuicios” Expte 67.668/ 2009. Se promovió demanda por daños y perjuicios por la desviación a causa del viento del producto con el que se fumigó el campo lindero que luego se supo era glifosato, lo que afectó el sembrado de girasol del actor en una extensión de 20 hectáreas, el que se encontraba en etapa definitoria de crecimiento (fs.16/25). En su contestación la parte demandada básicamente se dedica a negar los hechos invocados (fs.56/60). La sentencia de primera instancia dictada por el Juzgado Civil de Charata admite la pretensión (fs. 282/290) y, apelada por la accionada, la Sala Segunda de la Cámara de Sáenz Peña la confirma en todas sus partes (fs. 352/360), lo que motivó la deducción del recurso a la Corte que al desestimar el recurso interpuesto, confirmo la sentencia apelada.

“Gabrielli Jorge Alberto y otros p.s.a. Infracción Ley 24.051” El juicio se origina en el llamado caso de Barrio Ituzaingó cercano a Córdoba Capital, cuya población denuncia varias muertes por cáncer, leucemia y deformaciones en recién nacidos, como consecuencia de las aplicaciones de agroquímicos en campos contiguos a esa área urbana. El fallo obliga a productores y entidades, cuanto menos, a pensar. Sobre que se está haciendo, que se está omitiendo hacer, las responsabilidades que se tienen, los derechos que igualmente asisten, las leyes y normas vigentes, que se cumple bien y que no. En primer término, la Cámara resolvió "absolver por unanimidad a Jorge Alberto Gabrielli y Edgardo Jorge Pancello en el hecho que se les atribuía en el hecho tercero de la acusación que fuera calificado como delito de contaminación ambiental por residuos peligros, infracción a la ley 24051 en el grado de instigador y autor respectivamente".

En segundo lugar, la Cámara declaró "por unanimidad a Francisco Rafael Parra, autor penalmente responsable del delito previsto por el artículo 55 de la ley de residuos peligros, Ley 24051. Se le imponen la pena de 3 años de prisión en forma de ejecución condicional, 4 años de trabajos no remunerados, durante 10 horas semanales fuera de sus horarios de trabajo a favor del Estado o instituciones de bien público vinculadas con la salud. Si transgrediera algún punto de la sentencia se lo apercibe de "revocar la condicionalidad de la condena". Además, se le dictó inhabilitación especial por el término de 8 años para el ejercicio de las actividades de aplicación de productos agroquímicos.

Por el tercer punto de la sentencia, se declara "por mayoría a Edgardo Jorge Pancello coautor responsable del delito previsto por el artículo 55 de la ley de residuos peligros, ley 24051, hecho nominado segundo de la acusación". Se le imponen la pena de 3 años de prisión en forma de ejecución condicional, 3 años de trabajos no remunerados, durante 8 horas semanales fuera de sus horarios de trabajo a favor del Estado o instituciones de bien público vinculadas con la salud. Si transgrediera algún punto de la sentencia se lo apercibe de "revocar la condicionalidad de la condena". Además, se le dictó inhabilitación especial por el término de 10 años para el ejercicio de las actividades de aplicación de productos agroquímicos.

Legislación [arriba] 

Buenos Aires Ley 10.699 (agroquímicos), Decreto Reglamentario 499-91 y Decreto 1170-00 (Deroga Art 47 Decreto 499 y en Municipios encontramos Alberti (Ordenanza 1690), Cañuelas, Mar del Plata (Ordenanzas 18740, 19110, 21097/12 y 21296/13).

CABA: Ley 2214 y Decreto Reglamentario 2020-07, PE-DIS-APRA-DGET-1623-11

Catamarca:  Ley 4395 (agroquímicos) y Decreto 3175-87 (reglamentario)

Chaco: Ley Biocidas N-7032/12  Decreto 1567/13 (reglamentario)

Chubut: Ley 4073 (biocidas y agroquímicos), Decreto 2139-03 (reglamentario) y Resolucion-048-12-MAyCDS-

Córdoba: Ley 9164, Decreto 132/05 (reglamentario) y Resol 263-05 (Registro Público)

Corrientes: Ley 5300

Entre Ríos: Ley-6599 (plaguicidas)

Formosa: Ley-1163 y Decreto 109/02 (reglamentario)

Jujuy:  Ley-4975 (Agroquímicos)

La Pampa: Ley 1173 (Agroquímicos), Decreto 618/90 (reglamentario), Disposición 289/13 de envases agroquímicos y Disposición 1198-07 normas seguridad depósitos agroquímicos.

La Rioja: Ley 9170/11 (productos fitosanitarios)

Mendoza: Ley-5665 Resolución 217-1-05

Misiones: Ley 2980 (agrotóxicos) y Decreto 2867/93 (reglamentario)

Neuquén: Ley 2774/11 y Decreto 1112/13 (reglamentario)

Rio Negro: Ley 2175 y Decreto 729/94 (reglamentario)

San Juan: Ley 6744 (agroquímicos) y Resol 12-99 (asesores técnicos fitosanitarios)

San Luis: Ley 5559 (agroquímicos) y Decreto-1675/MMA/2009 (reglamentario).

Santa Cruz:  Ley 2529 (agroquímicos) y Ley 2484 (fitosanitarios).

Santa Fe: Ley 11273/95 (fitosanitarios) con las modificaciones Ley 11354/95 y los Decretos 552/97 reglamentario Ley 11273 y 3043/05 modificatorio Dec 552/97

Santiago del Estero: Ley-6312 (agroquímicos) y Decreto-38-01 (reglamentario)

Tucumán: Ley-6291 (agroquímicos), Decreto 299/96 (reglamentario), Ley 7248 (envases) y Resol 400/06 (gestión de envases)

No existen leyes sobre el tema a nivel nacional (de presupuestos mínimos) ni tampoco en la provincia de Tierra del Fuego.

 

 

Notas [arriba] 

* El Dr. Marcelo Fabián Capelluto es abogado (UBA); Especialista en Derecho de los Recursos Naturales y Protección al Medio Ambiente (UBA); Docente universitario en la materia.

[1] El 03 de Diciembre se conmemora el Día Mundial del NO Uso de Plaguicidas, para concienciar a nivel global sobre la crisis ambiental, a raíz del uso de los agroquímicos.. Fecha consensuada por las 400 organizaciones miembros de PAN (Pesticide Action Network) en 60 países, en recuerdo de las miles de personas fallecidas o que sufrieron Secuelas del accidente de Bophal (India-1984), donde se liberó un componente químico usado en la elaboración de un plaguicida de la Corporación Unión Carbide. (http://plaguici das_qui micos.p e.tri pod.com/plaguicidas.
[2] El presidente del Colegio de Ingenieros Agrónomos, Juan Tula Peralta, reveló que se producen más de 100 nacimientos de bebés por año con malformaciones relacionadas al uso de agroquímicos como el glifosato sólo en Santiago del Estero. Las enfermedades que se presentan con mayor frecuencia son el cáncer de piel e inconvenientes en las vías digestivas y respiratorias.
[3] Ing. Ana Maria Ortega Jaimes. Agroquímicos a Nivel Mundial, Nacional, Local. http://conflict o sambien tales.blogspo t.com.ar/p/d efinicion-cara cteristicas-g enerales -de.html
[4] Código de Conducta Internacional para la Distribución y Utilización de Plaguicidas (FAO). Definiciones: Plaguicida, cualquier sustancia o mezcla de sustancias destinadas a prevenir, destruir o controlar cualquier plaga, incluyendo los vectores de enfermedades humanas o de los animales, las especies de plantas o animales indeseables que causan perjuicio o que interfieren de cualquier otra forma en la producción, elaboración, almacenamiento, transporte o comercialización de alimentos, productos agrícolas, madera y productos de madera o alimentos para animales, o que pueden administrarse a los animales para combatir insectos, arácnidos u otras plagas en o sobre sus cuerpos. El término incluye las sustancias destinadas a utilizarse como reguladoras del crecimiento de las plantas, defoliantes, desecantes, agentes para reducir la densidad de fruta o agentes para evitar la caída prematura de la fruta, y las sustancias aplicadas a los cultivos antes o después de la cosecha para proteger el producto contra la deterioración durante el almacenamiento y transporte.
Plaguicida prohibido, plaguicida del que se han prohibido todos los usos mediante una medida definitiva de reglamentación, con el fin de proteger la salud humana o el ambiente. El término comprende todo plaguicida que no haya sido aprobado para utilizarse por primera vez o que la industria haya retirado del mercado interno de examen ulterior en el proceso nacional de aprobación, cuando haya pruebas claras de que esta medida se ha adoptado con objeto de proteger la salud humana o el ambiente.
Plaguicida rigurosamente restringido, todo plaguicida del que para proteger la salud humana o el ambiente, se han prohibido prácticamente todos los usos mediante una medida definitiva de reglamentación, pero siguen autorizándose ciertos usos específicos. Comprende todo plaguicida al que prácticamente para todos los usos se haya negado la aprobación o que la industria haya retirado ya sea del mercado interno o de consideración ulterior o en el proceso nacional de aprobación cuando existan pruebas claras de que esta medida se ha adoptado para proteger la salud o el ambiente.
[5] El estudio publicado pertenece al Dr. Gilles-Eric Seralini, Especialista en biología molecular, docente de la Universidad de Caen (Francia) y director del Comité de Investigación e Información sobre Ingeniería Genética (Criigen). Donde dijo que el glifosato estimula la muerte de las células de embriones humanos. https://nomasvenenosencanarias.wordpress.com/que-es-el-glifosato/
[6] Fuente: Eco Watch. http://www.bioeco actua l.com/es/bio- actualid ad/actuali dad/5401-gli fosato-enco ntrad o-en-aliment os-popu lares-de-d esayun o Un informe publicado por Food Democracy Now y el Proyecto Detox ofrece un alarmante panorama de los alimentos contaminados, de los que probablemente nos alimentemos y se los demos a nuestros hijos. Las pruebas y los análisis fueron realizados por Anresco Laboratories, de San Francisco, un laboratorio registrado por la FDA, que lleva realizando análisis alimentarios desde 1943. El laboratorio encontró que los productos más consumidos, por ejemplo, Cheerios, tenía un contenido en glifosato de 1.125, 3 partes por mil millones. Otros niveles también altos de glifosato se encontraron en las marcas Oreo, Doritos y Ritz Crackers, entre los 29 alimentos analizados. https://notic iasdeaba jo.word press .com/2 016/11/17 /alar mantes-niv eles-de-gl ifosato-en- los-alim entos-de-ma yor-consum o-en-los- estados-u nidos/
[7] Casi 250.000 personas son diagnosticadas de cáncer en España cada año. Se trata de una cifra que “da vértigo”, según expresó Javier Espinosa, jefe de servicio de oncología del Hospital General Universitario de Ciudad Real, quien brindó una conferencia sobre nuevas terapias en la I Jornada Informativa de la Junta Provincial de la Asociación Española Contra el Cáncer de Ciudad Real. Lo alarmante es que de todos los factores de riesgo conocidos, como el tabaco, alcohol, radiaciones y fármacos, este médico puso el acento en la alimentación.
[8] Moyano Matilde. “Médico español asegura que la causa principal de cáncer son los alimentos con agroquímicos” Revista El Federal. http://www.elfed eral. com.ar /medi co-esp anol-as egura-que- la-cau sa-pri cipal-de- cance r-son-los -alime ntos-con-ag roquimicos/
[9] Concluye con éxito la primera fase de ensayos de un bio-herbicida que se ha demostrado eficaz contra la maleza que se acumula en los márgenes de las carreteras y que puede ser una alternativa al Glifosato. Es lo que busca el Gobierno de Castilla-La Mancha que colabora en el desarrollo de una investigación con la Universidad de Alcalá de Henares (UAH). El resultado es el vinagre de madera. http://cadenas er.com /emisora /2017/02/ 24/ser _toledo /148 7941 883_1 10138.html
[10] El Centro de Investigaciones del Medio Ambiente (CIMA) que pertenece a la Facultad de Ciencias Exactas de la Universidad Nacional de La Plata ha producido, con la firma de Lucas Alonso, Alicia Ronco y Damián Marino, un trabajo de investigación que demuestra que estas sustancias también evaporan y caen, luego, con las lluvias. Es decir, llueven agrotóxicos.
http://ww w.exa ctas.unlp .edu.ar/a rticul o/2015 /2/9 /lluvia_glifozato
[11] Uno de los cuatro investigadores del proyecto, el biólogo Damián Marino, del Centro de Investigaciones del Medio Ambiente (CIMA), que depende de la Universidad Nacional de La Plata afirmó, que los resultados obtenidos "proveen información relevante para los programas de desarrollo ambientales en el Rio Paraná e indican la necesidad de prestar particular atención a las prácticas de agricultura asociadas al control químico de pestes en la región. Los resultados son preocupantes y habrá que tomar nota de ellos y diseñar algún tipo de política, o continuar con los estudios para ver si los niveles aumentan o bajan".
[12] Argentina. Mal uso de los agroquímicos provoca problemas de salud. Diario Infobae 21/10/2013 http://www.i nfobae.co m/20 13/10/21/ 1517756-ar gentina -ma l-uso -los-agro qui micos-provoca -pr oble mas-salud
[13] Longoni Matias. Polémica sobre el herbicida más utilizado en Argentina. “Ambientalistas vs empresas. La OMS incluyó al glifosato en una lista de sustancias “carcinógenas” Diario Clarin de Buenos Aires 25/03/2015 pàg 21. Además el artículo sostiene que “los herbicidas representan en Argentina un 70% de un negocio de 3.000 millones de dólares anuales, y el glifosato es por lejos el más vendido. No debería resultar gratuito que expertos vinculados a la OMC afirmen que el producto “probablemente” pueda causar cáncer. En defensa del agroquímico, Monsanto (dueño de la patente) explicó que no hay nuevos elementos que sustenten la decisión de la IARC, a la que tildó de “sesgada”. También recordó que en la categoría 2A, como “probablemente cancerígenos” figuran otros productos como los teléfonos celulares, el Aloe-Vera y hasta los pickles. Pero la Red Nacional de Acción Ecologista (Renace) evaluó que “con el glifosato pasa lo mismo que con el DDT o el cigarrillo: las empresas productoras argumentan que no está demostrado que causan daño y los funcionarios de los gobiernos niegan las evidencias e interfieren en las investigaciones”.
[14] García, Susana Isabel y Jaime Lazovski “Guía de Uso Responsable de Agroquímicos”- 1a ed. – Buenos Aires: Ministerio de Salud de la Nación. Programa Nacional de Prevención y Control de las Intoxicaciones, 2011.
[15] Cid Ramiro E. “Las aplicaciones de agroquímicos en zonas periurbanas”. Instituto de Ingeniería Rural – INTA Castelar



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