JURÍDICO LATAM
Doctrina
Título:Bioética y la experimentación de vacunas frente al COVID-19. Una mirada antiespecista
Autor:Ubaldo de Anquín, Antonio
País:
Argentina
Publicación:Revista Jurídica de San Luis - Número 9 - Mayo 2021
Fecha:21-05-2021 Cita:IJ-I-CCXXIV-5
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Palabras Claves:


COVID-19. Bioética. Derecho Animal. Animal no humano. Declaración de Cambridge.


1. Introducción
2. Razones de respeto hacia los animales no humanos
3. Sintiencia
4. ¿Cómo sabemos que los animales no humanos experimentan placer y dolor?
5. Sobre la conciencia
6. Consideración moral
7. Alternativas antiespecistas en la experimentación de vacunas
8. Conclusión
9. Referencias bibliográficas
Notas

Bioética y la experimentación de vacunas frente al COVID-19

Una mirada antiespecista

Por Antonio Ubaldo de Anquín[1]

1. Introducción [arriba] 

En forma reciente el sitio web de Editorial Perfil[2] anunciaba que la Universidad de Buenos Aires (UBA) participaría en las etapas iniciales de la prueba de una vacuna contra el CORONAVIRUS. A fin de realizar dichas pruebas se llevarían a cabo experimentaciones en animales no humanos.

Ante este tipo de experimentaciones nos enfrentamos ante los siguientes interrogantes éticos: ¿existen límites morales en la experimentación con animales no humanos? ¿Cuáles son dichos límites? ¿Hay alternativas que no transvasen tales limitaciones?

A fin de responder a tales interrogantes en el presente artículo, en primer lugar, analizaré las razones éticas que fundamentan el respeto hacia los animales no humanos. En segundo lugar, me referiré a las alternativas existentes a la experimentación científica con vacunas en animales no humanos.

2. Razones de respeto hacia los animales no humanos [arriba] 

Desde 1970 a la fecha desde la Ética se han esbozado una serie de motivos en virtud de las cuales los seres humanos debemos tener deferencia hacia los animales no humanos saber:

- En primer lugar, los animales no humanos deben ser respetados porque son seres con capacidad de sufrir. Esta capacidad de sufrir o de goce es la línea infranqueable para establecer que intereses deben ser protegidos o no. Dicho de otro modo debemos considerar por igual los intereses de todo ser que sufre. Con relación a ello, Singer[3] (1999) partiendo de la capacidad de sufrir (sintiencia) desarrolla la noción de igual consideración, la cual implica que el sufrimiento de un animal como el mismo sufrimiento que padece otro ser humano merece igual consideración.

- Un segundo motivo por el cual deben ser respetados es que los animales no humanos son sujetos de vida en términos de Regan[4] (2016). Para él los animales son sujetos de vida porque son conscientes, tener deseos y creencias, memoria, sentido de futuro; vida emocional junto con sentimientos de dolor y placer, la capacidad de iniciar una acción con vista cumplir intereses y metas, una identidad psicofísica en el tiempo, y un bienestar individual pueden ser buenas o malas para ellos. Este autor considera que a partir del hecho de ser sujetos de vida se derivan los derechos morales por el hecho de ser poseedores de un valor inherente y como poseedores de ese valor por igual. Entre dichos derechos morales menciona Regan[5] (2016) el derecho moral básico a un trato respetuoso, el cual implica que se prohíbe tratar a todo ser como si fueran receptáculos de valores intrínsecos (por ejemplo placeres), carentes de cualquier valor por derecho propio, dado que esa perspectiva permitiría que se dañara a algunos sobre la base de consecuencias agregadas para los otros receptáculos afectados por el resultado serían mejores.

- Una tercera razón vinculada a la anterior es que los animales no humanos tienen capacidades que esperan florecer, que deben ser respetadas y promovidas. Estas capacidades para Nussbaum[6] (2007) tienen como punto de partida la noción de vida merecedora de dignidad y la intuición moral básica de que estas formas de vida merecedoras de dignidad tienen capacidades y necesidades profundas. Esta intuición indica que los individuos tienen formas de vida basadas en actividades vitales, cuya potencia es la posibilidad de florecimiento de capacidades y una lucha contra el fracaso de no poder realizarlas.
Para esta autora el respeto por las capacidades y posibilidades de florecimiento y autorrealización de la vida de un individuo (animal no humano), es una cuestión de justicia porque el fin de la justicia es garantizar una vida digna para muchas clases de seres.

3. Sintiencia [arriba] 

En el apartado anterior hemos mencionado como uno de los motivos centrales de la veneración por parte de los seres humanos es la sintiencia. En el presente apartado realizaremos mayores precisiones en torno a esta importante cualidad.

Orta[7] (2019) señala que la decisión de otorgar consideración moral a otros individuos implica determinar es quién va ser tenido en cuenta si existe la posibilidad de que se reciba un beneficio o un daño. Aquí lo relevante en estas decisiones es quien pueda recibir beneficios y daños. El requisito relevante para ello no es el lenguaje, la inteligencia ni la capacidad de reconocer obligaciones hacia otros individuos. Ni tampoco tener simpatía o compasión. Todas esas circunstancias hacen posible que se nos pueda dañar de ciertos modos. Pero no son las circunstancias que posibilitan como tal que podamos recibir daños o beneficios en sentido general. Por el contrario, la condición que hace posible recibir beneficios y daños sea la capacidad de tener experiencias positivas o negativas, es decir, la sintiencia.

En pocas palabras la sintiencia es el argumento relevante a partir del cual se toma la decisión otorgar respeto y consideración moral a los animales no humanos. Respecto a la relevancia de la sintiencia, la jurista Marita Giménez Candela (2018) sostiene que:

“constituye una frontera para rechazar y castigar aquellas prácticas que constituyen maltrato animal, como el punto de partida para reconstruir recursos jurídicos y políticas públicas de protección de intereses dentro del medio que les es propio, por lo que la extensión de esta protección al entorno donde la mayoría viven, que se suele reconocer como protección a la biodiversidad, resultan intereses concominantes”[8].

Orta (2019) precisa además que la noción de sintiencia garantiza la imparcialidad. En ese sentido expresa que:

“en una situación imparcial querríamos ser respetados o respetadas, aunque no tuviésemos un cierto nivel de inteligencia o unas determinadas relaciones, porque continuaríamos teniendo experiencias positivas y negativas. Y las evidencias disponibles indican que un inmenso número de animales vertebrados e invertebrados, tienen esa capacidad”.[9]

4. ¿Cómo sabemos que los animales no humanos experimentan placer y dolor? [arriba] 

Peter Singer[10] menciona que la capacidad de sentir placer o dolor puede inferirse o deducirse de diversas indicaciones externas que los animales no humanos también lo sienten.

Para el filósofo, se trata de una deducción, la cual es muy razonable porque se basa en observaciones de su conducta en aquellas situaciones en las que nosotros (seres humanos) sentiríamos dolor, así como en el hecho de que tenemos razones para asumir que los animales son seres como nosotros y que sus sistemas nerviosos son como los nuestros y funcionan de manera similar, generando sentimientos parecidos en circunstancias similares.

Casi todos los signos externos que nos motivan a deducir la presencia de dolor en los humanos pueden también observarse en las otras especies, especialmente en aquellas más cercanas a nosotros, como los mamíferos y las aves.

Además de lo antes expresado, Peter Singer agrega que estos animales poseen sistemas nerviosos muy parecidos a los nuestros, que responden fisiológicamente como los nuestros cuando el animal se encuentra en circunstancias en las que nosotros sentiríamos dolor: un aumento inicial de la presión de la sangre, dilatación de las pupilas, transpiración, aumento de las pulsaciones y, si continúa el estímulo, un descenso de la presión sanguínea.

Agrega que los sistemas nerviosos de otros animales no se construyeron artificialmente para remedar las reacciones de dolor de los humanos, como pudiera construirse un robot. Los sistemas nerviosos de los animales evolucionaron como los nuestros y, de hecho, la historia evolutiva de los humanos y otros animales, especialmente los mamíferos, no se diferenció hasta después de que apareciesen los rasgos centrales de nuestros sistemas nerviosos.

En virtud de lo expuesto, podemos afirmar que sistemas nerviosos casi idénticos fisiológicamente, con un origen y una función evolutiva comunes y que llevan a comportamientos parecidos en similares circunstancias, funcionen de un modo radicalmente distinto en el plano de los sentimientos subjetivos.

En pocas palabras la presencia de un sistema nervioso de animales similar al nuestro nos permite saber que la experimentación de placer o dolor en animales tiene lugar de un modo similar al nosotros.

5. Sobre la conciencia [arriba] 

Como señalamos anteriormente, otra razón de respeto hacia a los animales no humanos venía dado por su carácter de sujetos de vida. Desde la concepción del filósofo Tom Regan[11], esta noción abarcaba una serie de cualidades entre las cuales se encontraba la conciencia. Esta cualidad ha sido largamente controvertida en el mundo científico durante un largo período de tiempo. A raíz de esa circunstancia, un grupo de neurocientíficos durante la Francis Crick Memorial Conference, realizada el 7 de julio, firmaron la denominada Declaración de Cambridge. En dicho manifiesto se afirma la existencia de conciencia en diversos animales no humanos. De acuerdo con dicha declaración, la investigación hasta la fecha ha demostrado la capacidad de los organismos del reino animal para percibir su propia existencia y el mundo a su alrededor. Además, en los últimos años la neurociencia ha estudiado las áreas del cerebro, descubriendo que las áreas que distinguen al resto de los animales no son las que producen la conciencia. Así se deduce que los animales estudiados poseen conciencia porque las estructuras cerebrales responsables por los procesos que generan la conciencia entre los humanos y animales estudiados (mamíferos, aves, pulpos) son equivalentes.

6. Consideración moral [arriba] 

La negación de las razones de respeto hacia los animales no humanos se traduce en especismo. Esta noción puede ser definida es un prejuicio o actitud parcial favorable a los miembros de nuestra especie y en contra de las otras. Dicho de otro modo, se trata de una discriminación que tiene como base la pertenencia a una especie.

A esta forma de distinción arbitraria, se opone la consideración moral de los animales, la cual implica valorar a los animales por el simple hecho de tener experiencias subjetivas positivas (por ejemplo, placer) y negativas (dolor), en cuanto reconocemos un valor intrínseco que los hace parte de una comunidad regida por el principio de igualdad.

Esta consideración moral implica abandonar el dualismo entre hombres y animales no humanos que se remonta a Descartes. Desde esa postura se considera la superioridad del ser humano ya sea por razones místicas o pseudo científicas (alma inmortal) o por poseer capacidades complejas como poseer un lenguaje o tener capacidad de comprender la ética. La existencia del alma inmortal no puede ser una razón solida porque no es susceptible de comprobación ulterior. Respecto a las facultades complejas, tomar como base de la consideración moral ese argumento llevaría a excluir a seres humanos que por diversas razones ven disminuidas esas facultades como seres humanos con discapacidades mentales.

Siguiendo a Valerio Poccar[12] (2013), la consideración moral hacia los animales no humanos no debe confundirse con el ecologismo, puesto que esta postura no considera que deben ser respetados los animales no humanos en tanto individuos dotados de sintiencia sino que los protege como componentes de cierta especie o ecosistema. Esta disquisición sería también extensible a las diversas posturas ecocéntricas que ilustra Zaffaroni[13] (2011), las cuales consideran a la naturaleza como sujeto de derecho y no así a los animales. Dentro de esta postura, se podría llegar a considerar que el valor de los animales surge de su carácter de componentes de la Naturaleza o Pachamama.

7. Alternativas antiespecistas en la experimentación de vacunas [arriba] 

Antes de analizar las posibles alternativas métodos de experimentación de vacunas, me parece conveniente hacer algunas reflexiones sobre las bases en que se sustentan las mismas. Una de las bases en que se fundan las experimentaciones e investigaciones son en la suposición de que los resultados de todos los animales se pueden extender a los seres humanos directamente puesto que son predictivos. Telléz Ballesteros[14] (2020) sostiene que ello no resulta cierto porque la extrapolación entre especies no es tan exitosa como se cree. Esta investigadora de bioética, menciona una serie de experimentos realizados en animales no humanos como ratas, conejos, donde los resultados obtenidos a estos seres no pudieron extrapolarse o extenderse a seres humanos.

También quienes realizan estas experimentaciones en animales parten de la idea de que realizaran grandes beneficios sociales. Con relación a ello (una serie de experimentos psicológicos realizados en animales no humanos) Singer[15] menciona que se ha hecho un gran esfuerzo para decirnos en jerga científica lo que siempre hemos sabido, y lo que podríamos haber descubierto por medios menos dañinos si lo hubiéramos intentado. También alude que muchos experimentos que recaían sobre animales no humanos respondían a finalidades triviales.

Hechas estas reflexiones, es digno de mencionar que actualmente existen alternativas que no implicarían hacer uso de animales y generar sufrimientos innecesarios.

En primer lugar, podemos mencionar modelos tridimensionales reconstruidos de tejidos respiratorios como los desarrollados por diversas empresas. Un ejemplo de ello es el EpiAlveolar, el cual es un modelo tridimensional compuesto por células humanas del tracto respiratorio. Estas células pueden ser expuestas a la prueba de material en el aire de un lado y recibir nutrición de un líquido rico en nutrientes en el otro.

Otra alternativa posible es el uso de modelos de simulación avanzada en computadora para determinar que partes del virus son las más adecuadas para desencadenar una respuesta inmune en humanos. Esta posibilidad está siendo desplegada por científicos de la Universidad Gauhati.

Otra posibilidad viene aplicación del virus del COVID en células. Los investigadores de la Universidad de Bristol están haciendo crecer el virus para lograr una mayor comprensión de la forma que se propaga y se causa la enfermedad.

La Universidad de Oxford en Inglaterra se encuentra realizando un ensayo clínico en pacientes humanos para probar la cloroquina. [16] En estos casos se trata de voluntarios a los cuales se garantiza el derecho humano al consentimiento informado. Con relación al consentimiento informado, resulta oportuno recordar que la Declaración de Helsinki, se precisa que los potenciales participantes deben recibir en forma adecuada acerca de los objetivos, métodos, fuentes de financiamiento, posibles conflictos de intereses, afiliaciones institucionales del investigador, beneficios calculados, riesgos previsibles e incomodidades derivados del experimento, estipulaciones post estudio y todo otro aspecto pertinente a la investigación. Después de asegurarse que ha comprendido dicha información el paciente, recién entonces el médico u otra persona competente debe pedir, preferentemente por escrito, el consentimiento informado y voluntario del paciente.

8. Conclusión [arriba] 

El pleno respeto de los seres humanos hacia los animales no humanos se traduce en la ampliación del círculo de consideración moral más allá de los intereses humanos. Esta ampliación queda claramente sintetizada en la pauta ética esbozada por el filósofo Fritz Jahr en 2013: “¡Ante todo, cuida a cada ser vivo como un fin en sí mismo y trátalo como tal en la medida de tus posibilidades!” [17].

Esta consideración se traduce en un límite infranqueable en cualquier actividad desplegada por cualquier ser humano, entre las cuales se encuentra la experimentación científica con animales no humanos.

La continuidad de la instrumentalización de los animales no humanos so pretexto de preservar la salud pública no humano, implica una distinción arbitraria puesto que resulta innegable la capacidad de sentir placer y dolor en animales no humanos, así como la conciencia en los mismos.

Por último, reiteramos que ciertos supuestos en los cuales se fundan las experimentaciones científicas son endebles. De hecho, gran parte de los resultados obtenidos en experimentaciones en animales no resultan posible extenderlos a los seres humanos.

9. Referencias bibliográficas [arriba] 

Incluimos las fuentes del presente documento, a los fines de guía de las personas que quisieran seguir indagando en la temática.

Giménez, Candela, Marita (enero 2018). Es alguien (no algo). dA Derecho Animal (Forum of Animal Law Studies), 2018, vol. 9/1, págs. 5-7. Disponible en https://revistes.uab.cat/da/article/view/v9-n1-gimenez-candela/251-pdf-es

Jahr, Fritz. La ciencia de la vida y la enseñanza moral. Viejos descubrimientos bajo una nueva luz. En Aesthetika, Revista Internacional sobre Subjetividad, Política y Arte, Vol. 8 N 2, Buenos Aires: abril 2013, págs. 12-17.

Nussbaum, Martha (2007). Las fronteras de la justicia. Barcelona, España: Paidós.

Poccar, Valerio (2013). Los animales no humanos. Buenos Aires, Argentina: Ad-Hoc.

Orta, Oscar (2019). Ética y animales no humanos. Conceptos básicos. En González Silvano, María de las Victorias (coord.). Manual de derecho animal. Buenos Aires, Argentina: Editorial Jusbaires.

Regan Tom (2016). En defensa de los derechos animales. Ciudad de México, México: Fondo de Cultura Económica.

Singer, Peter (1999). Liberación Animal. Madrid, España: Editorial Trotta.

Téllez Ballesteros, Elizabeth, Vanda Cantón Beatriz (2020). Cuestionamientos éticos a la generación de conocimiento en la investigación biomédica con animales no humanos. Revista de Bioética y Derecho, vol. 4, págs. 173-189.

Zaffaroni, Eugenio Raúl (2011). La Pachamama y el Humano. Buenos Aires, Argentina: Ediciones Colihue.

 

 

Notas [arriba] 

[1] Antonio Ubaldo de Anquín. Abogado (Universidad del Salvador). Especialista en Derecho Constitucional (Universidad Católica Argentina). Especialista en Derecho de Daños (Universidad Nacional de Buenos Aires). Maestrando en Ciencias Penales (Universidad Nacional del Nordeste). Delegado de AFADA en la Provincia de Formosa.
[2] https://www.perfil.com/noticias/salud/coronavirus-uba-participara-estudios-con-animales-para-probar-eficacia-vacuna.phtml
[3] Singer, Peter. Liberación Animal. Madrid, España: Editorial Trotta, 1999, pág. 37 y ss.
[4] Regan, Tom. En defensa de los derechos animales. Ciudad de México, México: Fondo de Cultura Económica, 2016, pág. 290.
[5] Regan, Tom. En defensa de los derechos animales. Ciudad de México, México: Fondo de Cultura Económica, 2016, pág. 327 a 329.
[6] Nussbaum, Martha. Las fronteras de la justicia. Barcelona, España: Paidós, 2007, pág. 342.
[7] Orta, Oscar. Ética y animales no humanos. Conceptos básicos. En González Silvano, María de las Victorias (coord.). Manual de derecho animal. Buenos Aires, Argentina: Editorial Jusbaires, 2019, pág. 47.
[8] Gimenéz, Candela, Marita (enero 2018). Es alguien (no algo). de Derecho Animal (Forum of Animal Law Studies), 2018, vol. 9/1. Pág. 6/7. Disponible en https://revistes.uab.cat/da/article/view/v9-n1-gimenez-candela/251-pdf-es
[9] Orta, Oscar. Ética y animales no humanos. Conceptos básicos. En González Silvano, María de las Victorias (coord.). Manual de derecho animal. Buenos Aires, Argentina: Editorial Jusbaires, 2019 pág. 47.
[10] Singer, Peter. Liberación Animal. Madrid, España: Editorial Trotta, 1999, pág. 46/47.
[11] Regan, Tom. En defensa de los derechos animales. Ciudad de México, México: Fondo de Cultura Económica, 2016, pág. 290.
[12] Poccar, Valerio. Los animales no humanos. Buenos Aires, Argentina: Ad-Hoc, 2013. Pág. 17.
[13] Zaffaroni, Eugenio Raúl. La Pachamama y el Humano. Buenos Aires, Argentina: Ediciones Colihue, 2011. Pág. 23/59
[14] Téllez Ballesteros, Elizabeth, Vanda Cantón Beatriz (2020). Cuestionamientos éticos a la generación de conocimiento en la investigación biomédica con animales no humanos. Revista de Bioética y Derecho, vol. 4, pág. 176/177.
[15] Singer, Peter. Liberación Animal. Madrid, España: Editorial Trotta, 1999, pág. 83.
[16] Tal como puede leerse en: https://www.intramed.net/contenidover.asp?contenidoid=96171.
[17] Jahr, Fritz. La ciencia de la vida y la enseñanza moral. Viejos descubrimientos bajo una nueva luz. En Aesthetika, Revista Internacional sobre Subjetividad, Política y Arte, Vol. 8 N 2, Buenos Aires: abril 2013, pág. 14.